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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de junio de 2012 469151 Pasaje Aéreo: Lima - Seúl (Clase económica). US $ 3,730.00 x 01 persona (Incluye TUUA) $ 3,730.00 Gastos de traslado - Ida (Equipaje, bagaje e Instalación). US $ 500.00 x 01 Compensación. $ 500.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero. US $ 500.00 x 06 meses x 01 persona (Jul. a Dic. 2012) $ 3,000.00 Total a Pagar $ 7,230.00 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4º.- El pago de la presente Misión de Estudios correspondiente a los años posteriores, se efectuará con cargo al Presupuesto del Año Fiscal que corresponda. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 6º.- La Cadete designada deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros JOSE ANTONIO URQUIZO MAGGIA Ministro de Defensa 807669-5 Modifican la R.S. Nº 633-2011-DE/ MGP, que autorizó viaje de oficial de la Marina de Guerra a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 304-2012-DE/MGP Lima, 27 de junio de 2012 Visto, el Ofi cio P.200-0618 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 2 de marzo de 2012; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 633-2011-DE/ MGP, de fecha 27 de diciembre de 2011, se autorizó el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata José Luis RIVA Acosta, para que se desempeñe como Instructor Adicional, a realizarse en el Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica (WHINSEC), Fort Benning, ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, del 28 de diciembre de 2011 al 28 de diciembre de 2013; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, en la referida Resolución Suprema correspondía considerar el pago de dos (2) Compensaciones Extraordinarias por Servicio en el Extranjero por gastos de traslado de ida y el pago por concepto de pasaje aéreo del titular y de sus familiares directos de ida; sin embargo, solo se contempló una (1) Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero por gastos de traslado de ida y el pasaje aéreo del titular de ida; Que, en tal sentido resulta necesario modifi car el Artículo 2º de la Resolución Suprema N° 633-2011-DE/MGP, de fecha 15 de diciembre de 2011, a fi n que se incluyan los conceptos faltantes y se realice su pago correspondiente; Que, la citada actividad ha sido incluida en el Rubro 3: Instrucción Militar Superior (Perfeccionamiento), Ítem 34, Anexo 1 (RO) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado mediante Resolución Suprema N° 014-2012-DE, de fecha 13 de enero de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de pago, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2012 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001- 2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el Artículo 2º de la Resolución Suprema N° 633-2011-DE/MGP, de fecha 27 de diciembre de 2011, que autorizó el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata José Luis RIVA Acosta, CIP. 01809738 y DNI. 08715980, a fi n de incluir los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos (Ida): Lima - Columbus (EE.UU.) US$. 1,610.00 x 4 personas (Esposa y tres hijos) US$. 6,440.00 Gastos de Traslado (Ida): (Equipaje, bagaje e instalación) US$. 3,050.00 x 1 compensación x 1 persona US$. 3,050.00 TOTAL A PAGAR: US$. 9,490.00 Artículo 2°.- Disponer que el Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectúe los pagos de los conceptos señalados en el Artículo 1º, con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012. Artículo 3º.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del sector Defensa - Marina de Guerra del Perú, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 4°.- Dejar subsistente en todo lo demás, el contenido de la Resolución Suprema N° 633-2011-DE/ MGP, de fecha 27 de diciembre de 2011. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros JOSE ANTONIO URQUIZO MAGGIA Ministro de Defensa 807669-6 Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 732-2012-DE/SG Lima, 26 de junio de 2012