Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2012 (30/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

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b) Disenar, organizar y ejecutar los procesos de seleccion de Gerentes Publicos; c) Disenar y ejecutar los cursos de introduccion; d) Desarrollar los criterios y procedimientos para determinar los cargos de destino para los Gerentes Publicos; e) Gestionar la asignacion de los Gerentes Publicos incorporados al Cuerpo en las entidades que los requieran y negociar los convenios correspondientes; f) Fomentar la demanda por los Gerentes Publicos en las entidades publicas de todos los niveles de gobierno; g) Evaluar el desempeno de los Gerentes Publicos, en coordinacion con la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil; h) Elaborar la propuesta de escala remunerativa especial para los Gerentes Publicos y sus modificatorias, en coordinacion con la Gerencia de Politicas de Gestion del Servicio Civil; i) Efectuar la propuesta de pago de los complementos remunerativos y otros conceptos dispuestos por las disposiciones legales de la materia; j) Proponer el programa de desarrollo de los Gerentes Publicos para garantizar su perfeccionamiento y motivacion; k) Absolver consultas y emitir opinion tecnica en el ambito de su competencia, incluyendo la opinion previa a la expedicion de normas de alcance nacional relacionadas con el ambito del Sistema que le corresponda; l) Efectuar el seguimiento de la implementacion de la politica publica de su competencia; m) Organizar y convocar concursos publicos nacionales de seleccion de altos puestos de direccion y gerencias de mando medio conforme a lo dispuesto por el Consejo Directivo, directamente o mediante terceros, asi como otros procesos de seleccion que le encargue el Consejo Directivo; n) Apoyar a las entidades publicas en el segmento directivo para la implementacion de lineamientos, procedimientos y herramientas del Sistema de Gestion de Recursos Humanos que desarrollen los organos de linea correspondientes; n) Desarrollar acciones de fomento de la profesionalizacion del servicio civil en lo referido a directivos o gerencias de mando medio; o) Las demas que MORDAZA necesarias para garantizar la gestion eficiente del Cuerpo de Gerentes Publicos; y, p) Las demas que le delegue el Consejo Directivo o el Presidente Ejecutivo. CAPITULO II GERENCIA DE POLITICAS DE GESTION DEL SERVICIO CIVIL Articulo 20.- Gerencia de Politicas de Gestion del Servicio Civil La Gerencia de Politicas de Gestion del Servicio Civil es el organo encargado de disenar y desarrollar el MORDAZA politico y normativo del sistema administrativo de gestion de los recursos humanos al servicio del Estado. La Gerencia de Politicas de Gestion del Servicio Civil tiene las siguientes funciones: a) Formular las politicas nacionales y propuestas normativas del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos, en coordinacion con los organos de linea que correspondan; b) Promover y coordinar la investigacion y analisis de la informacion en materia de recursos humanos del sector publico; c) Elaborar la propuesta de politica remunerativa, que incluye la aplicacion de incentivos monetarios y no monetarios vinculados al rendimiento, en el MORDAZA de los limites presupuestarios establecidos por la ley y en coordinacion con el Ministerio de Economia y Finanzas; d) Efectuar las propuestas de normas tecnicas de caracter general para la adecuada gestion de los recursos humanos en coordinacion con los organos de linea que correspondan; e) Absolver consultas y emitir opinion tecnica en el ambito de su competencia, incluyendo la opinion previa a la expedicion de normas de alcance nacional relacionadas con el ambito del Sistema que le corresponda; f) Realizar el seguimiento y la evaluacion a las politicas

en materia del Servicio Civil peruano y su situacion; y, g) Las demas que le delegue el Consejo Directivo o el Presidente Ejecutivo. CAPITULO III GERENCIA DE DESARROLLO DEL SISTEMA DE RECURSOS HUMANOS Articulo 21.- Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos La Gerencia de Desarrollo Institucional del Sistema de Recursos Humanos es el organo encargado de la implementacion y supervision de las politicas de gestion de los recursos humanos, mediante el desarrollo y fortalecimiento de capacidades de las Oficinas de Recursos Humanos y el desarrollo de herramientas que contribuyan al MORDAZA de implementacion. La Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos tiene las siguientes: a) Fortalecer y capacitar a las Oficinas de Recursos Humanos, o las que MORDAZA sus veces, apoyarlas en la correcta implementacion de las politicas de gestion y evaluar su implementacion, desarrollando un sistema de acreditacion de sus capacidades; b) Disenar y desarrollar procedimientos, mecanismos y herramientas para la implementacion de las politicas de gestion de los recursos humanos; c) Brindar asistencia tecnica a entidades mediante asesorias, transferencia de conocimientos especializados, tecnicas y experiencias en materia de recursos humanos con la finalidad de mejorar y facilitar la implementacion del sistema administrativo de gestion de recursos humanos; d) Dirigir acciones de promocion y difusion de las politicas y normas del sistema administrativo de gestion de recursos humanos; e) Supervisar el funcionamiento de las oficinas de recursos humanos o las que MORDAZA sus veces; f) Verificar, en via de fiscalizacion posterior y cuando lo determine conveniente, el cumplimiento de las politicas y normas del Sistema; g) Recomendar la revision de las decisiones y actos de las entidades publicas integrantes del Sistema, y la adopcion de medidas correctivas para fortalecer a la Oficina de Recursos Humanos correspondiente, asi como efectuar el seguimiento a su implementacion. h) Proponer, al Presidente Ejecutivo, las sanciones que corresponden a la potestad sancionadora de SERVIR; i) Supervisar excepcionalmente concursos publicos de seleccion de personal, limitandose al caso de detectar que los concursos de ingreso a las entidades del Poder Ejecutivo no hayan cumplido con los requisitos sustantivos previstos en la normativa correspondiente, por denuncia presentada o de oficio; j) Desarrollar y mantener actualizados los sistemas de informacion requeridos para el ejercicio de la rectoria del Sistema; k) Administrar el Registro Nacional de Personal del Servicio Civil y el Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido; l) Absolver consultas y emitir opinion tecnica en el ambito de su competencia, incluyendo la opinion previa a la expedicion de normas de alcance nacional relacionadas con el ambito del Sistema que le corresponda; m) Efectuar el seguimiento de la implementacion de la politica publica de su competencia; y, n) Las demas que le delegue el Consejo Directivo o el Presidente Ejecutivo. CAPITULO IV GERENCIA DE DESARROLLO DE CAPACIDADES Y RENDIMIENTO DEL SERVICIO CIVIL Articulo 22.- Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil La Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil es el organo encargado de la gestion de los subsistemas de desarrollo de capacidades y evaluacion del desempeno en el MORDAZA de la gestion del rendimiento, del Sistema Administrativo de Gestion de los Recursos Humanos.

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