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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2012 (19/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de mayo de 2012 466487 UNIDAD EJECUTORA 003 : Ejército Peruano ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTO ACTIVIDAD 5.002090 Mantenimiento de la Operatividad del Efectivo Militar GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 10 871 184,00 -------------------- Subtotal UE 003 10 871 184,00 UNIDAD EJECUTORA 004 : Marina de Guerra del Perú ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTO ACTIVIDAD 5.002090 Mantenimiento de la Operatividad del Efectivo Militar GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 9 404 685,00 ------------------- Subtotal UE 004 9 404 685,00 En Nuevos Soles UNIDAD EJECUTORA 005 : Fuerza Aérea del Perú ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTO ACTIVIDAD 5.002090 Mantenimiento de la Operatividad del Efectivo Militar GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 4 344 235,00 ------------------- Subtotal UE 005 4 344 235,00 -------------------- TOTAL PLIEGO 026 24 620 104,00 =========== TOTAL EGRESOS 85 253 292,00 =========== Artículo 2°.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 790574-1 EDUCACION Designan Asesor del Despacho del Viceministerio de Gestión Institucional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0189-2012-ED Lima, 18 de mayo de 2012 CONSIDERANDO: Que, a la fecha se encuentra vacante la plaza correspondiente al Asesor del Despacho del Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, cargo considerado de confi anza; Que, resulta necesario designar al funcionario que ejercerá el cargo al que se hace mención en el considerando precedente; Que, el numeral 5) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece, entre otras funciones de los Ministros de Estado, el designar y remover a los titulares de los cargos de confi anza del Ministerio; De conformidad, con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios, la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Dante Javier Beltrán Arias, como Asesor del Despacho del Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, cargo considerado de confi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 790467-1 ENERGIA Y MINAS Renuevan concesión temporal otorgada a Sandia Hydro S.A. para concluir estudios relacionados con la generación de energía eléctrica en futuras centrales hidroeléctricas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 220-2012-MEM/DM Lima, 11 de mayo de 2012 VISTO: El Expediente Nº 21179209, sobre solicitud de renovación de concesión temporal para desarrollar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica, presentado por SANDIA HYDRO S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 12253005 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 031-2010- MEM/DM, publicada el 24 de enero de 2010, se otorgó concesión temporal a favor de SANDIA HYDRO S.A., para que desarrolle los estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en las futuras Centrales Hidroeléctricas Sandia INA30 e INA40, cuya área de