Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2012 (30/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de junio de 2012

de la Informacion y Comunicaciones, el cumplimiento de la presente ordenanza; asi como a la Gerencia de Imagen Institucional, la divulgacion y difusion de sus alcances. Cuarta.- El dispositivo legal aprobado se publicara en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA municipal http:// www.munisanmiguel.gob.pe. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 808133-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA
Modifican el MORDAZA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2012-MSMM LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 25 de junio del 2012 Vistos: El Informe Nº 037-2012 OPP/MSMM de fecha 20 de junio del 2012; Proveido de fecha 21 de junio de la Gerencia Municipal; Informe Legal Nº 069-2012-OAJMSMM de fecha 13 de junio del 2012; Nº 062-2012-OAJMSMM de fecha 28 de MORDAZA del 2012; Memorando Nº 183-2012 OPP/MSMM de fecha 18 de MORDAZA del 2012; Memorando Nº 184-2012 OPP/MSMM de fecha 18 de MORDAZA del 2012; y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades; establecen que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, teniendo en cuenta que dicha autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, en concordancia con el articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru; las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, asi como crear, suprimir y modificar sus contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, el Articulo 36º, numeral 3 y Articulo 38º numeral 5 de la Ley Nº 27444 Ley de Procedimientos Administrativos senala que las disposiciones concernientes a la eliminacion de procedimientos o requisitos o a la simplificacion de los mismos, podran aprobarse por Resolucion Ministerial, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, y que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar mediante Decreto de Alcaldia en caso de los gobiernos locales; Que, el Articulo 42 de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, establece que los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 154-2011-MSMM de fecha 10 de agosto del 2011 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de noviembre del 2011, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA aprueba su Texto Unico de Procedimientos Administrativos TUPA; Ordenanza

que fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mediante Acuerdo de Concejo Nº 1291 de fecha 27 de octubre del 2011 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de noviembre del 2011; Que, mediante Informe Nº 037-2012 OPP/MSMM, el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto informa que como resultado de la actividad de control Nº 2-2177-2012-0108 "Verificar el MORDAZA y la Ley de Silencio Administrativo se encontraron debilidades de control en la publicacion MORDAZA, por lo que se solicita implementar las recomendaciones respectivas"; y, a fin de proceder con la implementacion de las recomendaciones esta oficina recomienda la aprobacion via Decreto de Alcaldia, bajo los siguientes argumentos; Que, de la Observacion: "En el orden correlativo de los procedimientos, existe un vacio entre los procedimientos Nº 18 y 22 de la Direccion de Desarrollo MORDAZA, Edificaciones y Comercializacion; demostrando un faltante de 03 procedimientos o un error en el orden aleatorio", La Oficina de Planeamiento y presupuesto manifiesta que, efectivamente se evidencia discontinuidad en el orden de las secuencia de los procedimientos del Nº 18 al 22, sin embargo; no implica la usencia de 03 procedimientos, solo un error de orden aleatorio de la secuencia. Asi mismo, se debe precisar que esta observacion pertenece a la Oficina de Administracion Tributaria y Fiscalizacion, por consiguiente se hace necesario la correccion del orden correlativo el mismo que debe ser aprobado por Decreto de Alcaldia conforme a lo dispuesto en el numeral 3) del articulo 36º y numeral 5) del articulo 38º de la Ley Nº 27444 Ley de Procedimientos Administrativos; Que, de la Observacion: "El procedimiento Nº 5 -de la oficina de Tramite Documentario-, en el recurso de apelacion (como tercera instancia), no se resuelve el area destinada a resolverlo", La Oficina de Planeamiento y Presupuesto mediante Memorandum, Nº 183-2012 OPP/ MSMM evidencio esta ausencia y a su vez propuso la modificacion del procedimiento, indicando que es Alcaldia el area encargada en resolver en tercera instancia el procedimiento administrativo Nº 05. El mismo que cuenta con opinion legal procedente conforme al Informe Legal Nº 069-2012-OAJ-MSMM en concordancia con el articulo 209º de la Ley 27444 Ley de Procedimientos Administrativo "El Recurso de Apelacion se interpondra cuando la impugnacion sustente en diferente interpretacion de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho, debiendo dirigirse a la misma autoridad que expidio el acto que se impugna para que eleve lo actuado al SUPERIOR JERARQUICO", es decir tiene que ser elevado al Titular de Pliego, quien resuelve el recurso. Por otra parte, tenemos la Ordenanza Nº 127 Reglamento de Organizaciones y Funciones de la MSMM de fecha 20-11-2009 en su Titulo MORDAZA "De los Procedimientos Administrativos" articulo 73º inciso b) senala que corresponde al MORDAZA resolver los recursos de apelacion que se interponga contra las resoluciones que se expidan en primera instancia por las Oficinas o Direcciones autorizadas por el Reglamento o Disposicion Municipal; Que, de la Observacion: "Los Tramites de Procedimientos 09; 10; 12 y 13 de Servicios Exclusivos, no se precisa e identifica; las areas encargadas de resolver en cualquiera de las 3 fases, lo senalado en el TUPA". La Oficina de Planeamiento y Presupuesto mediante Memorandum Nº 184-2012-OPP/MSMM se manifesto y propuso la modificacion de los procedimientos 9, 10, 12 y 13 bajo los considerandos expuestos en el presente documento, contando con opinion legal procedente de la Oficina de Asesoria Juridica conforme a los considerandos expuestos en su informe legal Nº 062-2012-OAJ-MSMM, senalando la concordancia con lo dispuesto en articulo 31º, numeral 31.4 de la Ley Nº 27444 Ley de Procedimientos Administrativos, senala que son procedimientos de aprobacion automatica, sujetos a la presuncion de veracidad, aquellos conducentes a la obtencion de licencias, autorizaciones, MORDAZA y copias certificadas o similares que habiliten para el ejercicio continuado de actividades profesionales, sociales, economicas o laborales en el ambito privado, siempre que no afecten derechos de terceros y sin perjuicio de la fiscalizacion posterior que realice a la administracion. Es

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