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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de noviembre de 2012 479649 las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante Edmundo Luis Enrique DEVILLE Del Campo, CIP. 02799637, DNI. 43390592 y del Capitán de Navío Pedro Nolasco TERRY Guillen, CIP. 06833536, DNI. 25793067, para que participen en la XVI Reunión Ordinaria de Autoridades Marítimas de la Red Operativa de Cooperación Regional de Autoridades Marítimas de las Américas (ROCRAM), a realizarse en la ciudad de La Habana, República de Cuba, del 10 al 14 de diciembre de 2012. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - La Habana (REPÚBLICA DE CUBA) - Lima US$ 800.00 x 2 personas US$ 1,600.00 Viáticos: US$ 240.00 x 5 días x 2 personas US$ 2,400.00 ------------------- TOTAL A PAGAR: US$ 4,000.00 Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4°.- Los mencionados Ofi ciales, deberán dar cumplimiento con lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 5°.- El Ofi cial Almirante comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha del retorno al país. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 872977-6 Autorizan viaje de personal del Ministerio y del Ejército a la Confederación Suiza, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 632-2012-DE/ Lima, 29 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante OF.RE (DGM-DSD) N° 2-20-E/249 del 26 de julio de 2012, el Ministerio de Relaciones Exteriores invita a representantes de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa y de la Dirección General de Desminado Humanitario del Ejército del Perú, para que participen en la XII Reunión de los Estados Parte de la Convención sobre la Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y su Destrucción, conocida también como Convención de Ottawa, que se llevará a cabo en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 3 al 7 de diciembre de 2012; Que, en el marco jurídico de la Convención de Ottawa, que concentra los esfuerzos regionales para erradicar las minas terrestres antipersonal y promover la cooperación para la rehabilitación de las poblaciones afectadas, el Centro Peruano de Acción contra las Minas Antipersonal (CONTRAMINAS) ha venido impulsando y coordinando una serie de acciones que han permitido notables avances en el proceso de desminado humanitario en el país, entre ellas, el importante número de minas destruidas en la zona de frontera con la República del Ecuador; Que, en ese sentido, es de interés del Sector autorizar al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Librado Augusto Orozco Zapata, Director de Asuntos Multilaterales y Convenios Internacionales de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa y al General de Brigada EP Antenor Roel Caballero Méndez, Director General de Desminado Humanitario del Ejército del Perú, para que participen en la mencionada actividad, la que permitirá a los Estados Parte llegar a acuerdos importantes sobre las restricciones en el empleo de minas antipersonal, así como ratifi car el continuo compromiso del Perú con los objetivos de la Convención de Ottawa; Que, el viaje que se autoriza se encuentra previsto en el Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, Ítem 61, del Anexo 1 (RO), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado con Resolución Suprema N° 014-2012 DE/ del 13 de enero de 2012 y sus modifi catorias aprobadas con Resolución Suprema Nº 017-2012 DE/SG del 20 enero de 2012, Resolución Suprema N° 284-2012 DE del 21 de junio de 2012, Resolución Suprema Nº 384-2012 DE del 27 de agosto de 2012 y la Resolución Suprema N° 457-2012 DE del 28 de setiembre de 2012; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente; Que, considerando el itinerario de vuelo y con el fi n de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad del evento, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de culminado el mismo; De conformidad con la Ley N° 29605 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 001- 2011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley N° 27619 – Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Librado Augusto OROZCO ZAPATA, DNI 02873360, Director de Asuntos Multilaterales y Convenios Internacionales de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa y al General de Brigada EP Antenor Roel CABALLERO MÉNDEZ, DNI 43328985, Director General de Desminado Humanitario del Ejército, para que participen en la XII Reunión de los