Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2012 (19/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL
Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo al Programa "Red Cil Proempleo" del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo
RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 052-2012/APCI-DE Miraflores, 16 de MORDAZA de 2012 VISTO: El Informe Nº 048-2012-APCI/OGA, de fecha 7 de MORDAZA de 2012, emitido por la Oficina General de Administracion de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI). CONSIDERANDO: Que, la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI) es el ente rector de la cooperacion tecnica internacional, responsable de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperacion internacional no reembolsable, que se gestiona a traves del Estado y que proviene de MORDAZA del exterior de caracter publico y/o privado, en funcion de la politica nacional de desarrollo de conformidad con lo establecido en la Ley de Creacion de la APCI, Ley Nº 27692 y sus normas modificatorias; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1057 se regula el regimen especial de contratacion administrativa de servicios aplicable a las entidades publicas, independientemente del regimen laboral al que se encuentran sujetas; Que, actualmente en la APCI se conducen procesos de contratacion administrativa de servicios, contando para tales efectos, con un Comite de Evaluacion de Meritos encargado de conducir los mismos; Que, asimismo, el modelo de Convocatoria para la Contratacion Administrativa de Servicios, aprobado mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011/SERVIRPE, establece la obligatoriedad de la publicacion de los procesos para la contratacion administrativa de servicios en el Servicio Nacional de Empleo; Que, por otra parte, el articulo 2º del Reglamento del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, que dicta disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, referente a la transmision radial y televisiva de ofertas laborales del sector publico y privado, establece que todo organismo publico y empresa del Estado esta obligado a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, las ofertas de puestos publicos que tengan previsto concursar, estando excluidas de esta obligacion de concursar y remitir la oferta, los puestos clasificados como de confianza conforme las reglas de la normatividad laboral publica vigente; Que, del mismo modo, establece que los organismos publicos y empresas del Estado remitiran con diez (10) dias habiles de anticipacion al inicio del concurso los puestos de trabajo vacantes a ofertar, senalando que estos deben designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad, mediante Resolucion del Titular de la entidad publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, para tal efecto, la Oficina General de Administracion de la APCI, mediante documento de Visto, recomienda la designacion del Jefe (e) de la Unidad de Administracion de Personal como el encargado de enviar la informacion MORDAZA senalada; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad al Programa "Red Cil Proempleo" del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Con las visaciones de la Oficina General de la Administracion y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27692 Ley de Creacion de la APCI, y sus modificatorias; asi como en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Agencia, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-

2007-RE y su modificatoria; de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el regimen especial de contratacion administrativa de servicios; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y sus modificatorias; y en aplicacion a lo dispuesto a traves del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, a traves del cual se dictan disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, referente a la transmision radial y televisiva de ofertas laborales del sector publico y privado. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al Jefe (e) de la Unidad de Administracion de Personal de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), como el funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo al Programa "Red Cil Proempleo" del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 2º.- El funcionario designado en el primer articulo de la presente Resolucion, debera cumplir con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR y la Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011/ SERVIR-PE, cuando corresponda, para el cumplimiento del encargo encomendado. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina General de Administracion, a la Unidad de Administracion de Personal, asi como al interesado para las acciones correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo 789555-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Relacion de proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados con inhabilitacion por el Tribunal de Contrataciones del Estado durante el mes de MORDAZA de 2012
RESOLUCION Nº 129-2012-OSCE/PRE MORDAZA MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2012 VISTO: El Memorando Nº 677-2012/DRNP-MSH de la Direccion del Registro Nacional de Proveedores, referido a la publicacion del Listado de Inhabilitados para Contratar con el Estado. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 9 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017, se establece la obligatoriedad de publicar en el Diario Oficial El Peruano la relacion de sancionados para contratar con el Estado; Que, el articulo 281 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, establece que el OSCE, publicara mensualmente la relacion de proveedores, participantes, postores y/o contratistas que hayan sido sancionados con inhabilitacion temporal o definitiva por el Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal, en el mes inmediato anterior;

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