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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de mayo de 2012 466840 De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024- 2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante Mauro CACHO De Armero, CIP. 00748705, DNI. 43344641, del Contralmirante Javier SOTOMAYOR De Rutté, CIP. 00810071, DNI. 43345041, del Capitán de Navío Rogelio FERNÁNDEZ Del Castillo, CIP. 04829281, DNI. 43427399, del Capitán de Navío Alessandro MOGNI Novoa, CIP. 00814532, DNI. 07811027, y del Capitán de Fragata Luís VERA Torres, CIP. 01803773, DNI. 09278357, para que participen en la XIX Reunión de Estados Mayores y en la XX Reunión Bilateral de Inteligencia entre la Armada de Argentina y la Marina de Guerra del Perú, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 28 de mayo al 1 de junio de 2012. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Buenos Aires (ARGENTINA) - Lima US$. 648.60 x 5 personas (Incluye TUUA) US$. 3,243.00 Viáticos: US$ 200.00 x 5 días x 5 personas US$. 5,000.00 ----------------------- TOTAL A PAGAR: US$. 8,243.00 Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4°.- Los Ofi ciales comisionados, deberán cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 5°.- El Ofi cial Almirante más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha del retorno al país. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO URQUIZO MAGGIA Ministro de Defensa 793077-4 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 226-2012-DE/MGP Lima, 24 de mayo de 2012 Visto, el Ofi cio P.200-0813 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 26 de marzo de 2012; CONSIDERANDO: Que, en la Tercera Reunión de Capitanes de Puerto de Iquitos (Perú), Tabatinga (Brasil), Leticia y Puerto Leguizamo (Colombia), realizada en la ciudad de Iquitos el 28 de julio de 2011, se acordó llevar a cabo la próxima Reunión de Capitanes de Puerto, en la ciudad de Tabatinga, República Federativa del Brasil, del 29 al 31 de mayo de 2012, con el propósito de tratar temas relacionados a la lucha contra los actos ilícitos en el ámbito fl uvial, así como intercambiar información de las embarcaciones que navegan en la zona, manteniendo una comunicación directa entre los Capitanes de Puerto; Que, la presente reunión se realiza en el marco de absoluta franqueza, cordialidad, profesionalismo y camaradería, en la cual se afi anzan los lazos de amistad y cooperación para la lucha contra las actividades ilícitas comunes que se presentan en sus respectivas jurisdicciones, así como optimizar las medidas de apoyo en la lucha contra la contaminación del medio acuático y en las operaciones de búsqueda y rescate; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, Ítem 8, Anexo 2 (RDR) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado por Resolución Suprema Nº 014-2012-DE/SG, de fecha 13 de enero de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente Comisión de Servicio, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2012 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio de Personal Naval, para que participe en la Reunión de Capitanes de Puerto de Iquitos (Perú), Leticia (Colombia) y Tabatinga (Brasil), a realizarse en la ciudad de Tabatinga, República Federativa del Brasil; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001- 2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata SGC. Luís Pedro ABAD Gutierrez, CIP. 06834565, DNI. 06021612 y del Capitán de Fragata SGC. Rino Luís BUSTAMANTE Díaz, CIP. 02834649, DNI. 04823818, para que participen en la Reunión de Capitanes de Puerto de Iquitos (Perú), Leticia (Colombia) y Tabatinga (Brasil), a realizarse en la ciudad de Tabatinga, República Federativa del Brasil, del 29 al 31 de mayo de 2012. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: