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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (25/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de noviembre de 2012 479369 días 09 y 10 de diciembre de 2012, en la ciudad de Hamilton, Bermudas; CONSIDERANDO: Que, en mayo del 2012 se llevó a cabo la Segunda Reunión del FSB Regional Consultative Group for the Americas, del cual es miembro esta Superintendencia, y se discutió y analizó el plan de trabajo y las políticas prioritarias del FSB, las vulnerabilidades globales y regionales, así como la labor desarrollada por el Home- Host Cooperation and Information Sharing Working Group y el efecto global de las reformas regulatorias en los mercados emergentes y economías en desarrollo; Que, el principal objetivo de esta Tercera Reunión es examinar temas relacionados a las vulnerabilidades regionales y estabilidad fi nanciera, la labor desarrollada por el Home-Host Cooperation and Information Sharing Working Group, y analizar temas normativos principales del FSB, tales como la iniciativa sobre el Identifi cador de Persona Jurídica y el ejercicio de supervisión del sistema bancario fantasma; Que, en tanto los temas que se desarrollarán en la citada reunión redundarán en benefi cio del ejercicio de las funciones de su competencia, se ha considerado conveniente designar al señor Rubén Mendiolaza Morote, Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas (e), para que participe en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-15, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2012, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC serán asumidos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2012, N° SBS-DIR-ADM-085-15, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Rubén Mendiolaza Morote, Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas (e) de la SBS del 08 al 11 de diciembre de 2012 a la ciudad de Hamilton, Bermudas, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por conceptos de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos US$ 1693.95 Viáticos US$ 660.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 870805-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Disponen que el Consejo de Recursos Hídricos de la Cuenca Chancay - Lambayeque incluya en el Plan de Gestión de los Recursos Hídricos de Cuenca, la programación de actividades de vigilancia, supervisión, monitoreo y fiscalización ORDENANZA REGIONAL Nº 019-2012-GR.LAMB/CR Chiclayo, 12 de noviembre de 2012 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE; POR CUANTO: El Consejo Regional en su Sesión Ordinaria de fecha 07 de noviembre de 2012, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, señala en su Artículo 1º que: “Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país”. Que, el 20 y 21 de junio del presente año, la Autoridad Nacional del Agua ha emitido las Resoluciones Directorales Nº 089-2012-DGCRH y 090-2012-DGCRH, respectivamente, mediante las cuales se autoriza el vertimiento de aguas residuales de la minera “La Zanja” a las quebradas La Pampa y El Cedro, ambas tributarias del Río Chancay. Así, la Resolución Directoral Nº 089- 2012-DGCRH señala: “Otorgar a MINERA LA ZANJA S.R.L., autorización de vertimiento de aguas residuales industriales tratadas procedentes de las aguas ácidas (laja y depósito de desmonte) de San Pedro Sur y las aguas excedentes de proceso del Proyecto Minero La Zanja, ubicado en la Localidad de La Zanja, distrito de Pulán, provincia de Santa Cruz de Succhabamba, departamento de Cajamarca, por un volumen anual de 1 419 120 m3 (45,625 l/s) de régimen continuo que serán descargadas a la quebrada La Pampa, clasifi cado dentro de la categoría 3: “Riego de vegetales y bebidas de animales - Riego de vegetales de tallo bajo y tallo alto”; asimismo, la Resolución Directoral Nº 090-2012- DGCRH, en base al Informe Técnico Nº 068-2012- ANA-DGCRH/LCC, señala: “Otorgar a la empresa MINERA LA ZANJA S.R.L., autorización de vertimiento de aguas residuales industriales tratadas, procedentes del tajo y depósito de desmonte de la zona Pampa Verde del Proyecto Minero La Zanja, ubicado en la localidad La Zanja, distrito Pulán, provincia Santa Cruz de Succhabamba, departamento Cajamarca, por un