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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2012 (25/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de mayo de 2012 466884 municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la Participación Vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad conforme a ley. Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las municipalidades provinciales y distritales, son órganos de gobierno local, que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; y que esta autonomía radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el artículo 20º de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de Descentralización, dispone que los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados. Que, el artículo 9º “Atribuciones del Concejo Municipal de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en su numeral 1) señala que una de sus atribuciones es aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados, y en el numeral 14) señala como atribución, aprobar normas que garanticen una efectiva participación vecinal. Que, mediante memorándum Nº 312-2011-GPP/ MDSJM, de fecha 15 de mayo, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto presenta el Proyecto de Acuerdo de Concejo Municipal que da inicio a la Elaboración del Plan de Desarrollo Distrital Concertado 2012 – 2021 del Distrito de San Juan de Mirafl ores. Que, mediante Informe Nº 314-2012-GAJ/GM/MDSJM, de fecha 17 de mayo del 2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica; refi ere que es procedente el mismo que debe ser aprobado por Acuerdo de Concejo del Concejo de Coordinación Local y este a su vez validado y aprobado mediante Acuerdo de Concejo Municipal. Estando a lo expuesto de conformidad con el artículo 9º y artículo 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 y con la aprobación por MAYORIA de los Señores Regidores, con dispensa de lectura y aprobación del acta. ACUERDA: Artículo Primero.- DAR INICIO al Proceso de Elaboración del Plan de Desarrollo Distrital Concertado 2012 – 2021 del Distrito de San Juan de Mirafl ores y Aprobar su Plan de Trabajo “Plan de Desarrollo Distrital Concertado” (PDDC) 2012-2021. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Alcalde, la presentación y aprobación de los documentos complementarios al presente Acuerdo de Concejo , para el proceso de elaboración del Plan, mediante Decreto de Alcaldía de conformidad con el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto todas las disposiciones internas que se opongan al presente Acuerdo de Concejo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaria General, la publicación, distribución y notifi cación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano y/o medios de comunicación local de la jurisdicción. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 792737-1 Disponen el embanderamiento en la Urbanización de Pamplona Baja con motivo del aniversario de su creación DECRETO DE ALCALDÍA Nº 05-2012-MDSJM-A San Juan de Mirafl ores, 23 de marzo del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: La Resolución de Alcaldía Nº 265-2012-A-MDSJM de fecha 23 de marzo del 2012, donde se Reconoce y Felicita a la Urbanización Pamplona Baja del Distrito de San Juan de Mirafl ores, por sus Bodas de Oro; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el mes de Junio del presente año se conmemora los 50 años de creación de la Urbanización de Pamplona Baja del Distrito de San Juan de Miraflores, para lo cual se debe iniciar la festividad con el embanderamiento cívico entre el 01 de junio al 01 de Julio; Que, es deber del Gobierno Local realzar este magno acontecimiento incentivando la participación cívica del vecindario de la Urbanización Pamplona Baja del Distrito de San Juan de Mirafl ores; Estando a lo expuesto, de conformidad con la Constitución Política del Perú, los Artículos 20º Inciso 6) y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- DISPONGASE el Embanderamiento en la Urbanización de Pamplona Baja del Distrito de San Juan de Mirafl ores desde el 01 de junio al 01 de Julio del presente año, con motivo de conmemorarse los 50 años “Bodas de Oro”. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Relaciones Públicas y Comunicaciones, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 792748-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Autorizan viaje de Regidores a España para participar en curso de especialización y en el X Congreso Iberoamericano de Municipalistas RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 249-2012-MDSM San Miguel, 17 de mayo de 2012 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL VISTOS, los Acuerdos de Concejo Nº 028-2012- MDSM y Nº 044-2012-MDSM, el memorando Nº 306- 2012-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº 200-2012-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el memorando Nº 455-2012- GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el memorando Nº 113-2012-GAF/MDSM emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas, y; CONSIDERANDO: Que, el regidor Sergio Iván Atarama Martínez, ha sido autorizado, a través de los acuerdos de vistos,