Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2012 (25/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de noviembre de 2012

sujecion al plan y a las normas Metropolitanas sobre la materia; en virtud al mandato expreso a la Ley Nº 27972 ­Ley Organica de Municipalidades-, Articulo 79º, inciso 3), numeral 3.1); Que, mediante Ordenanza Nº 169-MDA, de fecha 25 de Octubre del 2007; el Concejo Municipal del Distrito de Ate, aprobo el Planeamiento Integral del Sector Catastral 35 y 36, denominada MORDAZA "A" del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, que comprende el Diseno de las redes y sus componentes viales, ademas del ordenamiento de las areas urbanas con fines de Recreacion Publica,Parques y Jardines, en base a las actividades que se desarrollan en la MORDAZA, las que deberan de garantizar su optimo funcionamiento mediante una adecuada infraestructura que facilitara la realizacion correcta de dichas actividades, conforme a los Planos signados con el Nº 008-2007-PISGPUC-GDU/MDA, y Nº 008A-2007-PI-SGPUC-GDU/ MDA; Que, mediante expediente Nº 44862-2010, el Consejo Ejecutivo Zonal "A" de la Comunidad MORDAZA Autogestionaria de Huaycan, solicito la modificacion del Planeamiento Integral aprobado mediante la Ordenanza MORDAZA glosada, fundamentando la incorporacion de la MORDAZA 1 ubicada entre la Asociacion Residencial El Lucumo y la MORDAZA "A" de Huaycan, toda vez que es objeto de invasiones informales por lotes de vivienda entre otros y por la necesidad de contar con un Planeamiento Integral para poder acceder a la elaboracion del Proyecto de pavimentacion de pistas y veredas de su sector; Que, el Reglamento Nacional de Edificaciones Titulo II, Capitulo V, Articulos 37º al 42º establece que el Planeamiento Integral comprende la definicion de vias y los usos de la totalidad del predio asi como la propuesta de integracion a la trama MORDAZA mas cercana, en funcion de los lineamientos establecidos en el Plan de Desarrollo MORDAZA correspondiente. El Planeamiento Integral aprobado tendra una vigencia de 10 anos. Las modificaciones al Plan de Desarrollo MORDAZA deberan tomar en cuenta los planeamientos integrales vigentes y una vez aprobado tendra caracter obligatorio para las Habilitaciones futuras, debiendo ser inscrito obligatoriamente en Registros Publicos. Asi mismo la MORDAZA GH 20 Capitulo I y II aprueba los componentes de diseno MORDAZA y diseno de vias condicionados por los criterios de diseno establecidos en la MORDAZA A. 120 de accesibilidad para personas discapacitadas; Que, en la jurisdiccion del Distrito de Ate, como una de sus funciones especificas es el ordenar el espacio MORDAZA como el medio principal que debera reunir las condiciones necesarias para el MORDAZA desarrollo de sus pobladores. Es por eso que el suelo en el que se desarrollan dichas actividades urbanas debera ser habilitado que garanticen el optimo funcionamiento de sus edificaciones y los espacios urbanos considerando que el fin del Planeamiento es el ordenamiento de las zonas que se han determinado espontaneamente que cuentan el saneamiento fisico legal de COFOPRI se considera la necesidad de acondicionar la MORDAZA en mencion con la propuesta del Plan Integral segun las necesidades, habiendo preparado la propuesta con la coordinacion de los representantes involucrados; Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA es la encargada de ejecutar el Planeamiento Integral en atencion al requerimiento de las necesidades urbanas del sector y a pedido de las diferentes UCV que conforman el Consejo Ejecutivo Zonal "A", por lo que se requiere mediante la presente Ordenanza la definicion de modulos viales locales, adecuandola a la realidad fisica existente, siendo la Municipalidad de Ate que debe de aprobar la Modificacion del Planeamiento Integral por ser de su competencia; Que, mediante Informes Nº 068-2012/MDA-GDUSGPUC-APU-KVCR y Nº 097-2012/MDA-GDU-SGPUCAPU-KVCR, el area tecnica de la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, precisa que de acuerdo a la Inspeccion Ocular realizada a la MORDAZA 1, se pudo constatar que el predio ubicado entre la interseccion de la MORDAZA 1 y la Av. MORDAZA A. MORDAZA se encuentra afecto a la via generando malestar en el MORDAZA vehicular, sin embargo existe una carta de compromiso de los representantes de la MORDAZA "A" respecto a la demolicion de la obra de construccion de un cerco perimetrico una

