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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de noviembre de 2012 479643 para su modifi cación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la constitución de la “Mancomunidad Municipal Vertientes del Pacífi co”, la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Cotaparaco, Llacllín, Pararín y Tapacocha aprueban la constitución de la “Mancomunidad Municipal Vertientes del Pacífi co”; ratifi cando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 052-2012–PCM/ SD-OGI-MIRA, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la “Mancomunidad Municipal Vertientes del Pacífi co”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228- 2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la “Mancomunidad Municipal Vertientes del Pacífi co”; integrada por las Municipalidades Distritales de Cotaparaco, Llacllín, Pararín y Tapacocha de la Provincia de Recuay, en el Departamento de Ancash; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal Vertientes del Pacífi co”, como sigue: - Presidente: Gerardo Cristóbal Ramírez Salome, alcalde de la Municipalidad Distrital de Llacllín. - Director: Luis Beltrán Carranza Ramírez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Cotaparaco. - Director: Roberto Melchor Requena García, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pararín. - Director: Lenin Uribe Ramos Cosme, alcalde de la Municipalidad Distrital de Tapacocha. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la “Mancomunidad Municipal Vertientes del Pacífi co”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MADELEINE FLORIÁN CEDRÓN Secretaria de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros 872969-1 Disponen inscripción de la “Mancomunidad Municipal Unión Chinchipe - Marañón” en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 072-2012-PCM/SD Lima, 28 de noviembre de 2012 VISTOS: Los ofi cios N° 001-2012/MMUH-M/PCD y N° 004- 2012/MMUH-M-GG; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº 009-2012/MD-B de la Municipalidad Distrital de Bellavista; la Ordenanza Municipal Nº 003-2012/MD-H de la Municipalidad Distrital de Huabal; la Ordenanza Municipal Nº 005-2012/MD-LP de la Municipalidad Distrital de Las Pirias; la Ordenanza Municipal Nº 006-2012/MD.SJDA de la Municipalidad Distrital de San José del Alto; el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Unión Chinchipe - Marañón”; el Ofi cio N° 2127-2012-PCM/SD y los informes Nº 043-2012-PCM/SD-OGI-MIRA y Nº 053-2012-PCM/ SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Ofi cio N° 001-2012/MMUH-M/PCD, el Señor Alcalde y Presidente de la “Mancomunidad Municipal Unión Chinchipe - Marañón” solicita la inscripción de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Bellavista, Huabal, Las Pirias y San José del Alto de la Provincia de Jaén, en el Departamento de Cajamarca; Que, por Ofi cio N° 2127-2012-PCM/SD la Secretaría de Descentralización remite el Informe N° 043-2012-PCM/ SD-OGI-MIRA que contiene las observaciones al trámite de inscripción de la “Mancomunidad Municipal Unión Chinchipe - Marañón”; Que, mediante Ofi cio N° 004-2012/MMUH-M-GG el señor Gerente General de la “Mancomunidad Municipal Unión Chinchipe - Marañón”, presenta los documentos para subsanar las observaciones en el trámite de inscripción de esta entidad; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos contiene información sobre: Diagnóstico: institucional, social y demográfi co; Gestión estratégica: visión, misión, ámbito territorial, objeto, objetivos y desarrollo económico local; Gestión descentralizada: estructura orgánica, competencias y funciones, provisión de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinación, cooperación y colaboración; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidación institucional, desarrollo económico local, capacidad de gestión y evaluación;