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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (30/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de noviembre de 2012 479640 Autorizan viaje del Ministro del Ambiente a los Emiratos Arabes Unidos y encargan su Despacho a la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social RESOLUCIÓN SUPREMA N° 392-2012-PCM Lima, 29 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Comunicación de 25 de octubre de 2012, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente – PNUMA, invita al Ministro del Ambiente a participar en el Diálogo sobre la Agenda y Sostenibilidad del Ambiente, a realizarse en el Emirato de Dubai, Emiratos Árabes Unidos, los días 2 y 3 de diciembre de 2012; Que, el citado evento tiene por objeto presentar y debatir los temas relacionados a cómo se debe evaluar y articular el desafío de la sostenibilidad ambiental post Río+20, así cómo responder a las oportunidades que están surgiendo para avanzar en la agenda ambiental, aspectos que se encuentran estrechamente vinculados al objeto del Ministerio del Ambiente – MINAM, relacionado a la conservación del ambiente, de modo tal que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y ético de los recursos naturales y del medio que los sustenta, que permita contribuir al desarrollo integral social, económico y cultural de la persona humana, en permanente armonía con su entorno, y así asegurar a las presentes y futuras generaciones el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida; Que, en tal sentido, resulta conveniente autorizar el viaje del Ministro del Ambiente por ser de interés nacional, cuya asistencia y participación no irrogará gastos al Tesoro Público, por cuanto los mismos serán asumidos por el International Institute for Sustainable Development - IISD; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor abogado Manuel Gerardo Pedro Pulgar-Vidal Otálora, Ministro de Estado en el Despacho del Ambiente, al Emirato de Dubai, Emiratos Árabes Unidos, del 30 de noviembre al 4 de diciembre de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución no irrogará gasto alguno al Tesoro Público, ni dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 3º.- Encargar la Cartera del Ministerio del Ambiente a la señora Carolina Trivelli Ávila, Ministra de Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social, a partir del 30 de noviembre de 2012 y en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 872980-5 Autorizan al INDECI efectuar donación de bienes de ayuda humanitaria a favor de la República de Guatemala, para atender a damnificados por sismo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 393-2012-PCM Lima, 29 de noviembre de 2012 Vistos: El Ofi cio Nº 4373-2012-INDECI/5.0 de fecha 26 de Noviembre de 2012, del Instituto Nacional de Defensa Civil; CONSIDERANDO: Que, como consecuencia de fuertes sismos producidos en la República de Guatemala, se han generado diversos daños materiales y personales; por lo que se ha creído conveniente dar atención prioritaria al pedido de ayuda internacional efectuada mediante el OF. RE (DGO) Nº 1-0 G/77, del Director de Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien ha remitido el listado de Requerimientos de Ayuda Humanitaria para dicho país; Que, los Acuerdos del Sistema de las Naciones Unidas al que pertenece la República del Perú, contemplan como compromiso de los Estados parte, la realización de acciones de asistencia humanitaria para dar respuesta a desastres y reducir la vulnerabilidad de las sociedades objeto de socorro, activándose para el efecto los mecanismos de asistencia, entre cuyas modalidades se encuentra la disposición de bienes de ayuda humanitaria, recursos técnicos, institucionales y fi nancieros para contribuir a la mitigación de los efectos de los desastres naturales; Que, de conformidad con la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, el INDECI es un Organismo Público Ejecutor que conforma el SINAGERD, responsable técnico de los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, de conformidad con el numeral 9.8 del artículo 9 del precitado Reglamento, corresponde al INDECI, entre otras funciones, coordinar la asistencia humanitaria solicitada por los países afectados por desastres en el marco de convenios o acuerdos establecidos, conforme a la normatividad vigente; Que, es necesario autorizar al INDECI, a efectuar en representación del Estado Peruano, la donación de diversos bienes a fin de proveer la asistencia humanitaria a los damnificados de la catástrofe natural antes referida, con el apoyo del Ministerio de Defensa; Que, es pertinente autorizar al INDECI, en representación del Estado Peruano, a efectuar la donación de bienes de ayuda humanitaria descritos en el cuadro Anexo a la presente resolución; Que, los bienes del stock disponible del INDECI descritos en el cuadro Anexo a la presente resolución, serán transportados en un avión Fuerza Aérea del Perú (Hércules), conforme a las coordinaciones efectuadas y con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa; Que, de tal manera, es necesario autorizar, el viaje en comisión de servicios del personal del INDECI a la República de Guatemala, para el traslado de los bienes de ayuda humanitaria, contribuyendo a la mitigación de los daños producidos a consecuencia del fuerte sismo, conforme a lo expuesto en los considerandos precedentes; y en atención a lo dispuesto en los artículos 6 y 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que establecen el procedimiento para la sustentación de viáticos de viajes al exterior en comisión de servicios de los servidores y funcionarios públicos; De conformidad con lo previsto en el artículo 118 inciso 24) de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29664, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Legislativo Nº 804;