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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de mayo de 2012 466486 veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América detallado a continuación, del 20 de mayo al 02 de junio de 2012, con la fi nalidad de visitar diversos lugares del país donde se podrían realizar futuros proyectos de construcción bajo el Programa de Asistencia Humanitaria. 1. Teniente Coronel Henry COOK Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 790143-2 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 DECRETO SUPREMO Nº 070-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional del Pliego 007 Ministerio del Interior y del Pliego 026 Ministerio de Defensa; Que, el artículo 1° del Decreto de Urgencia N° 014- 2012, dispone la vigencia durante el Año Fiscal 2012, de lo establecido en los artículos 1°, 2° y 5° del Decreto de Urgencia Nº 020-2011, que otorga una Bonifi cación Extraordinaria al Personal Militar en Actividad de las Fuerzas Armadas y Policial de la Policía Nacional del Perú equivalente al 20 % de la remuneración pensionable, incluyendo el concepto previsto en el Decreto Supremo Nº 037-2001-EF; y del 25 % de las pensiones a favor de los pensionistas del régimen del Decreto Ley Nº 19846 y sus modifi catorias que hayan pasado a la situación de retiro por invalidez o incapacidad total y permanente como consecuencia de acción de armas o acto de servicio, así como a los herederos del personal que haya fallecido como consecuencia de las acciones antes indicadas, de acuerdo a la normatividad vigente; Que, asimismo el artículo 2° del citado Decreto de Urgencia, establece que las bonifi caciones extraordinarias a que se refi ere el considerando precedente serán abonadas mensualmente y de manera conjunta con el pago de la remuneración o pensión mensual, según corresponda, a partir del mes de mayo de 2012 hasta diciembre de 2012; Que, mediante los Ofi cios Nº 573-2012-IN-0101 y Nº 816-2012-MINDEF/DM, los Ministerios del Interior y de Defensa han solicitado transferencia de recursos para fi nanciar la continuidad en el otorgamiento de las bonifi caciones Extraordinarias a que se refi ere el Decreto de Urgencia Nº 020-2011; Que, los requerimientos efectuados por los Ministerios del Interior y Defensa, los cuales no fueron previstos en los Presupuestos Institucionales de los Pliegos 007 Ministerio del Interior y 026 Ministerio de Defensa, aprobados en la Ley N° 29812, se atenderán con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, siendo necesario autorizar una Transferencia de Partidas por la suma total de OCHENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 85 253 292,00) a favor de los Pliegos 007 Ministerio del Interior la cantidad de S/. 60 633 188,00 y 026 Ministerio de Defensa la cantidad de S/. 24 620 104,00, para cubrir el fi nanciamiento en el otorgamiento de las bonifi caciones establecidas en el artículo 1° del Decreto de Urgencia N° 020-2012, correspondiente a los meses de mayo y junio 2012, en concordancia con lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 014-2012; De conformidad con lo establecido por el artículo 45° de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de OCHENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 85 253 292,00), a favor del Pliego 007 Ministerio del Interior, por la cantidad de S/. 60 633 188,00, y del Pliego 026 Ministerio de Defensa por la cantidad de S/. 24 620 104,00, para ser destinada a fi nanciar la continuidad en el otorgamiento de las bonifi caciones establecidas en el artículo 1° del Decreto de Urgencia N° 020-2011, correspondiente a los meses de mayo y junio 2012, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ACTIVIDAD 5.000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 85 253 292,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 85 253 292,00 =========== A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : Ministerio del Interior FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios UNIDAD EJECUTORA 002 : Dirección de Economía y Finanzas de la PNP ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTO ACTIVIDAD 5.001281 : Vigilancia Policial de Naturaleza Civil GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 60 633 188,00 TOTAL PLIEGO 007 60 633 188,00 =========== En Nuevos Soles PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios