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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de noviembre de 2012 479373 Desarrollo Urbano, y la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria para su conocimiento, y a la Sub Gerencia de Participación Ciudadana y fi nes. Artículo Quinto.- ESTABLECER; que el presente diseño de las redes viales y sus usos respecto al diseño urbano referente a las Áreas de Recreación Pública que se desarrolla en la Zona “A” del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycán, tendrá una vigencia de 10 años, debiendo de tomarse en cuenta que los planeamientos integrales vigentes una vez aprobados tendrá carácter obligatorio debiendo de inscribirse en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 870643-1 MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA Preservan la tranquilidad y seguridad pública en el C.P. Santa María de Huachipa ORDENANZA Nº 104-MCPSMH. Santa María de Huachipa, 30 de octubre de 2012 POR CUANTO: El Concejo del Centro Poblado de Santa María de Huachipa, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha y vistos, el Dictamen Nº 02-2012-CAL/MCPSMH y el informe Nº 225-2012/GAJ/MCPSMH de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades tienen autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Consejo Municipal las funciones normativas, las cuales materializan a través de Ordenanza que tiene rango de Ley. Conforme al Artículo 200º numeral 4) de la precitada Carta Política; Que, el artículo 2º inciso 22) de la Carta Magna, establece el derecho de toda persona a la Paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida. Que, conforme a lo establecido en el artículo 78º de la Ley Nº 27972 es competencia y función de la Municipalidad velar por la salud y tranquilidad del vecindario. Que, estando el informe Nº 225-2012/GAJ/ MCPSMH de la Gerencia de Asesoría Jurídica, que recomienda que el proyecto de Ordenanza que preservan la tranquilidad y Seguridad Pública en la jurisdicción de Santa María de Huachipa debe ser aprobada en sesión de concejo. Que, el artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su numeral 8) establece que es competencia del Concejo Municipal, aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 contando con el voto por unanimidad de los señores Regidores asistentes a la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha y con la dispensa del trámite de lectura y aprobacion de actas se ha dado la siguiente: “ORDENANZA QUE PRESERVAN LA TRANQUILIDAD Y SEGURIDAD PÚBLICA EN EL C.P. SANTA MARÍA DE HUACHIPA” Artículo 1º.- PROHÍBASE, en las vías y áreas de uso público del C.P. Santa María de Huachipa, debiendo sancionarse las siguientes conductas: a) Consumir drogas no legales y/o estupefacientes de cualquier tipo. b) Actos de naturaleza sexual reñidos con la moral y las buenas costumbres. La conductas referidas en los numerales a) y b) del párrafo anterior incluyen las realizadas en el interior de vehículos de cualquier tipo estacionados en las vías o áreas de uso público en la jurisdicción de Santa María de Huachipa. Artículo 2º.- SANCIÓNESE asimismo a la persona natural o jurídica, conductora, poseedora o propietaria del establecimiento (tienda, bodega o similar), o casa habitación que promueva el consumo en la vía publica, bajo cualquier modalidad (a título gratuito u oneroso), de las conductas tipifi cadas en el inciso a) del artículo Primero (consumo de droga). Artículo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Seguridad y Ciudadana, Sub Gerencia de Participación Ciudadana y Gestión Ambiental y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL MÁLAGA CUADROS Alcalde 870313-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Autorizan viaje de representante de la Municipalidad para participar en evento a realizarse en Israel RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1095-2012-MPC-AL Callao, 20 de noviembre de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO: el Acuerdo de Concejo Nº 145-2012 de fecha 19 de noviembre de 2012, mediante el cual se aprueba el viaje al exterior del Mayor EP (r) Dennis Arturo Cochachi Arrieta, Encargado de la Gerencia General de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Provincial del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Acuerdo de visto se autoriza el viaje del Mayor EP (r) Dennis Arturo Cochachi Arrieta, Encargado de la Gerencia General de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Provincial del Callao, para asistir en comisión de servicios y en representación de esta Comuna, al seminario internacional especializado en materia de seguridad, denominado curso de “Policía y Comunidad”,