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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de junio de 2012 469146 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Crean Comisión Multisectorial de naturaleza temporal encargada de proponer el rediseño del Programa Presupuestal “Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 193-2012-PCM Lima, 27 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM se reglamenta la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), estableciendo que la Presidencia del Consejo de Ministros es el ente rector del SINAGERD; Que, el artículo 21, numeral 21.4 del Reglamento aludido, señala que constituyen instrumentos de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, entre otros, los Programas Presupuestales vinculados a la Gestión del Riesgo de Desastres y otros Programas en el marco del enfoque del Presupuesto por Resultados; Que, de acuerdo a lo dispuesto por la Directiva Nº 002-2012-EF/50.01 “Directiva para los Programas Presupuestales en el marco de la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013”, resulta necesaria la conformación de una Comisión Multisectorial, de naturaleza temporal, encargada de proponer el rediseño del Programa Presupuestal - PP “Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres” para el Año Fiscal 2013, conforme al Anexo Nº 2: “Contenidos mínimos de Programas Presupuestales”, aprobado por la indicada Directiva; Que, mediante Informe Nº 92-2012-PCM/SC de fecha 24 de abril de 2012 e Informe Nº 078-2012-PCM/OGPP de fecha 27 de abril de 2012, de la Secretaría de Coordinación y de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, respectivamente, se sustenta la conformación de una Comisión Multisectorial para el rediseño del Programa Presupuestal “Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres”; Que, de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las Comisiones Multisectoriales de naturaleza temporal son creadas con fi nes específi cos, entre otros, para cumplir funciones de fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, y se formalizan mediante Resolución Suprema refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los titulares de los sectores involucrados; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, el numeral 4 del artículo 11º y el numeral 2 del artículo 36 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación y Objeto de la Comisión Multisectorial Créase la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal encargada de proponer el rediseño del Programa Presupuestal “Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres”, conforme al Anexo Nº 2 “Contenidos mínimos de Programas Presupuestales”, aprobado por la Directiva Nº 002- 2012-EF/50.01 “Directiva para los Programas Presupuestales en el marco de la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013”, aprobada por Resolución Directoral Nº 004-2012-EF/50.01. Artículo 2.- Conformación de la Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial está conformada por los siguientes miembros: a) El Presidente del Consejo de Ministros o su representante quien lo presidirá. b) El Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI). c) El Jefe del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED). d) La Directora de la Ofi cina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros. e) El Director de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros. f) El Jefe de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto o el que haga sus veces; el Jefe de la Ofi cina General de Administración o el que haga sus veces; el Jefe de la Ofi cina de Infraestructura o el que haga sus veces y, el Jefe de la Ofi cina de Programación e Inversiones o el que haga sus veces, de los Ministerios de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Agricultura; Salud; y Ambiente; así como el jefe de la Unidad Técnica Responsable de la Gestión del Riesgo de Desastres de los mencionados Sectores. Artículo 3.- Instalación y Adscripción de la Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial se instalará en un plazo no mayor de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada la presente norma. La Comisión Multisectorial se encuentra adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 4.- Secretaria Técnica La Secretaría Técnica de la Comisión recaerá en la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 5.- Funciones La Comisión Multisectorial tiene las siguientes funciones: a) Identifi car la problemática sobre la que elaborará la propuesta de rediseño del Programa Presupuestal “Reducción de la vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres”, en el marco del proceso presupuestario para el Año Fiscal 2013. b) Defi nir a los Equipos Técnicos para el desarrollo de las intervenciones por parte de los Sectores involucrados en el mencionado Programa Presupuestal. c) Designar al Coordinador de la Articulación Territorial, como responsable de coordinar la articulación territorial con los distintos niveles de gobierno, según sus competencias, que son responsables directos de la provisión de productos o de la ejecución de actividades de un producto, en el marco del mencionado Programa Presupuestal. La formalización de la designación se efectuará mediante Resolución del Titular de la Presidencia del Consejo de Ministros. d) Cumplir con las demás funciones previstas en la Directiva Nº 002-2012-EF/50.01, “Directiva para los Programas Presupuestales en el marco de la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 004-2012-EF/50.01. Artículo 6.- Plazo para el rediseño del PP “Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres” para el Año Fiscal 2013 La Comisión Multisectorial tiene plazo de sesenta (60) días calendario, luego de instalada, para presentar un Informe Final conteniendo el rediseño del Programa Presupuestal “Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres” para el Año Fiscal 2013. Artículo 7.- De la colaboración La Comisión Multisectorial podrá convocar a profesionales especializados en la materia, así como a representantes de otras instituciones públicas o privadas, cuya participación se estime necesaria para la consecución de sus fi nes, sin que ello genere gastos a la Comisión. Artículo 8.- Gastos Los miembros de la Comisión Multisectorial ejercerán su cargo ad honorem. La Comisión Multisectorial y los equipos técnicos que se constituyan no irrogarán gastos adicionales al presupuesto aprobado para el presente año. Artículo 9.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por el Ministro de