Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2012 (01/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES
OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion

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en el MORDAZA de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros. OCTAVA.- DEVIDA, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 824, sus modificaciones y el Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2011-PCM, coordinara las diversas actividades relacionadas con el control de insumos quimicos que se organicen con los paises, entidades y organismos internacionales cooperantes, y presentara los informes nacionales que el Peru debe hacer llegar a las entidades internacionales de fiscalizacion y organizaciones multilaterales, en cumplimiento de las Convenciones y compromisos internacionales a nivel global, hemisferico, regional y subregional asumidos por el Peru.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
PRIMERA.- La SUNAT asumira las funciones y facultades conferidas al Ministerio de la Produccion por la Ley N° 28305, normas modificatorias y reglamentarias, a los noventa (90) dias calendario contados a partir de la vigencia del presente Decreto Legislativo. Para tal efecto, mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministerio de Produccion y el Ministerio de Economia y Finanzas, a propuesta de la SUNAT, se establecera el MORDAZA, la forma, plazos y demas condiciones vinculadas a la transferencia de la informacion por parte del Ministerio de Produccion. Los procedimientos administrativos que se encuentren en tramite y/o ejecucion, a los noventa (90) dias calendario de la entrada en vigencia del presente Decreto Legislativo, continuaran su tramitacion y/o ejecucion ante el Ministerio de la Produccion hasta la culminacion respectiva. SEGUNDA.- Los certificados de Usuario emitidos de conformidad con lo establecido en la Ley N° 28305 y normas modificatorias, asi como la permanencia en el Registro Unico a que refiere la precitada Ley, caducan sin excepcion a la plena vigencia del presente Decreto Legislativo. Los certificados de Usuario emitidos de conformidad con lo establecido en la Ley N° 28305 y normas modificatorias, que caduquen durante el periodo senalado en el primer parrafo de la presente Disposicion, se entenderan que su vigencia se encuentra prorrogada hasta la total vigencia del presente Decreto Legislativo. TERCERA.- Autoricese al Pliego SUNAT a realizar transferencias financieras hasta por el monto de DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 000 000,00), a favor de los pliegos Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior y el Ministerio Publico, para efecto del financiamiento para el ano fiscal 2013 de las acciones a cargo de dichos pliegos en el MORDAZA de lo establecido en la presente norma. Dichas transferencias financieras se aprueban mediante resolucion del titular de la SUNAT, se financian con cargo a su presupuesto institucional por la fuente de financiamiento recursos directamente recaudados, y se incorporan en el MORDAZA del Articulo 42° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Para tal fin y previamente a la transferencia financiera, la SUNAT debera suscribir convenios con los pliegos Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior y el Ministerio Publico, en los que se fijen los fines y metas a ser cumplidos por dichas entidades, y los montos a ser transferidos. La SUNAT es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y para lo cual se transfirieron los recursos. Los recursos transferidos en el MORDAZA de la presente disposicion deben ser destinados, bajo responsabilidad, solo a los fines para los cuales se autoriza su transferencia. Para efecto de lo MORDAZA establecido, el pliego SUNAT queda autorizado a realizar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico que MORDAZA necesarias, con excepcion de lo dispuesto en el literal c) del numeral 41.1 del articulo 41º de la Ley N.º 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y de los recursos asignados a los Programas Presupuestales a cargo del pliego SUNAT. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treintaiun dias del mes de octubre del ano dos mil doce.

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PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Aprueban la Estrategia para la Modernizacion de la Gestion Publica
DECRETO SUPREMO Nº 109-2012-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, se declara al Estado peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 19° de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, corresponde a la Presidencia del Consejo de Ministros formular, aprobar y ejecutar las politicas nacionales de modernizacion de la Administracion Publica y las relacionadas con la estructura y organizacion del Estado, asi como coordinar y dirigir la modernizacion del Estado; Que, mediante Decreto Supremo N° 090-2010-PCM se aprueba el Consolidado de los Avances en Reforma del Estado efectuado por el poder Ejecutivo, durante el periodo 2007 - 2010, y la Estrategia de Modernizacion de la Gestion del Estado; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros, a traves de la Secretaria de Gestion Publica, viene impulsando el MORDAZA de modernizacion de la gestion publica. Para ello ha disenado una Estrategia de Modernizacion de la Gestion Publica que contiene acciones de mediano y corto plazo, en donde las demandas ciudadanas MORDAZA las que determinen y orienten las mejoras en el ejercicio de la funcion publica en el MORDAZA de una Politica Nacional de Modernizacion de la Gestion Publica; Que, en razon de lo MORDAZA senalado, se hace necesario aprobar la nueva Estrategia de Modernizacion de la Gestion Publica; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del articulo 118° de la Constitucion y la Ley 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1°.- Modificacion de los articulos 2° y 4 del Decreto Supremo N° 090-2010-PCM e incorporacion del Anexo 2. Modifiquese los articulos 2° y 4º del Decreto Supremo N° 090-2010-PCM que aprueban la estrategia de Modernizacion de la Gestion del Estado y detallan el rol de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia

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