Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2012 (25/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de MORDAZA de 2012

acompana segun el Oficio N° 317-2012-1er.VR, de fecha 16 de MORDAZA del 2012, del Primer Vicerrector, Geol. MORDAZA S. MORDAZA MORDAZA y la recomendacion de la Comision Academica y de Investigacion en su sesion N° 17-2012 realizada el 16-04-2012; y Que el Consejo Universitario en su sesion extraordinaria N° 13 del 18 de MORDAZA del 2012 acordo aceptar lo solicitado y se expida el duplicado del Grado Academico de Bachiller en Ciencias con mencion en Ingenieria Civil a nombre de MORDAZA Saida MORDAZA MORDAZA Ypenza; De conformidad con las facultades conferidas en el inciso c) , articulo numero 52 del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la expedicion de duplicado del Grado Academico de Bachiller en Ciencias con mencion en Ingenieria Civil a MORDAZA Saida MORDAZA MORDAZA Ypenza, otorgado el 07 de marzo de 2007, anulandose el diploma otorgado anteriormente. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA ZALDIVAR MORDAZA Rector (e) 787941-1

cronograma fijado mediante Resolucion Nº 0604-2011JNE, esto es, presentar la solicitud a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (culminado el tramite de comprobacion de adherentes ante el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil) hasta el 25 de MORDAZA de 2012. 3. Con fecha 8 de MORDAZA de 2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito el inicio del MORDAZA de revocatoria de cargo de las siguientes autoridades municipales del distrito de Yorongos, provincia de MORDAZA, departamento de San Martin:
DNI NOMBRES CARGO ORGANIZACION POLITICA

01026983 Aner MORDAZA Celada 17636724 MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01054544 MORDAZA Suxe MORDAZA 01054726 MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MORDAZA Partido Aprista Peruano regidor Partido Aprista Peruano regidora Partido Aprista Peruano regidor Partido Aprista Peruano

44907234 Yoni Leodan MORDAZA MORDAZA regidor Partido Aprista Peruano

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Disponen acumular solicitudes de revocatoria de autoridades de los distritos de Yorongos, Tapay, San MORDAZA de Cochan, Paranday, MORDAZA y Azangaro de los departamentos de San MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, a la convocatoria del MORDAZA de consulta popular de revocatoria del 2012
RESOLUCION Nº 0299-2012-JNE Expediente Nº J-2012-00449 MORDAZA, veinticuatro de MORDAZA de dos mil doce VISTO el Oficio Nº 634-2012-SG/ONPE, de fecha 22 de MORDAZA de 2012, remitido por la Secretaria General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en atencion a la solicitud de revocatoria de autoridades del distrito de Yorongos, provincia de MORDAZA, departamento de San MORDAZA, presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fernandez. CONSIDERANDO 1. Uno de los derechos de participacion de los ciudadanos es el que se efectua a traves de la consulta popular de revocatoria de autoridades, conforme a lo establecido por el articulo 31 de la Constitucion, que establece que los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos publicos mediante referendum, iniciativa legislativa, remocion o revocacion de autoridades y demanda de rendicion de cuentas. Este derecho tiene, asimismo, desarrollo en la Ley Nº 26300, Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos. 2. Dicha ley establece los requisitos para la procedencia de una solicitud de revocatoria, los cuales son: a) la solicitud de revocatoria debe referirse a una autoridad en particular; b) debe estar fundamentada (no requiere ser probada); c) debe alcanzar el numero minimo de firmas validas (el 25% de firmas respecto del ultimo padron electoral para la circunscripcion), las que son verificadas por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (en adelante, Reniec), el cual emite la MORDAZA de verificacion de firmas respectiva; y d) cumplir con los plazos establecidos en el

4. Asi, mediante el oficio del visto, la Secretaria General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales comunico que la solicitud de revocatoria formulada cumple con los requisitos formales de ley, pues dicha solicitud identifico los nombres de las autoridades de quienes se solicita MORDAZA sometidas a consulta; se fundamento el pedido y adjunto la MORDAZA de verificacion positiva de firmas. 5. Asimismo, de conformidad con lo prescrito por el articulo 46 de la Ley Nº 26300, Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos, el MORDAZA Nacional de Elecciones esta facultado para acumular las iniciativas de convocatoria de revocatoria de autoridades municipales y/ o regionales para someterlas a consulta de los ciudadanos en forma conjunta. 6. En tal sentido, todas las solicitudes ingresadas a este Supremo Tribunal Electoral deberan acumularse e incluirse en la resolucion que convocara el MORDAZA de consulta popular de revocatoria del 2012. Por ende, acumulese la presente solicitud de revocatoria de las autoridades del distrito de Yorongos, provincia de MORDAZA, departamento de San Martin. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- ACUMULAR la solicitud de revocatoria de autoridades del distrito de Yorongos, provincia de MORDAZA, departamento de San MORDAZA, presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la convocatoria del MORDAZA de consulta popular de revocatoria del 2012 establecido por la Resolucion Nº 0604-2011-JNE. Articulo Segundo.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economia y Finanzas, de la Contraloria General de la Republica, de la Defensoria del Pueblo, del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para los fines pertinentes. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones. Registrese, comuniquese y publiquese SS. SIVINA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 792998-1

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