vez definido el planeamiento integral, siendo que se debera coordinar con la Sub Gerencia de Operaciones y Sanciones para que actue de acuerdo a sus funciones, por lo que la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro y la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de la Corporacion Municipal de Ate, consideran procedente la modificacion de la Ordenanza Nº 169-MDA y, considerando que las Ordenanzas son normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por tanto la modificacion debera ser aprobada por el Concejo Municipal, en uso de las atribuciones contenidas en el Inciso 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; Que, la modificacion del Planeamiento Integral del sector catastral 35 y 36 denominada MORDAZA "A" del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, tiene por finalidad la incorporacion de la MORDAZA 1 y, su respectiva seccion vial, la misma que se propone teniendo en cuenta la alineacion de los predios consolidados de acuerdo a un levantamiento topografico, y siendo la referida MORDAZA limitante para la ejecucion de la obra de Construccion y Rehabilitacion de Pistas en la Av. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA 1 en Huaycan, se considera la necesidad de acondicionar la MORDAZA 1 mediante la Modificacion del Planeamiento Integral del sector con la definicion de sus modulos viales y permita la factibilidad de su implementacion fisica para servicio de la comunidad, articulada a la red vial de la MORDAZA, y organizar territorialmente el sector en beneficio de los programas sociales de servicios basicos; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por Mayoria de los senores Regidores asistentes en la Sesion de Concejo y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas se ha aprobado la siguiente ordenanza: ORDENANZA APROBATORIA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 169-MDA DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL DE LOS MODULOS VIALES DE LAS VIAS PRINCIPALES Y SECUNDARIAS DEL SECTOR CATASTRAL 35 Y 36 MORDAZA "A" DEL PUEBLO JOVEN PROYECTO ESPECIAL HUAYCAN Articulo Primero.- APROBAR; la modificacion de la Ordenanza Nº 169-MDA que aprueba el Planeamiento Integral de los Modulos Viales de las Vias Principales y Secundarias de los Terrenos ubicados en los Sectores Catastrales 35 y 36, denominada MORDAZA ·"A" del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, que comprende la incorporacion de la MORDAZA 1 al diseno de redes y sus componentes viales, ademas del ordenamiento de las areas urbanas con fines de Recreacion Publica - Parques y Jardines, en base a las actividades que se desarrollan en la MORDAZA, las que deberan de garantizar su optimo funcionamiento mediante una adecuada infraestructura que facilitara la realizacion correcta de dichas actividades, conforme al Plano signado Nº 002-2012-PI-SGPUC-GDU/ MDA, y Nº 002A-2012-PI-SGPUC-GDU/MDA, el mismo que es parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ESTABLECER; que el Planeamiento Integral define los modulos de los componentes viales y las secciones transversales de las calzadas, veredas y bermas de estacionamiento asi como el Diseno MORDAZA para las futuras edificaciones sobre areas con fines de Recreacion Publica. Correspondiendole las normas para el diseno de vias locales en Habilitaciones Urbanas y el Reglamento Nacional de Edificaciones en la MORDAZA A 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y la MORDAZA GH 020 del Titulo II ­ Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y el Diseno de Vias (Capitulo I y II). Articulo Tercero.- ENCARGAR; a la Gerencia Municipal, para que a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA se cumpla con la inscripcion del presente Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP y en coordinacion con la Sub Gerencia de Participacion Ciudadana se difunda la presente Ordenanza y el Plano que forma parte de ella. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBIR; la presente Ordenanza a los interesados, a la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro de la Gerencia de

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