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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2012 (17/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 62

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de marzo de 2012 462704 organizaciones acrediten personería jurídica y/o Municipal con un mínimo de tres (03) años de actividad institucional comprobada. CAPÍTULO II REGLAMENTO INTERNO DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL Artículo 19º.- Los miembros de la sociedad civil, elaborarán su propio reglamento interno, donde se establecerán las funciones, penalidades por incumplimiento de sus deberes, disciplina, periodo de sus reuniones, elaboración de su plan de trabajo y otros. CAPÍTULO III DE LA VACANCIA DEL MANDATO DEL REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD CIVIL Artículo 20º.- El mandato del representante de la sociedad civil ante el CCLD de los Olivos pierde su condición por las siguientes causales: 1. Renuncia expresa ante la autoridad municipal, 2. Incapacidad física y/o mental permanente, que le impida ejercer sus funciones. 3. Cambio de domicilio fuera del distrito, 4. Sentencia judicial consentida por delito doloso, 5. Inasistencias injustifi cadas a dos sesiones ordinarias o extraordinarias. 6. Inasistencias injustifi cadas permanentes, a las reuniones de los representes de la sociedad civil ante el CCLD. 7. Muerte, Artículo 21º.- El representante de la sociedad civil designado en reemplazo, de producirse una vacancia, solo completará el periodo correspondiente, y será el candidato que obtuvo el mayor puntaje después de los electos. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- En todo lo no previsto, se aplicará de forma supletoria la Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley de Participación Ciudadana y normas conexas a las funciones del CCLD de los Olivos. 765202-1 Prorrogan fechas de vencimiento para pago del Impuesto Predial ORDENANZA Nº 365-CDLO Los Olivos, 8 de marzo de 2012 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 003-2012-MDLO/CEP de la Comisión Permanente de Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía Política, Económica y Administrativa de los Gobiernos Locales, otorgándole potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de éstos dentro de su jurisdicción con los límites que señala la Ley; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo Nº 194º de la Constitución Política del Perú, el Concejo Municipal, cumple función normativa, a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Nº 200 numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, es política de la Municipalidad y de la Administración Tributaria otorgar las más amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelación oportuna sea esta al contado o fraccionada de sus obligaciones tributarias vigentes o que se encuentren pendientes de pago; Que de acuerdo al T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal – D.S. Nª 156-2004-EF, el vencimiento de pago de la primera cuota del Impuesto Predial es el último día hábil del mes de febrero del ejercicio de pago; Estando a lo expuesto, y en cumplimiento de lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de las Municipalidades, por unanimidad, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 365-CDLO QUE PRORROGA LA FECHA DE VENCIMIENTO DE PAGO ANUAL DEL IMPUESTO PREDIAL Y DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL DEL AÑO 2012 Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de Marzo del presente ejercicio el vencimiento de pago anual y de la primera cuota del Impuesto Predial 2012, así como la obligación de la presentación de la declaración jurada de Autoavalúo del ejercicio 2012. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la SUB GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y FISCALIZACIÓN el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la GERENCIA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACIONES, su debida implementación en el sistema informático, a la OFICINA DE SECRETARIA GENERAL su publicación y a la GERENCIA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 765202-2 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Fijan monto de emisión mecanizada por actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2012 y distribución domiciliaria ORDENANZA Nº 325-MDSMP San Martín de Porres, 9 de febrero del 2012. EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES POR CUANTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 09.FEBRERO.2012, con el quórum reglamentario de los señores regidores, se trató sobre el proyecto de Ordenanza que fi ja el monto de emisión mecanizada por actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2012 y su distribución domiciliaria; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha se trató sobre el Dictamen Nº 001-2012-CPF-SR/ MDSMP de la Comisión de Planificación y Finanzas que recomienda al Pleno del Concejo la aprobación del proyecto de Ordenanza que regula el monto de emisión mecanizada por actualización de valores,