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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de junio de 2012 469804 Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Cuarta.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, al Departamento de Informática y Estadística su publicación en la página web de la Municipalidad: www. munimagdalena.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe, a la Gerencia de Comunicaciones su difusión, a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana y demás unidades orgánicas, el cumplimiento de la presente disposición de acuerdo a sus competencias. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 808046-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 386-MPL mediante la cual se aprobó un Régimen Excepcional de Fraccionamiento de Deudas Tributarias para los Pequeños y Micro Contribuyentes DECRETO DE ALCALDÍA Nº 07-2012-MPL Pueblo Libre, 26 de junio de 2012 El ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE VISTO: El Informe Nº 113-2012-MPL-GAT/SREC de la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva, Informe Nº 028-2012-MPL-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, Proveído Nº 885-2012-MPL- GM de la Gerencia Municipal, Informe Nº 115-2012- MPL-GAT/SREC de la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva, Informe Nº 030-2012-MPL-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, Proveído Nº 895-2012-MPL-GM de la Gerencia Municipal, Informe Nº 098-2012-MPL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Proveído Nº 913-2012-MPL-GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, establece en su artículo 194º las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 386-MPL se aprobó un Régimen Excepcional de Fraccionamiento de Deudas Tributarias para los Pequeños y Micro Contribuyentes, la cual en la Tercera Disposición Final, faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza y pueda en caso excepcional prorrogar el plazo de vigencia de la presente Ordenanza; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 06-2012-MPL de fecha 26 de abril de 2012, se prorrogó hasta el 30 de junio de 2012, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 386-MPL, para que los pequeños y micro contribuyentes puedan acogerse al fraccionamiento; Que, la Gerencia de Administración Tributaria, mediante los Informes Nºs. 028 y 030-2012-MPL-GAT de fecha 19 y 21 de junio de 2012 respectivamente, remite a la Gerencia Municipal los Informes Nºs. 113 y 115- 2012-MPL-GAT/SREC de fecha 18 y 21 de junio de 2012 respectivamente, de la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva, mediante los cuales se informa que vista la concurrencia de los contribuyentes del distrito de Pueblo Libre dando respuesta al fraccionamiento otorgado por esta Corporación Edil, recomienda se extienda hasta el 31 de agosto del 2012 el plazo inicial establecido en la Ordenanza Nº 386-MPL, ya que se ha visto un aumento en la recaudación en estos dos sectores benefi ciados; asimismo, señala que desde el mes de abril de 2012 hasta el 14 de junio del presente se ha otorgado 226 fraccionamientos bajo éste régimen, lo que signifi ca que los vecinos siguen respondiendo a este benefi cio, permitiéndoles regularizar su deuda, así como el de coadyuvar a que se cumpla con las metas establecidas por el Programa de Modernización del MEF; Que, mediante Informe Nº 098-2012-MPL/GAJ de fecha 22 de junio de 2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que en vista de la concurrencia de los pequeños y micros contribuyentes del distrito de Pueblo Libre, dando respuesta al fraccionamiento otorgado por esta Corporación Edil, se opina que no existe inconveniente legal en dar trámite a lo solicitado por la Gerencia de Administración Tributaria, con la fi nalidad de prorrogar hasta el 31 de agosto de 2012 el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 386-MPL; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º y en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de agosto de 2012 el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 386-MPL, para que los pequeños y micro contribuyentes puedan acogerse al fraccionamiento. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Informática y Gobierno Electrónico y Gerencia de Calidad de Servicios, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, en lo que fuere de su competencia. Artículo Tercero.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldía, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 808134-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Convocan a elecciones de representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil para su integración al Consejo de Coordinación Local Distrital DECRETO DE ALCALDÍA N° 014 San Juan de Lurigancho, 25 de junio de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO