Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2012 (30/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

469807

Que, el articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, otorga potestad tributaria a los gobiernos locales al disponer que estos tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley, estableciendo adicionalmente que las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion, supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; Que, articulo 41º del Codigo Tributario modificado por Decreto Legislativo Nº 981, senala que la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de ley y que excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. En caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar el tributo; Que, es politica de la administracion brindar facilidades a los vecinos del distrito, MORDAZA cuando la solicitud proviene de los propios contribuyentes, por lo que conviene establecer un beneficio tributario y no tributario, a fin de que puedan cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA Articulo 1º.- Objetivo La presente ordenanza tiene como objetivo establecer el MORDAZA legal para otorgar beneficios para la regularizacion de deudas tributarias y no tributarias dentro de la jurisdiccion del distrito de San Miguel. Articulo 2º.- Alcances Se podran acoger al presente beneficio, todos los contribuyentes que mantengan obligaciones pendientes

de pago con la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, en cualquier estado de cobranza y cuyo hecho generador se MORDAZA producido hasta el 31 de diciembre de 2007. 2.1 BENEFICIO PARA OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS 2.1.1. Condonese el 50% del total de la deuda de los arbitrios municipales correspondientes a periodos anteriores al 31 de diciembre de 2007, siempre que los deudores tributarios se acojan a la presente ordenanza y cumplan con el pago total de la deuda materia de beneficio; y, la condonacion del 100% de los gastos y costas procesales, derivados de la tramitacion de los procedimientos de cobranza coactiva correspondientes a obligaciones tributarias y no tributarias. 2.1.2. Condonese el 100% del monto de las multas tributarias mas los intereses moratorios, siempre que el contribuyente cumpla con presentar la declaracion jurada de inscripcion en el caso de omisos (cargo y/o descargo por transferencias bajo cualquier modalidad), de rectificacion (por aumento, disminucion de valor del predio y/o cualquier modificacion que sufriera el predio) dentro del plazo de la vigencia de la presente ordenanza. 2.1.3. Condonese el 50% del importe original y el 100% de intereses moratorios a toda papeleta de infraccion municipal y/o Resolucion Gerencial de Sancion que MORDAZA excedido el plazo de 7 dias habiles de notificada. No son objeto de acogimiento a los beneficios establecidos en la presente ordenanza, las papeletas de infraccion municipal de competencia de la Gerencia de Desarrollo Urbano. 2.1.4. Condonese el 100% de los reajustes e intereses moratorios que se hayan generado respecto de las cuotas vencidas de los convenios de fraccionamiento celebrados al 30 de MORDAZA de 2012. 2.1.5. Condonese el 90% en las multas por concepto de espectaculos publicos no deportivos. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano y hasta el 25 de MORDAZA de 2012. Segunda.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la adecuacion y mejor aplicacion de lo dispuesto en la presente ordenanza; asi como para que eventualmente pueda prorrogar su vigencia. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria y a la Subgerencia de Tecnologias

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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