Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2012 (11/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 11 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

478433

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Aprueban el "Plan Piloto de taxistas en el Damero de MORDAZA zonas A y B"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 008-2012/MLV La MORDAZA, 8 de noviembre de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA VISTOS; el Informe Nº 023-2012-SGCIM-GDE-MDLV del 23 de enero de 2012 de la Subgerencia de Comercio Informal y Mercados; el Informe Nº 27-2012-GDE/MLV del 1 de febrero de 2012 de la Gerencia de Desarrollo Economico; el Informe Nº 057-2012-GAJ-MLV del 7 de febrero de 2012 de la Gerencia de Asesoria Juridica; el Informe Nº 134-2012-GDE/MDLV del 17 de febrero de 2012 de la Gerencia de Desarrollo Economico; el Informe Nº 045-2012-GPP-SGPR/MLV del 5 de marzo de 2012 de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Proveido Nº 2612 del 7 de marzo de 2012 de la Gerencia Municipal; el Memorandum N° 250-2012-GDE/MLV del 19 de MORDAZA de 2012 de la Gerencia de Desarrollo Economico; el Memorandum Nº 414-2012-GDU/MDLV del 20 de MORDAZA de 2012 de la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe Nº 254-2012-SGOPTT-GDU/MDLV del 8 de MORDAZA de 2012 de la Subgerencia de Obra Publicas, MORDAZA y Transporte, adjuntando el Informe interno Nº 032-2012-LMVA; el Memorandum Nº 462-2012-GDU/MDLV del 8 de MORDAZA de 2012 de la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Memorandum Nº 340-2012-GDE-MDLV del 17 de MORDAZA de 2012 de la Gerencia de Desarrollo Economico; los Informes Nº 2902012-SGOPTT-GDU/MDLV del 29 de MORDAZA de 2012 y Nº 345-2012-SGOPTT-GDU/MDLV del 27 de junio de 2012, ambos de la Subgerencia de Obras Publicas, MORDAZA y Transporte, adjuntando los Informes Internos Nº 0392012-LMVA y Nº 046-2012-LMVA, respectivamente; el Memorandum Nº 452-2012-GDE-MDLV del 9 de MORDAZA de 2012 y el Informe Nº 159-2012-GDE/MLV del 18 de MORDAZA de 2012, ambos de la Gerencia de Desarrollo Economico; el Informe Nº 406-2012-SGOPTT-GDU/MDLV del 8 de agosto de 2012 de la Subgerencia de Obras Publicas, MORDAZA y Transporte, adjuntando el Informe Interno Nº 053-2012-LMVA; el Memorandum Nº 956-2012-GM-MDLV del 20 de agosto de 2012 de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 194° y 195º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con los articulo II y IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ las municipalidades distritales son organos de gobierno local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico, los cuales promueven el desarrollo, la economia local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, segun el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades, los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza N° 35-1999-MDLV se dispone la creacion de la MORDAZA de reglamentacion especial denominada Damero de MORDAZA, estableciendo en su articulo 1º que se crea dicha MORDAZA para uso predominantemente productivo, comercial y de servicios, que debera ser regulado de manera exclusiva, a fin de facilitar su desarrollo, dar condiciones adecuadas al publico, garantizar la inversion efectuada por la municipalidad para la recuperacion remodelacion de la misma. Ademas senala que el Damero de MORDAZA

debe ser objeto de un tratamiento especial urbanistico compatible con su conservacion, reduciendo en la MORDAZA la presion del MORDAZA automotor, declarando zonas estrictamente peatonales, prohibiendo el uso de los espacios publicos para la comercializacion de productos, excepto aquellos servicios expresamente autorizados que complemente las actividades existentes; Que, de acuerdo al articulo 7º de la Ordenanza N° 35-1999-MDLV se, faculta al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias pertinentes; Que, en virtud de lo manifestado la Gerencia de Desarrollo Economico y la Subgerencia de Comercio Informal y Mercados han informado que el servicio de taxi complementa las actividades existentes en el Damero de MORDAZA, por lo que, a fin de regular la prestacion de este servicio y promover el ordenamiento en esta MORDAZA del distrito de La MORDAZA proponen el uso de taximetros a favor de los consumidores; Estando a los fundamentos expuestos y a las normas legales glosadas, contando con los pronunciamientos favorables de vistos y con el visto MORDAZA de la Gerencia de Asesoria Juridica, la Gerencia de Desarrollo Economico, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, la Subgerencia de Obras Publicas, MORDAZA y Transporte y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto en uso de las atribuciones conferidas en los articulos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar el "Plan Piloto de taxistas en el Damero de MORDAZA zonas A y B" que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia como Anexo Nº 1, el cual entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano hasta el 30 de junio de 2013. Asimismo, se aprueban los Anexos Nº 2 al Nº 8 que integran el presente. Articulo Segundo.- El ambito de aplicacion del presente Decreto de Alcaldia esta regulado por los articulos 5º a 12º de la Ordenanza Nº 35-1999-MDLV, que establece los limites de las zonas A y B del Damero de Gamarra. El ambito de aplicacion material se refiere a las asociaciones de taxis que deseen ubicar sus estacionamientos dentro de las zonas A y B del Damero de MORDAZA a fin de prestar su servicio de taxi. Articulo Tercero.- Aprobar la incorporacion del aporte que efectuaran los conductores de las unidades vehiculares autorizadas a prestar el Servicio de Taxi en los Dameros A y B de MORDAZA, en el Texto Unico de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad de La MORDAZA, conforme se detalla en el Anexo N° 2, que forma parte integrante del presente. Articulo Cuarto.- Encargar a la Subgerencia de Comercio Informal y Mercados el monitoreo, evaluacion y cumplimiento del Plan Piloto que se aprueba, para lo cual la Subgerencia de Policia Municipal y a la Subgerencia de Serenazgo deberan prestar el apoyo necesario, a fin de asegurar el cabal cumplimiento del Plan que se aprueba. Articulo Quinto.- Encargar a la Subgerencia de Obras Publicas, MORDAZA y Transporte controlar el acceso de unidades de servicio publico de taxis al Damero de MORDAZA Zonas A y B, debiendo permitir el ingreso solo de aquellas unidades autorizadas mediante el Plan Piloto que se aprueba, para lo cual debe respetarse el aforo en los estacionamientos de unidades vehiculares particulares y supervisar el uso de los Taximetros. Articulo Sexto.- Encargar a la Subgerencia de Tecnologia de la Informacion la publicacion del presente Decreto de Alcaldia y sus Anexos del N° 1 al Nº 8 en el MORDAZA institucional de la Municipalidad (www.munilavictoria. gob.pe), en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob. pe), y en el MORDAZA electronico de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica - ONGEI (www.ongei. gob.pe), debiendo efectuar a su vez las acciones que corresponden a su competencia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA 864550-1

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