Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2012 (17/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de marzo de 2012

organizaciones acrediten personeria juridica y/o Municipal con un minimo de tres (03) anos de actividad institucional comprobada. CAPITULO II REGLAMENTO INTERNO DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL Articulo 19º.- Los miembros de la sociedad civil, elaboraran su propio reglamento interno, donde se estableceran las funciones, penalidades por incumplimiento de sus deberes, disciplina, periodo de sus reuniones, elaboracion de su plan de trabajo y otros. CAPITULO III DE LA VACANCIA DEL MANDATO DEL REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD CIVIL Articulo 20º.- El mandato del representante de la sociedad civil ante el CCLD de los MORDAZA pierde su condicion por las siguientes causales: 1. Renuncia expresa ante la autoridad municipal, 2. Incapacidad fisica y/o mental permanente, que le impida ejercer sus funciones. 3. Cambio de domicilio fuera del distrito, 4. Sentencia judicial consentida por delito doloso, 5. Inasistencias injustificadas a dos sesiones ordinarias o extraordinarias. 6. Inasistencias injustificadas permanentes, a las reuniones de los representes de la sociedad civil ante el CCLD. 7. Muerte, Articulo 21º.- El representante de la sociedad civil designado en reemplazo, de producirse una vacancia, solo completara el periodo correspondiente, y sera el candidato que obtuvo el mayor puntaje despues de los electos. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- En todo lo no previsto, se aplicara de forma supletoria la Ley Organica de Municipalidades, la Ley de Participacion Ciudadana y normas conexas a las funciones del CCLD de los Olivos. 765202-1

cancelacion oportuna sea esta al contado o fraccionada de sus obligaciones tributarias vigentes o que se encuentren pendientes de pago; Que de acuerdo al T.U.O. de la Ley de Tributacion Municipal ­ D.S. Nª 156-2004-EF, el vencimiento de pago de la primera cuota del Impuesto Predial es el ultimo dia habil del mes de febrero del ejercicio de pago; Estando a lo expuesto, y en cumplimiento de lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de las Municipalidades, por unanimidad, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 365-CDLO QUE PRORROGA LA FECHA DE VENCIMIENTO DE PAGO ANUAL DEL IMPUESTO PREDIAL Y DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL DEL ANO 2012 Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de Marzo del presente ejercicio el vencimiento de pago anual y de la primera cuota del Impuesto Predial 2012, asi como la obligacion de la MORDAZA de la declaracion jurada de Autoavaluo del ejercicio 2012. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la SUB GERENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Y FISCALIZACION el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la GERENCIA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACIONES, su debida implementacion en el sistema informatico, a la OFICINA DE SECRETARIA GENERAL su publicacion y a la GERENCIA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 765202-2

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Fijan monto de emision mecanizada por actualizacion de valores, determinacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2012 y distribucion domiciliaria
ORDENANZA Nº 325-MDSMP San MORDAZA de Porres, 9 de febrero del 2012. EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO:

Prorrogan fechas de vencimiento para pago del Impuesto Predial
ORDENANZA Nº 365-CDLO Los MORDAZA, 8 de marzo de 2012 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: El Dictamen Nº 003-2012-MDLO/CEP de la Comision Permanente de Economia y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce la autonomia Politica, Economica y Administrativa de los Gobiernos Locales, otorgandole potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de estos dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la Ley; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo Nº 194º de la Constitucion Politica del Peru, el Concejo Municipal, cumple funcion normativa, a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Articulo Nº 200 numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, es politica de la Municipalidad y de la Administracion Tributaria otorgar las mas amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la

En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 09.FEBRERO.2012, con el quorum reglamentario de los senores regidores, se trato sobre el proyecto de Ordenanza que fija el monto de emision mecanizada por actualizacion de valores, determinacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2012 y su distribucion domiciliaria; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha se trato sobre el Dictamen Nº 001-2012-CPF-SR/ MDSMP de la Comision de Planificacion y Finanzas que recomienda al Pleno del Concejo la aprobacion del proyecto de Ordenanza que regula el monto de emision mecanizada por actualizacion de valores,

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