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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2012 (25/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de mayo de 2012 466839 Que, la antes citada ampliación de autorización de viaje ha sido incluida en el ítem 78 del rubro 1.-Formación/ Califi cación/Especialización, del anexo 1 (RO) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 014-2012-DE/ del 13 de enero de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente ampliación de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora Nº 005 - Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los órganos competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento por concepto de Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad de los referidos viajes, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002- 2004 DE-SG; Que, según lo previsto en el numeral 17.1 del artículo 17º de la “Ley de Procedimiento Administrativo General”, Ley Nº 27444 de fecha 21 de marzo de 2001, señala textualmente: “La autoridad podrá disponer en el mismo Acto Administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe, legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que se pretenda retrotraer la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción”; y, De conformidad con la Ley N° 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 001- 2011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar, con efi cacia anticipada, la autorización de viaje a que se refi ere la Resolución Nº 298- 2011-DE/FAP de fecha 20 de julio de 2011, en el sentido de considerar la permanencia en Misión de Estudios, en los Estados Unidos de América, del Alférez FAP JOSE RICARDO GASTIABURU HERRERA, NSA: O-9766007, DNI: 45816102, del 01 de enero al 30 de junio de 2012; a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2012, de acuerdo a los conceptos siguientes: Gastos de Traslado - Retorno AF-2012 US $ 2,500.00 x 01 x 01 persona SE REDUCE AF-2009 (R.S. Nº 059-2009-DE/SG del 05-02-2009) US $ 500.00 x 01 x 01 persona = US $ 2,000.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 2,500.00 x 06 meses x 01 persona = US $ 15,000.00 ----------------------- Total a pagar US $ 17,000.00 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE-SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 4º.- El Ofi cial designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros JOSE ANTONIO URQUIZO MAGGIA Ministro de Defensa 793077-3 Autorizan viaje de Oficiales de la Marina de Guerra a Argentina y Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 225-2012-DE/MGP Lima, 24 de mayo de 2012 Visto, el Ofi cio P.200-0784 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 22 de marzo de 2012; CONSIDERANDO: Que, la Armada Argentina y la Marina de Guerra del Perú, acordaron participar en la XIX Reunión de Estados Mayores y en la XX Reunión Bilateral de Inteligencia, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 28 de mayo al 1 de junio de 2012, con el propósito de continuar con las actividades para construir una relación basada en el mutuo acuerdo, respeto y voluntad de cooperación para actuar frente a amenazas comunes, fomentar el diálogo e intercambio de información relevante en las áreas operacionales, académicas, bienestar e información en temas de inteligencia; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, Ítem 152, Anexo 1 (RO), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado por Resolución Suprema Nº 014-2012-DE, de fecha 13 de enero de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente Comisión de Servicio, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2012 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio de Personal Naval, para que participe en la XIX Reunión de Estados Mayores y en la XX Reunión Bilateral de Inteligencia entre la Armada Argentina y la Marina de Guerra del Perú, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú;