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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de noviembre de 2012 479365 Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Patricia Victoria Gamboa Vilela, Directora de la Dirección de Signos Distintivos (DSD) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, del 1 al 8 de diciembre de 2012 a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución y de conformidad con el ordenamiento vigente. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle: Nombre y Apellidos Pasajes US$ (*) Viáticos por día US$ Número de días Total Viáticos US$ Total US$ Patricia Victoria Gamboa Vilela 3 500 260 5+1 1 560 5 060 (*) Clase económica Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la participante deberá presentar al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 870660-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Postergan entrada en vigencia de la Directiva Nº 004-2012/OSCE/CD, manteniéndose la vigencia de la Directiva Nº 003-2012/OSCE/CD RESOLUCIÓN Nº 367-2012-OSCE/PRE Jesús María, 23 de noviembre de 2012 VISTOS: El Acta del Consejo Directivo Nº 015-2012/OSCE- CD de fecha 22 de noviembre de 2012, correspondiente a la Sesión Ordinaria Nº 015-2012/OSCE-CD y el Memorandum Nº 001-2012/TCE-DSEACE-OPD de fecha 16 de noviembre de 2012, emitido por el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Desarrollo, el Director del SEACE y la Presidenta del Tribunal de Contrataciones; CONSIDERANDO: Que, el artículo 57º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE es un organismo público adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, de acuerdo al literal b) del artículo 58º de la Ley de Contrataciones del Estado, corresponde al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, emitir Directivas en las materias de su competencia, siempre que se refi eran a aspectos de aplicación de la citada Ley y su Reglamento; Que, por Resolución Nº 127-2012-OSCE/PRE del 11 de mayo de 2012 se aprobó la Directiva Nº 003- 2012/OSCE-CD “Lineamientos para el Procedimiento de Asignación de Expedientes en el Tribunal de Contrataciones del Estado”, modifi cada por Resolución Nº 188-2012-OSCE/PRE del 13 de julio de 2012, la misma que se encuentra vigente; Que, por Resolución Nº 189-2012-OSCE/PRE del 13 de julio de 2012, se aprobó la Directiva Nº 004- 2012/OSCE-CD “Lineamientos para el Procedimiento de Asignación de Expedientes en el Tribunal de Contrataciones del Estado”, la misma que entraría en vigencia a los noventa (90) días posteriores a su publicación en el Portal del Estado Peruano y en el Portal Institucional del OSCE; Que, mediante Memorándum Nº 001-2012/TCE- DSEACE-OPD, emitido por el Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo, el Director del SEACE y la Presidenta del Tribunal de Contrataciones, se recomienda ampliar la vigencia de la Directiva Nº 003-2012-OSCE/CD “Lineamientos para el Procedimiento de Asignación de Expedientes en el Tribunal de Contrataciones del Estado” por un plazo de treinta (30) días hábiles; Que, el artículo 60º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo órgano del OSCE y tienen entre sus funciones, conforme al literal e) del segundo párrafo del mismo, las que se le asigne en el Reglamento de Organización y Funciones; Que, el literal a) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del OSCE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10, prescribe como función del Consejo Directivo del OSCE, la aprobación de las Directivas referidas en el inciso b) del artículo 58º de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, en ese sentido, mediante Acuerdo Nº 001-015 de la sesión 015 de fecha 22 de noviembre de 2012, el Consejo Directivo acordó prorrogar la vigencia de la Directiva Nº 003-2012/OSCE-CD por treinta (30) días hábiles; Que, el literal m) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, dispone que es función del Presidente Ejecutivo emitir Resoluciones sobre asuntos de su competencia; Que, en concordancia con el artículo antes citado, los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo, el Presidente del Consejo Directivo tiene entre sus funciones la de formalizar los acuerdos del Consejo Directivo a través de la emisión de la Resolución cuando corresponda; Que, en ese sentido, corresponde emitir el acto resolutivo formalizando el citado Acuerdo del Consejo Directivo; Con las visaciones de la Dirección del SEACE, la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo, la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Postergar la entrada en vigencia de la Directiva Nº 004-2012/OSCE/CD por un plazo de treinta (30) días hábiles, manteniéndose la vigencia de la Directiva Nº 003-2012/OSCE/CD “Lineamientos para el Procedimiento de Asignación de Expedientes en el Tribunal de Contrataciones del Estado” Artículo 2º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI ROJAS DELGADO Presidenta Ejecutiva 870807-1