Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2012 (11/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 11 de noviembre de 2012

de MORDAZA de 2006, se informo a la Direccion General de Electricidad el cambio de denominacion social de SOCIEDAD MINERA REFINERIA DE ZINC DE CAJAMARQUILLA S.A. a VOTORANTIM METAIS ­ CAJAMARQUILLA S.A. con la finalidad de que se actualice la informacion; Que, mediante el documento con registro de ingreso Nº 2208610 del 04 de MORDAZA de 2012, VOTORANTIM METAIS ­ CAJAMARQUILLA S.A. solicito la MORDAZA modificacion de su autorizacion de generacion de energia electrica, a fin de incrementar la potencia instalada de la Central Termica Planta de Cajamarquilla de 6 404,2 kW a 14 254,4 kW, a consecuencia de la instalacion de nuevos grupos de generacion; Que, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, la Direccion General de Electricidad emitio el Informe Nº 409-2012-DGE-DCE recomendando la modificacion de la autorizacion para la generacion de energia electrica de la Central Termica Planta de Cajamarquilla; Que, la peticion se ampara en las disposiciones contenidas en el articulo 38 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en el articulo 67 y literal e) del articulo 69 de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Estando a lo dispuesto por el articulo 38 de la Ley de Concesiones Electricas y el item AE01 del Anexo Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la MORDAZA modificacion de autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Termica Planta de Cajamarquilla de la que es titular la empresa VOTORANTIM METAIS ­ CAJAMARQUILLA S.A., que consiste en la ampliacion de la potencia instalada de 6 404,2 kW a 14 254,4 kW: Articulo 2º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 859849-1

de 2012, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Ocucaje, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en los distritos de Ocucaje y MORDAZA, provincia y departamento de Ica, en la MORDAZA comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe Nº 385-2012-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas y el item CE02 del Anexo Nº 01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar concesion temporal a favor de ELECNOR PERU S.A.C., que se identificara con el codigo Nº 27322312, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Ocucaje, para una capacidad instalada estimada de 100 MW, los cuales se realizaran en los distritos de Ocucaje y MORDAZA, provincia y departamento de Ica, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE A B C D ESTE 421 067 430 773 425 704 410 406 NORTE 8 381 293 8 368 432 8 362 245 8 371 649

Otorgan concesion temporal a favor de Elecnor Peru S.A.C. para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la generacion de energia electrica en futura central eolica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 500-2012-MEM/DM MORDAZA, 31 de octubre de 2012 VISTO: El Expediente Nº 27322312 sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Ocucaje, presentado por ELECNOR PERU S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida Nº 00333751 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, ELECNOR PERU S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 2212968 de fecha 13 de MORDAZA

Articulo 3º.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1 de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto de la ejecucion de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 862958-1

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