TEXTO PAGINA: 4
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de marzo de 2012 463078 Artículo 3º.- Precisar que toda referencia al Consejo Nacional de Descentralización contenida en la Resolución Ministerial Nº 144-2002-MINCETUR/DM modifi cada por la Resolución Nº 105-2005-MINCETUR/DM, se debe entender a la Presidencia del Consejo de Ministros. Asimismo, precísese que la denominación que corresponde a la Comisión encargada de la transferencia de funciones a los Gobiernos Regionales y Locales a que se refi ere la Resolución Ministerial Nº 144-2002-MINCETUR/ DM modifi cada por la Resolución Nº 105-2005-MINCETUR/ DM, es la de Comisión Sectorial de Transferencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 767994-1 Designan funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de Plan COPESCO Nacional al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 073-2012-MINCETUR/COPESCO-DE Lima, 20 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1057 regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) como una modalidad especial propia del derecho administrativo y privativo del Estado; Que, el Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 065-2011-PCM, aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1017; Que, la Única Disposición Complementaria y Final del Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM establece modifi caciones al Reglamento del Régimen de Contratación Administrativa de Servicios, señalando que la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), aprobará el modelo de convocatoria y de contrato administrativo de servicios, los mismos que serán publicados en el portal institucional de SERVIR y en el Portal del Estado Peruano; Que, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107- 2011-SERVIR/PE de fecha 13 de setiembre de 2011, aprobó a través de su artículo 2° el Modelo de Convocatoria para la Contratación Administrativa de Servicios, incluyendo la obligación de las entidades públicas de publicar las convocatorias para la contratación de personal CAS en el Servicio Nacional del Empleo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 170- 2011-SERVIR/PE de fecha 28 de diciembre de 2011, dispuso en su artículo 1° que la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE entrará en vigencia a partir del 28 de febrero del 2012; Que, el Decreto Supremo N° 012-2004-TR que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27736, establece en su artículo 2° que los organismos públicos y empresas del Estado remitirán por escrito o vía electrónica, conforme corresponda, con diez (10) días hábiles de anticipación al inicio del concurso los puestos de trabajo vacantes a ofertar; Que, el citado artículo además establece que se debe designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo, para lo cual el titular de la entidad emitirá la correspondiente resolución, la que deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, por tales consideraciones, corresponde designar al funcionario que se encargará de remitir las ofertas de empleo de Plan COPESCO Nacional al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, por los fundamentos vertidos en los considerandos supra; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002- MINCETUR; el Decreto Supremo Nº 030-2004-MINCETUR que modifi ca la denominación del Proyecto Especial Plan COPESCO por la de Plan COPESCO Nacional; y en mérito a lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 432-2006- MINCETUR/DM, que aprueba el Manual de Operaciones del Plan COPESCO Nacional y Resolución Ministerial 314- 2011-MINCETUR/DM que designa a la Directora Ejecutiva de Plan COPESCO Nacional; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar al Jefe de la Unidad de Administración de Plan COPESCO Nacional, como el funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de Plan COPESCO Nacional, al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2°.- Disponer que la Unidad de Administración publique la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA SUSANA ANFOSSI MIRANDA Directora Ejecutiva de Plan COPESCO Nacional 768270-1 CULTURA Autorizan salida temporal del país de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación a la República de El Salvador RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2012-MC Lima, 24 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Exp. Nº 002558-2012, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República don Eric Edgardo Guillermo Anderson Machado, solicita ante el Ministerio de Cultura autorización para la salida temporal del país de nueve (09) bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su propiedad, por cuanto mediante Resolución Suprema Nº 448-2011-RE de fecha 13 de diciembre de 2011 ha sido nombrado Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de El Salvador; Que, el literal d) del Artículo 34° de la Ley N° 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que procede la salida del país de bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación por viajes de Jefes de Misión, Cónsules o Diplomáticos acreditados, por el plazo que dure su permanencia en el exterior, la misma que se autoriza mediante Resolución Suprema; Que, el inciso 3 del precitado Artículo prescribe que “La autorización requiere obligatoriamente de opinión previa del organismo competente y la contratación como mínimo de una póliza de seguro “Clavo a clavo” contra todo riesgo a favor del propietario del bien, quien deberá realizar la valorización respectiva”. Asimismo, el tercer párrafo del Artículo 54º del Reglamento de la Ley Nº 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, establece que “La exportación temporal de bienes culturales de propiedad de jefes de misión, cónsules o diplomáticos acreditados será autorizada por resolución suprema por el tiempo que dure su misión en el extranjero y tienen como destino único las embajadas y consulados peruanos”; Que, los bienes culturales cuya autorización de salida temporal del país se solicita, se encuentran cubiertos contra todo riesgo desde su lugar original hasta su destino fi nal, en mérito a la Póliza de Seguros Nº 1996-501250, expedida por la empresa Rímac Seguros, póliza con vigencia desde el 06 de enero de 2012 al 06 de enero de 2013; Que, corresponde al Ministerio de Cultura cautelar y difundir el patrimonio cultural de la Nación, tanto en el país como en el extranjero, por lo que en aplicación de los dispositivos antes señalados resulta procedente autorizar la salida temporal del país de los bienes culturales a que se refi ere la presente Resolución Suprema; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158; la Ley N° 28296; y la Ley N° 29565; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la salida temporal del país de nueve (09) bienes integrantes del Patrimonio cultural de la Nación, detallados en el anexo adjunto a la presente Resolución, de propiedad del señor Embajador en el Servicio Diplomático de la República, don Eric Edgardo Guillermo Anderson Machado a la ciudad de San Salvador, República de El