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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de marzo de 2012 463082 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 336-DE/SG-2012 Lima, 23 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 199 de fecha 14 de marzo de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, personal militar de los Estados Unidos de América, realizará una visita de coordinación a las Fuerzas Especiales Conjuntas del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, en el marco de las actividades operacionales existentes entre ambos países; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, al Técnico Jefe Kevin Rinehart y Técnico de Segunda Mark Rodriguez del Ejército de los Estados Unidos de América, del 26 de marzo al 01 de mayo de 2012, con la fi nalidad de efectuar una visita de coordinación a las Fuerzas Especiales Conjuntas del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 768525-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 337-2012-DE/SG Lima, 23 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 209 de fecha 20 de marzo de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de Canadá y Paraguay, sin armas de guerra; Que, el Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA) cuyas reuniones anuales son eventos planifi cados con anterioridad a su ejecución, buscan la implementación de mecanismos de cooperación internacional mutua; Que, para el presente año, se ha previsto la ejecución del Comité IV en el Perú, evento en el que participarán delegaciones de las Fuerzas Aéreas integrantes del Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas, como Argentina, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Ecuador, Uruguay, República Dominicana, Panamá, Paraguay y Estados Unidos de América, presidida por la Fuerza Aérea del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable de la Fuerza Aérea del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y su modifi catoria Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra a los Ofi ciales de las Fuerzas Aéreas de Canadá y Paraguay, Teniente Coronel Juan Gallego y Teniente Coronel Gustavo Cirilo Schreiber Mendoza, respectivamente, para participar como integrantes en el Comité IV del Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas SICOFAA, del 26 al 30 de marzo de 2012. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 768525-3 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan a profesionales asignados por SERVIR como Jefes Zonales de la Unidad Gerencial de Articulación Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del PRONAA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 080-2012-MIDIS-PRONAA/DE Lima, 22 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29792 - Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, se dispone la adscripción al MIDIS, entre otros Programas y funciones, del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, la cual queda formalmente establecida a partir del 01 de enero de 2012, de acuerdo a la Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Supremo Nº 001-2011-MIDIS - Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS; Que, por medio del Decreto Legislativo Nº 1024 se creó el Cuerpo de Gerentes Públicos, conformado por profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que así lo requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; Que, por Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM se aprobó el Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos, habiéndose determinado su Política Remunerativa a través del Decreto Supremo Nº 108-2009-PCM;