Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2012 (30/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

469799

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Declaran dia no laborable en el ambito territorial del departamento de San MORDAZA el 25 de junio de 2012, con motivo de celebrarse las "Fiestas de San Juan"
ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2012-GRSM/CR Moyobamba, 12 de Junio del 2012 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191° y 192° de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley N° 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley N° 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, sus modificatorias - Ley N° 27902; Ley N° 28013; Ley N° 28926; Ley N° 28961; Ley N° 28968 y Ley N° 29053, y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitucion Politica del Estado, Ley N°27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion; Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los articulos 11° y 13° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que "El Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, correspondiendole las atribuciones y funciones que se establecen en la presente ley y aquellas que le MORDAZA delegadas"; Que, el literal a) del articulo 15° de la Ley MORDAZA mencionada establece que el Consejo Regional tiene como atribucion la de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el literal d) l) y k) del articulo 47° de la Ley supra, establece que el Gobierno Regional tiene funciones especificas en materia de educacion, cultura, ciencia, arte, tecnologia, deporte y recreacion, senalando que debe de promover una cultura de derechos, de paz y de igualdad de oportunidades para todos; asimismo proteger y conservar en coordinacion con los Gobiernos Locales y los organismos correspondientes, el patrimonio cultural nacional existente en la region, asi como promover la declaracion por los organismos competentes de los bienes culturales no reconocidos que se encuentran en la region; del mismo modo promover y difundir las manifestaciones culturales y potenciar las instituciones artisticas y culturales de la region en coordinacion con los Gobiernos Locales; Que, mediante Ordenanza Regional N° 019-2009GRSM/CR, de fecha 11 de junio del 2009, el Consejo Regional aprobo declarar dia no laborarble en todo el ambito territorial del Departamento de San MORDAZA, el dia 24 de Junio de cada ano, con motivo de celebrarse la tradicional "Fiesta de San Juan" y se dispuso que en vias de compensacion de horas dejadas de laborar MORDAZA recuperadas dentro de los veinte dias inmediatos posteriores o en la oportunidad lo que establece el Titular de cada entidad publica del ambito regional en funcion a las necesidades de la misma; Que, la Vision Institucional Compartida del Plan Estrategico Institucional del 2011 al 2014 del Gobierno Regional de San MORDAZA, establece que "...El Gobierno Regional desconcentrado y articulado con los gobiernos

locales, institucion lider a nivel nacional, promotor de politicas de desarrollo sostenible y servicios de calidad con inclusion social, en un ambiente con cultura de paz y amigable con el medio ambiente..." Que, la Mision Institucional Compartida del Plan Estrategico Institucional del 2011 al 2014 del Gobierno Regional de San MORDAZA, establece que "Gobierno Regional, con autonomia funcional, administrativa y capacidad de gestion, promotor del desarrollo social, economico y ambiental; buscando mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion Sanmartinense"; Que, con la finalidad de promover el turismo interno en la region San MORDAZA en el presente ejercicio fiscal 2012, se propone declarar dia no laborable el dia 25 de junio del 2012, con motivo de celebrare las tradicionales "Fiestas de San Juan"; disponiendose que en vias de compensacion de las horas dejadas de laborar, MORDAZA recuperadas dentro de los siete (07) dias inmediatos posteriores bajo responsabilidad del titular de cada entidad publica del ambito regional en funcion a las necesidades de la misma; Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en Sesion Extraordinaria desarrollada en el Auditorio de la Oficina Zonal San MORDAZA Bajo MORDAZA ­ Tarapoto, llevado a cabo el dia lunes 11 de Junio del 2012, aprobo por mayoria la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero: DECLARAR dia no laborable en todo el ambito territorial del Departamento de San MORDAZA, el dia 25 de junio del 2012, con motivo de celebrarse las tradicionales "Fiestas de San Juan", con la finalidad de promover el turismo interno en la region San MORDAZA en el presente ejercicio fiscal 2012. Articulo Segundo: DISPONER que en vias de compensacion de las horas dejadas de laborar, MORDAZA recuperadas dentro de los siete (07) dias inmediatos posteriores bajo responsabilidad del titular de cada entidad publica del ambito regional en funcion a las necesidades de la misma. Articulo Tercero: ENCARGAR que la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA realice los tramites respectivos para la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion de la Region San MORDAZA y en el Diario Oficial "El Peruano", previa promulgacion del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martin. Articulo Cuarto: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion del Acta, para proceder a su implementacion correspondiente. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA para su promulgacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de San MORDAZA Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San MORDAZA a los doce dias del mes de junio del ano dos mil doce POR TANTO: Mando se publique y se cumpla MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA 807785-1

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