Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2012 (17/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 67

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de marzo de 2012 462709 De esta fase se obtiene un informe con los resultados identifi cados y priorizados. 17.1.3 Evaluación técnica de proyectos • El objetivo es evaluar técnicamente la cartera de proyectos que tiene la Municipalidad y propuestos como contributivos al logro de los resultados esperados. El producto es una lista de proyectos para ser discutida en los talleres de priorización y formalización de acuerdos. El Equipo Técnico analiza la cartera de proyectos vinculados a los resultados priorizados y verifi ca si los proyectos cuentan con la viabilidad correspondiente en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública así como si guardan coherencia con los criterios de alcance, cobertura y monto de inversión establecidos en el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF. Al determinar los proyectos de impacto distrital, la Municipalidad de San Miguel no tiene restricción en el monto de inversión, pero debe tener en cuenta que su alcance contenga acciones cuyos resultados permitan solucionar un problema relevante de la comunidad. Adicionalmente, podrá considerar que su cobertura en la población objetivo no debe ser menor al 5% de la población total del distrito. Si el proyecto no cuenta con la viabilidad requerida y responde a los criterios de priorización, el Equipo Técnico coordina con las unidades pertinentes la formulación y aprobación del proyecto. Si el proyecto no es pertinente y no existe en la cartera de proyectos con alternativas de solución, el equipo técnico propone las alternativas y los sujeta a los procedimientos del Sistema Nacional de Inversión Pública. Si la formulación del proyecto no se ajusta a los plazos del proceso participativo, se recomendará su discusión en futuros procesos. El equipo técnico presentará la lista de proyectos que superaron la evaluación técnica y que se ajustan a los criterios de impacto. Si el proyecto tiene naturaleza multianual, deberá presentarse los montos estimados de inversión por año a fi n de prever los montos de inversión que se asignarán al presupuesto participativo de los años siguientes. El representante del equipo técnico ordenará los proyectos de mayor a menor puntaje, siendo los de mayor puntaje los más prioritarios y los de menor puntaje los menos prioritarios, señalará el costo total de cada proyecto y si cuenta con cofi nanciamiento. Los proyectos priorizados en el proceso, cuyo fi nanciamiento requiera total o parcialmente recursos públicos, serán tomados en cuenta para su incorporación en el presupuesto institucional • Tomando en cuenta lo anterior, se asignará el presupuesto a cada uno de los proyectos priorizados, teniendo en cuenta los costos totales y el cronograma de ejecución, de acuerdo con la asignación presupuestaria del presupuesto participativo. Los proyectos de inversión que por limitaciones presupuestales no logren fi nanciamiento, se incluyen en una lista de proyectos alternativos que se recogen en el Acta de Formalización de acuerdos y compromisos, para su consideración en el presupuesto participativo del año siguiente. Si durante la fase de ejecución del presupuesto existiera mayor disponibilidad de recursos, estos proyectos pueden ser incorporados al presupuesto institucional mediante las modifi caciones presupuestarias correspondientes 17.1.4 Taller de Priorización de Proyectos de Inversión El Alcalde propone una cartera de proyectos, concordante con los resultados priorizados, a ser sometida al presupuesto participativo, para consideración de los agentes participantes. 17.2 Formalización de acuerdos y compromisos del Presupuesto Participativo Subfase en la que: i) El equipo técnico elabora el Acta de Acuerdos y Compromisos del presupuesto participativo; ii) El alcalde presenta los resultados del presupuesto participativo, consolidados en el Acta de Acuerdos y Compromisos, a los agentes participantes para su consideración y aprobación fi nal; iii) Los representantes del sector público y de la sociedad civil formalizan los acuerdos suscribiendo el Acta de Acuerdos y Compromisos; y iv) Se conforma el comité de vigilancia. El documento del presupuesto participativo y el Acta de Acuerdos y Compromisos del Proceso participativo serán remitidos a la Dirección General del Presupuesto Público. El alcalde dispondrá la publicación del Acta de Acuerdos y Compromisos para conocimiento de la comunidad en el portal electrónico de la municipalidad y en otros medios de comunicación. Asimismo, incorporará permanentemente en el “Aplicativo Interactivo para el Proceso Participativo” la información de los avances de la ejecución de proyectos priorizados y los cambios en las prioridades. Artículo 18º.- Fase de Coordinación entre niveles de Gobierno La Municipalidad Distrital de San Miguel, los otros gobiernos locales de la provincia de Lima y la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana, organizan los mecanismos de coordinación y consistencia presupuestaria en materia de gastos de inversión y entre niveles de gobierno, respetando competencias y procurando economías de escala y concertación de esfuerzos. El cofi nanciamiento debe ser orientado por el principio de subsidiariedad, es decir, las transferencias fi nancieras resultantes del cofi nanciamiento deben adecuarse al nivel de gobierno que tiene la competencia y por tanto está en condiciones de brindar la mejor prestación de los servicios del Estado a la comunidad. Artículo 19º.- Fase de Formalización Comprende la formalización en el presupuesto institucional de apertura de los acuerdos y compromisos adoptados en el proceso participativo. Los proyectos son incluidos en el Presupuesto Institucional para su aprobación por el concejo municipal. La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto elabora un cronograma de ejecución de proyectos que será puesto a disposición del comité de vigilancia, del Consejo de Coordinación Local y del Concejo Municipal. Si en la etapa de ejecución, alguno de los proyectos priorizados en el presupuesto participativo no puede ser ejecutado, el alcalde dispondrá el reemplazo por otro proyecto, según la escala de prioridades establecidas participativamente. Artículo 20º.- Mecanismos de Vigilancia 20.1 El Comité de Vigilancia El Comité de Vigilancia realiza acciones de observación ciudadana del proceso participativo. Es elegido por los agentes participantes en el Taller de Priorización y Formalización de Acuerdos y está conformado por los agentes participantes que representan a la sociedad civil y debe ser reconocido por el Concejo Municipal de San Miguel. Para ser elegido miembro del Comité de Vigilancia se requiere ser agente participante representante de una organización social de base o institución privada del distrito de San Miguel, radicar en este distrito y no haber sido condenado por delitos o faltas. 20.2 Funciones del Comité de Vigilancia a) Observar el cumplimiento de los acuerdos del presupuesto participativo. b) Observar que la Municipalidad Distrital de San Miguel cuente con un cronograma aprobado de ejecución de obras de los proyectos de inversión priorizados en el proceso participativo. c) Observar que los recursos de la Municipalidad Distrital de San Miguel destinados al presupuesto participativo del Año Fiscal 2013 sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos. d) Observar que los proyectos priorizados y ejecutados se vinculen efectivamente con la mejor provisión de servicios o productos a la población, en el marco de los resultados identifi cados. e) Observar que la sociedad civil cumpla con los compromisos asumidos en el cofi nanciamiento de los proyectos de inversión incluidos en el proceso participativo. f) Informar semestralmente al Consejo de Coordinación Local Distrital sobre los resultados de la vigilancia. g) Presentar reclamo o denuncia al concejo municipal, a la Contraloría General de la República, al Ministerio Público o a la Defensoría del Pueblo en caso encuentre indicios o pruebas de alguna irregularidad en el proceso del Presupuesto Participativo o en la implementación de los acuerdos adoptados en éste. 20.3 Información para el Comité de Vigilancia La Municipalidad Distrital de San Miguel proporcionará al Comité de Vigilancia la información siguiente: