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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (25/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de noviembre de 2012 479357 Artículo 4°.- El Ofi cial Subalterno designado, deberá dar cumplimiento con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 5°.- El mencionado Ofi cial Subalterno, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha del retorno al país. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, no da derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 870810-7 Autorizan el ingreso de personal militar de Bolivia a territorio peruano RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1312-2012-DE/SG Lima, 24 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 876 del 8 de noviembre de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G.500-4549 del 21 de noviembre de 2012, el Secretario del Comandante General de la Marina, por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia; Que, el personal militar antes señalado ingresará a territorio de la República, del 26 al 29 de noviembre de 2012, con la fi nalidad de participar en la XII Reunión Bilateral de Comandos Navales Fronterizos entre la Marina de Guerra del Perú y la Armada Boliviana, que se realizará en la ciudad de Arequipa; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, al personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia detallado a continuación, del 26 al 29 de noviembre de 2012, con la fi nalidad que participen en la XII Reunión Bilateral de Comandos Navales Fronterizos entre la Marina de Guerra del Perú y la Armada Boliviana, que se realizará en la ciudad de Arequipa. 1. Capitán de Navío José QUISPIA Oporto 2. Capitán de Fragata Javier TORRICO Vega 3. Capitán de Corbeta Juan Carlos CUEVAS Moye Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el Artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 870808-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de funcionario a Canadá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 047-2012-MTC Lima, 24 de noviembre de 2012 VISTOS: Los documentos de fechas 08 y 16 de noviembre de 2012 emitidos por el Director de Cooperación Técnica de la Organización de Aviación Civil Internacional, el Memorándum No. 3078-2012-MTC/02.AL.AAH emitido por el Viceministerio de Transportes, y el Informe No. 540-2012-MTC/12 emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos de fechas 08 y 16 de noviembre de 2012 el Director de Cooperación Técnica de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), cursó invitación al señor Ramón Gamarra Trujillo, Director General de Aeronáutica Civil en su calidad de Coordinador Nacional del Proyecto PER/08/802 para participar en la reunión en la Sede de la OACI, que se desarrollará del 27 al 30 de noviembre de 2012, en la ciudad de Montreal, Canadá; Que, de acuerdo a lo señalado por la Dirección General de Aeronáutica Civil, el Proyecto de Automatización y Modernización de los Servicios de Tránsito Aéreo - Red de Radares de Vigilancia Aérea, encargado al Ministerio de Transportes y Comunicaciones por la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. - CORPAC S.A. se ejecuta a través de la OACI, entidad que tiene su sede principal en la ciudad de Montreal, Canadá; Que, asimismo la citada Dirección General indica que la reunión tiene como objetivo realizar una serie de actividades, entre ellas reuniones para discutir aspectos técnicos y administrativos del proyecto, así como temas relacionados a la radarización del país y la modernización de los servicios de tránsito aéreo lo que redundará a favor de la seguridad de las operaciones aéreas; Que, en tal sentido y dada la relevancia e importancia del citado evento para los objetivos y metas de la Dirección General de Aeronáutica Civil y del citado proyecto, resulta conveniente autorizar el viaje del señor Ramón