Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (11/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 11 de noviembre de 2012 478428 establecidas por el artículo precedente de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- DISPÓNGASE la publicación de esta Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, así como su difusión en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Lambayeque. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HUMBERTO ACUÑA PERALTA Presidente Regional 864590-1 Modifican el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Unidad Ejecutora 400 “Salud Lambayeque”, perteneciente al Gobierno Regional Lambayeque ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2012-GR.LAMB/CR Chiclayo, 31 de octubre de 2012 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE POR CUANTO: El Consejo Regional en su Sesión Extraordinaria de fecha 31 de octubre de 2012, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, con Ofi cio Nº 1061-2012-GR.LAMB/PR, la Presidencia del Gobierno Regional de Lambayeque solicita al Consejo Regional remite expediente conteniendo Ofi cio Nº 3065-2012-GR.LAMB/GERESA.OFPE, de la Gerencia Regional de Salud, requiriendo la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP, de la Unidad Ejecutora 400 – Salud Lambayeque, para posibilitar la incorporación de once (11) cargos previstos, a fi n de cumplir con el proceso de nombramiento de personal médico; Que, conforme a la Ley Nº 29812, “Ley de Presupuesto Público del Año Fiscal 2012”, específi camente en su numeral 8.1, literal “d”, se establece el nombramiento del quince (15)% del número de profesionales médicos, acción que podrá materializarse siempre que existan cargos y plazas, previstos y fi nanciadas, respectivamente; Que, el Informe Nº 002-2012-GR.LAMB/DRSAL- OFPE, emitido por la Ofi cina de Planeamiento de la Unidad Ejecutora 400 – Salud Lambayeque, da cuenta que conforme a lo informado por la Ofi cina de Gestión y Desarrollo del Potencial Humano de dicha Gerencia Regional y con Ofi cio Nº 478-2012-GERESA/ OGDPH, el quince (15)% del personal Médico Cirujano apto para nombramiento, asciende a once (11), cuya distribución y asignación es: Centro de Salud de Tumán (01), Centro de Salud de Mesones Muro (01), Centro de Salud de Mochumí (01), Centro de Salud de José Leonardo Ortiz (01), Centro de Salud de Paul Harris (01), Centro de Salud de Monsefú (01), Puesto de Salud de Tranca Fanupe (01), Puesto de Salud de La Colorada (01), Puesto de Salud de Santa Ana (02); y Hospital Referencial Ferreñafe (01); Que, a fi n de implementar dicho requerimiento, resulta pertinente modifi car el CAP del Gobierno Regional Lambayeque, aprobado con Ordenanza Regional Nº 009-2011-GR.LAMB/CR, incorporando once (11) cargos previstos, bajo la denominación de: “Médico I”, incorporación que signifi ca el incremento a 20 cargos previstos en el CAP de la Unidad Ejecutora 400, cantidad que está dentro del límite que establece el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, sobre el porcentaje máximo del 10% para cargos previstos; y, en cuanto a los cargos de apoyo y asesoramiento se mantiene el 8.6%, porcentaje que también está dentro del límite del 20% que establece la misma norma nacional; Que, en este sentido, el Inc. a., del Artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como atribuciones del Consejo Regional el aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Por lo que, con la opinion favorable de la Ofi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial a través del Informe Nº 252-2012-GR.LAMB/ ORPP; y, de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, plasmada en el Informe Legal Nº 495-2012.GR.LAMB/ ORAJ, estando a lo dispuesto por el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque ha emitido la siguiente norma regional; SE ORDENA: Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el vigente Cuadro para Asignación de Personal – CAP, de la Unidad Ejecutora 400 “Salud Lambayeque”, perteneciente al Gobierno Regional Lambayeque, incorporando once (11) cargos previstos de “Médico I”, a fi n de dar cumplimiento a lo establecido en el numeral 8.1, literal “d”, la Ley 29812, conforme al siguiente detalle: ANEXO CARGOS PREVISTOS INCORPORADOS AL CAP PARA ATENDER NOMBRAMIENTO DE MÉDICOS ENTIDAD: GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE UNIDAD EJECUTORA: 400 SALUD – LAMBAYEQUE Nº UNIDAD ORGÁNICA Total COND CARGO DENOMINACIÓN DEL CARGO O P 1 Puesto de Salud Tuman Médico I 1 0 1 2 Puesto de Salud Tranca Fanupe Médico I 1 0 1 3 Puesto de Salud La Colorada Médico I 1 0 1 4 Centro de Salud Mesones Muro Médico I 1 0 1 5 Centro de Salud Mochumí Médico I 1 0 1 6 Centro de Salud José L. Ortiz Médico I 1 0 1 7 Centro de Salud Paul Harris Médico I 1 0 1 8 Centro de Salud Monsefú Médico I 1 0 1 9 Puesto de Salud Santa Ana Médico I 2 0 2 10 Hospital Referencial Ferreñafe Médico I 1 0 1 TOTAL 11 0 11 Artículo Segundo.- AUTORÍCESE a la Presidencia del Gobierno Regional de Lambayeque, para que mediante Decreto Regional, apruebe la remuneración y codifi cación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Unidad Ejecutora 400 – Salud Lambayeque, en los términos que establece el artículo precedente de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DISPÓNGASE la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, así como su diffusion en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Lambayeque. HUMBERTO ACUÑA PERALTA Presidente Regional 864588-1