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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2012 (25/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de mayo de 2012 466882 Lote 11-A de la Parcelación Chuquitanta, distrito de San Martín de Porres cumple con los Planes Urbanos en lo referente a zonificación, por cuanto el predio materia de evaluación respeta la zonificación con la que se encuentra calificado Zonificación Residencial de Densidad Media (R-4) de conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 687 MML, vigente a la fecha de inicio del presente trámite ante la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, a vías, por cuanto el terreno no se encuentra afecto por ninguna vía perteneciente al Sistema Vial Metropolitano, de conformidad a la Ordenanza N° 341-MML y la Av. Paramonga, la Calle A, Calle Chuquitanta, Calle 1, Calle 2, Calle 3, son vías locales cuya definición y aprobación corresponde a la Municipalidad Distrital de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2º de la Ordenanza Nº 786- MML y aportes reglamentarios, por cuanto respeta lo dispuesto en la Ordenanza Nº 292-MML, por lo que la propuesta resulta conforme; opinando en remitir los actuados al Área Legal de esta Subgerencia para su pronunciamiento y emisión del acto administrativo que resuelva la CONFORMIDAD de la citada resolución; Que, mediante Informe Nº 086-2012-MML-GDU- SPHU-AL, de fecha 14 de marzo de 2012 (fs. 382 al 383), el Área Legal de esta Subgerencia señala, que se encuentra acreditada la propiedad a favor de la empresa Inmobiliaria Constructora Los Edifi cadores S.A.- ICOESA, del terreno de 15,920.20 m², el mismo que consta inscrito en la Partida Electrónica Nº 11324027 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima - Zona Registral Nº IX (fs. 184 al 190); de igual manera la administrada la representatividad de la misma, conforme consta en la Copia Literal de la Persona Jurídica (fs.176 al 183), en virtud de lo cual viene tramitando el presente procedimiento administrativo de Habilitación Urbana; Que, de acuerdo a la evaluación técnica y legal, señalada en los Informes Nº 092-2012-MML-GDU-SPHU- DCO y Nº 086-2012-MML-GDU-SPHU-AL, ambas de fecha 14 de marzo de 2012, respectivamente; la presente Habilitación Urbana, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonifi cación, vías y a aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldía Nº 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer la Conformidad de la Resolución de Sub Gerencia Nº 043- 2012-SGCHU-GDU-MDSMP, de fecha 24 de febrero del 2012, expedida por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; Con el visto bueno de la División de Control de Obras y del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, Ley Nº 27444, Ordenanzas Metropolitanas Nº 687 -MML, Nº 341-MML, Nº 292-MML, Decreto de Alcaldía Nº 079-05 y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Artículo 1°.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolución de Sub Gerencia Nº 043-2012-SGCHU- GDU-MDSMP, de fecha 24 de febrero del 2012, expedida por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, que resuelve Aprobar la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media (R4), del terreno de 15,902.20 m², constituido por la Parcela K-1, del lote A-1 de la Acción A, del Ex Fundo Chuquitanta, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, de conformidad al Plano signado con el Nº 012- 2012-SCGHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a la empresa Inmobiliaria Constructora Los Edifi cadores S.A.- ICOESA; y a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, para su conocimiento y fi nes. Artículo 3°.- DAR por agotada la vía administrativa. Artículo 4º.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase MATILDE HINOSTROZA MORALES SubGerente SubGerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 791881-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Aprueban Directiva que regula el otorgamiento de la tarjeta denominada Vecino Linceño Preferente - VLP DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2012-ALC-MDL Lince, 22 de Mayo del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE: VISTOS: El Acta de Trabajo, de fecha 04 de Abril de 2012, de la Comisión encargada de la Organización de los Benefi cios del Programa Vecino Linceño Preferente y el Informe N° 028-2012-MDL-OAT de fecha 29 de marzo del 2012, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su Artículo 74º y 194º reconocen a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, por Ordenanza N° 307-MDL, de fecha 18 de enero de 2012 se aprobó el “Programa de Incentivos del Vecino Linceño Preferente”; Que, el Artículo Cuarto de la Ordenanza descrita precedentemente, faculta al Alcalde de la Municipalidad de Lince a fi n de que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza y de los benefi cios que se otorgue (…); Que, mediante documentos del vistos, se elevan para su aprobación la Directiva denominada DIRECTIVA Nº 002-2012-MDL/OAT “QUE REGULA EL OTORGAMIENTO DE LA TARJETA DENOMINADA VECINO LINCEÑO PREFERENTE – VLP”, que establece las normas y procedimientos que regulen el proceso de otorgamiento de la Tarjeta denominada VECINO LINCEÑO PREFERENTE – VLP” a todos los contribuyentes del distrito que cumplan con sus obligaciones tributarias; Que, constituye política de la Corporación Edil incentivar el cumplimiento voluntario y oportuno de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes, siendo por ello necesario otorgar benefi cios especiales a los contribuyentes del distrito que cumplan puntualmente con sus obligaciones; Que, en ese sentido se ha establecido un programa de incentivos dirigido a los vecinos linceños, el cual tiene como propósito de brindarles trato preferente en todas sus gestiones y requerimiento de servicio que demanden de la corporación y acceder a benefi cios que estén dispuestos a brindar las empresas y comerciantes afi liados al sistema Vecino Linceño Preferente; Con el visto bueno de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el Numeral 6) del artículo 20º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 002- 2012-MDL/OAT “QUE REGULA EL OTORGAMIENTO