Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2012 (19/05/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

466496

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2012

Que, estando a lo informado por la Direccion del Registro Nacional de Proveedores respecto de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados con inhabilitacion, comunicados a dicha Direccion por el Tribunal durante el mes de MORDAZA de 2012. De conformidad con lo dispuesto en el literal u) del articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones del OSCE, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 7892011-EF/10; y con las visaciones de la Sub Direccion de Informacion Registral, Secretaria del Tribunal, Direccion del Registro Nacional de Proveedores, la Oficina de Asesoria Juridica y Secretaria General. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados con inhabilitacion por el Tribunal durante el mes de MORDAZA de 2012: 1. COMPANIA PERUANA DE SERVICIOS GENERALES S.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o informacion inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 1827-2011-TC-S2 del 29.12.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 2. MORDAZA SOCIEDAD ANONIMA - MORDAZA S.A., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber participado en MORDAZA de seleccion sin contar con inscripcion vigente en el Registro Nacional de Proveedores, causal tipificada en el literal e) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 198-2012-TC-S1 del 28.02.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 3. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o informacion inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 209-2012-TC-S2 del 29.02.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 4. CORPORACION DE ASESORIA PUBLICA EMPRESARIAL Y NEGOCIOS COMERCIALES S.A.C., Mediante Resolucion Nº 436-2012-TC-S2 del 27.04.2012, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 303-2012-TC-S2 del 23.03.2012, que la sanciona con doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 303-2012-TC-S2 del 23.03.2012. 5. GEOTEC CONSULTORES E.I.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o informacion inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 312-2012-TC-S1 del 23.03.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil de publicada la indicada resolucion. 6. INDUSTRIAS ALIMENTICIAS DEIRILAC E.I.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o informacion inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 323-2012-TC-S2 del 28.03.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 7. DAISAKU SERVICIOS GENERALES E.I.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de

participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 338-2012-TC-S2 del 29.03.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 8. TALLERES MORDAZA CONDECORACIONES S.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o informacion inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 355-2012-TC-S2 del 09.04.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 9. CONTRATISTAS PERSAN S.A.C., Mediante Resolucion Nº 472-2012-TC-S2 del 03.05.2012, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 356-2012TC-S2 del 09.04.2012, que la sanciona con ocho (08) meses de inhabilitacion en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos en procedimiento seguido ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipificada en el numeral 10) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 10. DROGUERIA HUARAL S.A.C., Inhabilitacion por trece (13) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 358-2012-TC-S2 del 09.04.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 11. CONSTRUCTORA INTERAMERICANA S.A.C., Inhabilitacion por ocho (08) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos en procedimiento seguido ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipificada en el numeral 10) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 359-2012-TC-S2 del 09.04.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 12. CONSTRUCTORA ELARD E.I.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o informacion inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 3672012-TC-S2 del 10.04.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 13. DROGUERIA HUARAL S.A.C., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion parcial del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 368-2012-TC-S2 del 11.04.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 14. J.K.B. ALIMENTOS S.R.L., Inhabilitacion por tres (03) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 369-2012-TC-S2 del 11.04.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 15. J.K.B. ALIMENTOS S.R.L., Inhabilitacion por tres (03) meses en sus derechos de participar en procesos de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.