Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2012 (25/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

479367

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Expiden titulo de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 332-2012-CNM MORDAZA, 20 de noviembre de 2012 VISTO: El Oficio Nº 9283-2012-CE-PJ, de fecha 19 de octubre de 2012, remitido por el senor Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el unico organismo competente para extender el titulo de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condicion de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el articulo 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, asi como el unico facultado para cancelar dichos titulos, en atencion a lo dispuesto por el articulo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolucion Nº 238-2006-CNM publicado en el diario Oficial "El Peruano" de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobo el Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo articulo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el titulo oficial al Juez o Fiscal, como son: a) Nombramiento, b) Reincorporacion, c) Traslado, d) Permuta, y e) Modificacion en la denominacion de la plaza originaria; Que, asimismo el MORDAZA parrafo del articulo 6° del referido Reglamento, modificado por Resolucion N° 284-2010-CNM publicado el 12 de setiembre del ano en curso, establece que: "El Magistrado trasladado no podra incorporarse a la nueva plaza mientras el Consejo Nacional de la Magistratura no le hubiese expedido el MORDAZA titulo que lo nombra en la plaza de destino y por consiguiente le otorga MORDAZA estatus juridico en la jurisdiccion y competencia de la plaza respectiva, bajo responsabilidad", Que, el inciso 3) del articulo 35° de la Ley N° 29277 Ley de la MORDAZA Judicial, reconoce el derecho de los magistrados a ser trasladados, a su solicitud, por razones de salud o de seguridad debidamente motivados; Que, el senor Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 9283-2012-CEPJ, recibido el 26 de octubre de 2012, remite para conocimiento y fines consiguientes, fotocopia certificada de la Resolucion Administrativa Nº 180-2012-CE-PJ del 26 de setiembre de 2012, que declara fundada la solicitud de traslado por razones de salud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Vinatea MORDAZA, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Loreto; en consecuencia, se dispone su traslado a una plaza vacante de igual jerarquia en la sede de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, es pertinente senalar que por Resolucion N° 0452006-CNM del 31 de enero de 2006, se reincorporo al senor MORDAZA Guilermo Vinatea MORDAZA en el cargo Vocal Superior del Distrito Judicial de MORDAZA, recobrando vigencia el titulo expedido a su favor; por lo que atendiendo a lo expuesto, corresponde la cancelacion del titulo referido; Que, en atencion a los considerandos precedentes, corresponde al Consejo Nacional de la Magistratura expedir MORDAZA titulo a favor de don MORDAZA MORDAZA Vinatea MORDAZA, como Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, previa cancelacion de su anterior titulo como Vocal Superior del Distrito Judicial de MORDAZA (en merito a la Resolucion N° 045-2006-CNM); Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo adoptado en sesion de fecha 16 de noviembre de 2012; y de conformidad con las facultades conferidas por los articulos 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru,

37º incisos e) y f) de la Ley Nº 26397 ­Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolucion Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el titulo otorgado a favor del doctor MORDAZA MORDAZA VINATEA MORDAZA, de Vocal Superior del Distrito Judicial de Loreto. Segundo.- Expedir el titulo a favor del doctor MORDAZA MORDAZA VINATEA MORDAZA, de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Lima. Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 870645-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Otorgan duplicado de diploma de titulo profesional de medico cirujano otorgado por la Universidad Nacional del Centro del Peru
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU RESOLUCION Nº 1066-CU-2012 Huancayo, 14 de noviembre de 2012 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU. Visto, el expediente Nº 31771 de fecha 30 de Octubre del 2012, por medio del cual don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita Duplicado de Diploma de Titulo Profesional de Medico Cirujano, por perdida. CONSIDERANDO: Que, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita duplicado de Diploma de Titulo Profesional, por perdida; el Diploma de Titulo Profesional de Medico Cirujano, fue expedido el 31.07.2002, Diploma registrado con el Nº 158, registrado a Fojas 453 del Tomo 024-T, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el item 4 de la Directiva Nº 001-2006-SG-UNCP; Que, mediante la Resolucion Nº 01304-CU-2007 del 19.01.2007, la Universidad aprueba la "Directiva para otorgar Duplicado de Diplomas de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales expedidos por la Universidad Nacional del Centro del Peru"; Que, con Resoluciones Nº 1525-2006-ANR y 18952006-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedicion de Duplicados de Diplomas de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626, por medio del cual faculta a las universidades publicas y privadas expedir duplicados de diplomas de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales por perdida, deterioro o mutilacion; y De conformidad a las atribuciones conferidas por los dispositivos legales vigentes, al cumplimiento de la Directiva Nº 001-SG-2006-UNCP, y al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 31 de octubre del 2012. RESUELVE: 1º. OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL DE MEDICO CIRUJANO, a don

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