Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2012 (30/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

479647

Que, durante la Conferencia Ministerial de Doha en el ano 2001, se lanzo el Programa de Doha para el Desarrollo, ocasion en la que los Ministros convinieron en celebrar negociaciones respecto de las modalidades y examinar y, segun proceda, aclarar y mejorar los aspectos pertinentes de los articulos V, VIII y X del GATT de 1994 , e identificar las necesidades y prioridades de los miembros, en particular los que son paises en desarrollo en materia de facilitacion del comercio; en MORDAZA 2004 se decide iniciar las negociaciones sobre la facilitacion del comercio, creando el Grupo de Negociacion sobre la Facilitacion del Comercio OMC; Que, a partir de diciembre de 2009, los miembros de la OMC acordaron distribuir un proyecto de texto consolidado, de lo que sera el Acuerdo Multilateral sobre Facilitacion del Comercio de la OMC, cuyo texto ha sido examinado, y sus versiones revisadas durante los anos 2010, 2011 y 2012, evaluandose la decimo tercera version revisada del documento TN/TF/W/165 en la reunion informal MORDAZA mencionada; Que, durante la referida Reunion Informal se discutiran temas de interes del Peru tales como: resoluciones anticipadas, operadores autorizados, uso de estandares internacionales, admision temporal de mercancias y trato especial y diferenciado, por lo que, la Mision Permanente del Peru en MORDAZA ha solicitado la presencia de representantes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR y de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT, a fin de reforzar los aspectos tecnicos de la posicion peruana durante la realizacion de dicho evento; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje a la MORDAZA de MORDAZA, de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representacion del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR participe en la reunion MORDAZA mencionada; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo publico competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la politica de comercio exterior y de turismo; es responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales y de integracion, y participa activamente en la OMC, asegurando el cumplimiento de los compromisos asumidos y defendiendo la posicion e intereses del MORDAZA en las negociaciones comerciales multilaterales del Programa Doha para el Desarrollo; Que, la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, prohibe los viajes al exterior con cargo a recursos publicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley senala, entre ellos, los viajes que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de los acuerdos comerciales de importancia para el Peru, los que deben realizarse en categoria economica y ser autorizados por Resolucion del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de MORDAZA, Confederacion Suiza, del 1 al 9 de diciembre de 2012, para que en representacion del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en la Reunion Informal del Grupo de Negociacion sobre la Facilitacion del Comercio OMC, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial, estaran a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: US $ Viaticos (US$ 260,00 x 7 dias): US $ 2 424,73 1 820,00

resultados obtenidos en la reunion a la que asistira; asimismo, presentara la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 872885-1

DEFENSA
Disponen que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno en tanto dure el Estado de Emergencia en el distrito de Echarate, ubicado en la provincia de La Convencion, departamento del MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 629-2012-DE MORDAZA, 29 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, en el articulo 1° del Decreto Supremo N° 1162012-PCM de fecha 22 de noviembre de 2012, se resuelve prorrogar por el termino de sesenta (60) dias calendario, a partir del 07 de diciembre de 2012, el Estado de Emergencia en el distrito de Echarate, ubicado en la provincia de La Convencion, en el departamento del Cusco; Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 1) del Articulo 137° de la Constitucion Politica del Peru, durante el Estado de Emergencia las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno si asi lo dispone el Presidente de la Republica; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1095 de 1 de setiembre de 2010, se establecio el MORDAZA legal que regula los principios, formas, condiciones y limites para el empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en cumplimiento de su funcion constitucional, mediante el empleo de su potencialidad y capacidad coercitiva para la proteccion de la sociedad, en defensa del Estado de Derecho y a fin de asegurar la paz y el orden interno en el territorio nacional; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno en tanto dure el Estado de Emergencia en el distrito de Echarate, ubicado en la provincia de La Convencion en el departamento del Cusco. La Policia Nacional del Peru contribuira al logro de dicho objetivo. Articulo 2°.- La intervencion de las Fuerzas Armadas se efectuara conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1095, que establece las reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa y por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 872977-4

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, la senora MORDAZA MORDAZA debera presentar al Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y

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