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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2012 (25/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de marzo de 2012 463081 cuyas reuniones anuales planifi cadas al año anterior a su ejecución, buscan la implementación de mecanismos de cooperación internacional mutua; Que, para el presente año, se ha previsto la ejecución en el Perú del Comité IV del Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas, evento en el que participarán delegaciones de las Fuerzas Aéreas de Argentina, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Ecuador, Estados Unidos de América, Panamá, República Dominicana y Uruguay, integrantes del SICOFAA, el cual estará presidido por la Fuerza Aérea del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. Asimismo, dispone que en los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; Que, contando con la opinión favorable de la Fuerza Aérea del Perú y de conformidad con la Ley Nº. 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cada por la Ley Nº. 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, del personal que conforman las delegaciones de las Fuerzas Aéreas de Argentina, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Ecuador, Estados Unidos de América, Panamá, República Dominicana y Uruguay, detallado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, para participar en su calidad de integrantes, del Comité IV del Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA), del 26 al 30 de marzo de 2012. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa ANEXO DELEGACIONES DEL COMITÉ IV DEL SISTEMA DE COOPERACION ENTRE LAS FUERZAS AEREAS AMERICANAS FUERZA AEREA ARGENTINA - Comodoro EDUARDO GUSTAVO GOMEZ OLIVERA - Vice-Comodoro RODOLFO RICARDO ETCHEGARAY FUERZA AEREA BOLIVIANA - Coronel DAEN JORGE ELMER FERNANDEZ TORANZO FUERZA AEREA BRASILEÑA - Coronel JUNIOR VALDEMAR CONSORTE - Teniente Coronel RICARDO DIAS DINIZ FUERZA AEREA CANADIENSE - Teniente Coronel STEPHEN HANSON - Capitán DAVID K. HENRIQUEZ FUERZA AEREA DE CHILE - Comodoro (A) RENÉ SÁNCHEZ DÍAZ - Coronel de Avia. (A) JOSÉ AGUIRRE GAMBOA FUERZA AEREA COLOMBIANA - Mayor ALDRIN EDILSON GARCIA ALBARRACIN - Capitán CAICEDO ANDRES ROSERO FUERZA AEREA ECUATORIANA - Coronel JAIME ALMEIDA VILLAVICENCIO FUERZA AEREA DE ESTADOS UNIDOS - Coronel KRISTIAN D. SKINNER - Coronel JOSE ANDRES SANCHEZ ANDINO - Mayor GUILLERMO TORRES - Sargento 3° VICKI GONZALES - Master Sergeant ERIC JOSÉ REYES-FERNANDEZ FUERZA AEREA DOMINICANA - Coronel ELVIS MARCELINO FELIZ PEREZ - Teniente Coronel Alberto Miguel UREÑA FIGUEROA SERVICIO NACIONAL AERONAVAL DE PANAMA - Teniente Coronel JOE HENRY LANIADO MORALES - Licenciado ROBERTO ISAAC VERNAZA GALLARDO FUERZA AEREA PARAGUAYA - Teniente Coronel GUSTAVO CIRILO SCHREIBER MENDOZA FUERZA AEREA URUGUAYA - Coronel MARIANO RODRIGO 767868-1 Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de Colombia, EE.UU., Canadá y Paraguay RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 335-DE/SG-2012 Lima, 23 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº F-207 de fecha 19 de marzo de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Colombia, sin armas de guerra; Que, en el marco de la “XV Reunión del Comité de Trabajo del Acuerdo de Asistencia Mutua” entre la Armada Nacional de Colombia y la Marina de Guerra del Perú, se acordó continuar con las visitas anuales de Comandos Navales Fronterizos; Que, en ese sentido, personal militar de la Armada de Colombia, ingresará al país para participar en la “XIII Reunión de Comandos Navales Fronterizos”, a realizarse en la ciudad de Lima; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, al personal militar de la Armada de Colombia, Brigadier General Héctor Julio Pachon Cañon y Teniente Coronel César Augusto Triana Gómez, del 26 al 29 de marzo de 2012, con la fi nalidad de participar en la “XIII Reunión de Comandos Navales Fronterizos”, a realizarse en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 768525-1