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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de junio de 2012 469161 EM, 018-2005-EM, 029-2006-EM y 041-2009-EM, por parte de Burlington Resources Perú Limited, Sucursal Peruana, a favor de PVEP Perú, Sucursal Peruana, y la modifi cación del citado Contrato, derivada de la referida cesión elevándolo al Poder Ejecutivo para su consideración y respectiva aprobación; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM; DECRETA: Artículo 1º.- De la Aprobación de la cesión de posición contractual Aprobar la Cesión de Posición Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en la Cuenca Marañón - Lote 39, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-99-EM, y sucesivamente modifi cado por los Decretos Supremos Nº 008-2001-EM, 039-2002-EM, 014-2003-EM, 038-2003-EM, 018-2005- EM, 029-2006-EM y 041-2009-EM, por parte de Burlington Resources Perú Limited, Sucursal Peruana, a favor de PVEP Perú, Sucursal Peruana, y la modifi cación del citado Contrato, derivada de la cesión que se aprueba en el presente artículo. Artículo 2º.- De la Autorización para suscribir la Cesión de Posición Contractual Autorizar a PERUPETRO S.A., a suscribir con las empresas Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú, Reliance Exploration & Production DMCC, Sucursal del Perú, PVEP Perú, Sucursal Peruana, y Burlington Resources Perú Limited, Sucursal Peruana, con la intervención del Banco Central de Reserva del Perú, la Cesión de Posición Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en la Cuenca Marañón - Lote 39, que se aprueba en el artículo 1º del presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de junio del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 807669-3 Aprueban transferencia de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en central térmica, que efectúa Esco Compañía de Servicios de Energía S.A.C. a favor de All Fresh Energy S.A.C. RESOLUCION MINISTERIAL N° 293-2012-MEM/DM Lima, 22 de junio de 2012 VISTO: El Expediente Nº 33172008, organizado por ESCO COMPAÑÍA DE SERVICIOS DE ENERGÍA S.A.C., sobre autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Central Térmica La Gringa I, y la solicitud de transferencia de dicha autorización a favor de ALL FRESH ENERGY S.A.C., presentada el 26 de abril de 2012; CONSIDERANDO: Que, en mérito de la Resolución Ministerial N° 043- 2009-MEM/DM, publicada el 31 de enero de 2009, se otorgó a favor de ESCO COMPAÑÍA DE SERVICIOS DE ENERGÍA S.A.C. autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Central Térmica La Gringa I; Que, mediante el documento presentado con fecha 26 de abril de 2012, bajo el Registro Nº 2185425, ESCO COMPAÑÍA DE SERVICIOS DE ENERGÍA S.A.C. solicitó a la Dirección General de Electricidad se apruebe a favor de ALL FRESH ENERGY S.A.C., la transferencia de la autorización de generación a que se refi ere el considerando que antecede; Que, como sustento de su solicitud, presentó la Declaración de Transferencia de Autorización de Generación Eléctrica suscrita el 20 de abril de 2012, mediante la cual ESCO COMPAÑÍA DE SERVICIOS DE ENERGÍA S.A.C. transfi ere la citada autorización de generación a favor de ALL FRESH ENERGY S.A.C., a fi n de que ésta se constituya como la nueva titular de la Central Térmica La Gringa I y asuma los derechos y obligaciones inherentes a la autorización de generación, sin reserva ni limitación alguna; Que, la citada solicitud cumple con los requisitos establecidos en el ítem AE01 del Anexo Nº 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 061-2006-EM, y se ampara en las disposiciones contenidas en el artículo 38 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en el artículo 67 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009- 93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación, de acuerdo a la opinión a que se refi ere el Informe Nº 234-2012-DGE-DCE, siendo procedente la solicitud presentada; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 38 de la Ley de Concesiones Eléctricas y 67 de su Reglamento; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia de la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Central Térmica La Gringa I, que efectúa ESCO COMPAÑÍA DE SERVICIOS DE ENERGÍA S.A.C. a favor de ALL FRESH ENERGY S.A.C., por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Tener como titular de la autorización mencionada en el artículo precedente a ALL FRESH ENERGY S.A.C. a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial, quien asumirá en esta oportunidad todos los derechos y obligaciones que le corresponden de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, y demás normas legales y técnicas aplicables. Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 806533-1 Designan Representante Alterno del Ministro en la Comisión Multisectorial encargada de elaborar propuestas normativas y políticas orientadas a la mejora de las condiciones ambientales y sociales bajo las que se desarrollan las actividades económicas, especialmente, las industrias extractivas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 300-2012-MEM/DM Lima, 27 de junio de 2012