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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de mayo de 2012 466837 ISO/IEC 27001:2008 EDI Tecnología de la Información. Técnicas de seguridad. Sistemas de gestión de seguridad de la Información. Requisitos”, podrán realizar dicha certifi cación de forma opcional y con recursos propios de cada entidad. Artículo 5.- De la coordinación La Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI) de la Presidencia del Consejo de Ministros coordinará con las entidades públicas respecto de la aplicación de la presente resolución. Cada entidad designará un coordinador que hará las veces de ofi cial de seguridad de la información hasta la adecuación de su estructura organizacional donde se incorpore esta función. Tal designación deberá realizarse mediante resolución del Titular de cada Entidad hasta antes del inicio de la fase uno. Artículo 6º.- Déjese sin efecto Déjese sin efecto la Resolución Ministerial Nº 197- 2011-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 792762-1 Disponen inscripción de la “Mancomunidad Municipal Cañete - Yauyos” en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 031-2012-PCM/SD Lima, 16 de mayo de 2012 VISTOS: El Ofi cio Nº 001-2012 MMCY/PCD; el Informe Técnico de Viabilidad; La Ordenanza Municipal Nº 003- 2012-ALC/C/MDL, de fecha 23 de febrero de 2012, de la Municipalidad Distrital de Lunahuaná; la Ordenanza Municipal Nº 002-2012-MDP, de fecha 24 de febrero de 2012, de la Municipalidad Distrital de Pacarán; la Ordenanza Municipal Nº 002-2012-AL, de fecha 16 de febrero de 2012, de la Municipalidad Distrital de Zúñiga; la Ordenanza Municipal Nº 02-2012-MDCH, de fecha 19 de febrero de 2012, de la Municipalidad Distrital de Chocos; la Ordenanza Municipal N° 005-2012-MDH/ A, de fecha 7 de febrero de 2012, de la Municipalidad Distrital de Huancaya; el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Cañete - Yauyos”; y el Informe Nº 028-2012–PCM/SD-OGI-VQA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Ofi cio de Vistos, el Señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Zúñiga y Presidente de la “Mancomunidad Municipal Cañete – Yauyos”, solicita la inscripción de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Lunahuaná, Pacarán y Zúñiga en la Provincia de Cañete, Departamento de Lima y las Municipales Distritales de Huancaya y Chocos en la provincia de Yauyos, igualmente en el Departamento de Lima; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos contiene información sobre: Diagnóstico: institucional, social y demográfi co; Gestión estratégica: visión, misión, ámbito territorial, objeto, objetivos y desarrollo económico local; Gestión descentralizada: estructura orgánica, competencias y funciones, provisión de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinación, cooperación y colaboración; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidación institucional, desarrollo económico local, capacidad de gestión y evaluación; Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Promover el desarrollo turístico integral y sostenible, b) Generar iniciativas integrales de seguridad ciudadana, c) Diseñar mecanismos conjuntos para la protección y conservación del ambiente, d) Establecer mecanismos y acciones orientadas a propiciar la inclusión integral del adulto mayor, e) Diseñar acciones orientadas a fortalecer las capacidades de los servidores, funcionarios públicos y autoridades políticas de los distritos que integran la Mancomunidad Municipal, en materia de gestión pública y desarrollo económico, contribuyendo con el fortalecimiento institucional de dichos gobiernos locales; Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específi cas exclusivas: a) Planifi car y concertar el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza, b) Diseñar un plan estratégico para el desarrollo económico sostenible del distrito y un plan operativo anual de la municipalidad e implementación en función de los recursos disponibles y de las necesidades de la actividad empresarial de su jurisdicción, a través de un proceso participativo, c) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito, d) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito, e) Organizar un servicio de serenazgo o vigilancia municipal cuando lo crea conveniente, de acuerdo a las normas establecidas por la municipalidad provincial respectiva. Adicionalmente, como delegación de funciones específi cas compartidas: a) Promover la diversifi cación curricular, incorporando contenidos signifi cativos de su realidad sociocultural, económica, productiva y ecológica, b) Promover la protección y difusión del patrimonio cultural de la nación, dentro de su jurisdicción, y la defensa y conservación de los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos colaborando con los organismos, regionales y nacionales competentes para su identifi cación, registro, control, conservación y restauración, c) Promover la cultura de la prevención mediante la educación para la preservación del ambiente, d) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fi n, en cooperación con las entidades competentes, e) Promover espacios de participación, educativos y de recreación destinados a los adultos mayores de la localidad; Que, fi nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Cañete - Yauyos”, contiene información sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión