Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2012 (05/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de octubre de 2012

AGRICULTURA
Encargan a profesionales las funciones de la Autoridad Administrativa del Agua Canete - Fortaleza y de la Administracion Local de Agua Bagua - MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 392-2012-ANA
MORDAZA, 4 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, segun el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, las Autoridades Administrativas del Agua son organos desconcentrados que dirigen en sus respectivos ambitos territoriales, la gestion de los recursos hidricos en el MORDAZA de las politicas y normas dictadas por el Consejo Directivo y la Jefatura de la entidad; asimismo, las Administraciones Locales de Agua son unidades organicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ambitos territoriales; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 132-2012-ANA se encargo las funciones de la Autoridad Administrativa del Agua Canete - Fortaleza; asimismo mediante Resolucion Jefatural Nº 358-2012-ANA se encargo las funciones de la Administracion Local de Agua Bagua - Santiago; Que, se ha visto por conveniente, dar por concluidas las encargaturas conferidas con las Resoluciones senaladas en el considerando precedente y en consecuencia encargar a los nuevos profesionales que asuman las funciones de la referida Autoridad Administrativa del Agua y Administracion Local de Agua, respectivamente; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, la Jefatura de la entidad esta facultada transitoriamente para encargar mediante Resolucion Jefatural las funciones de las Autoridades Administrativas del Agua y Administraciones Locales de Agua; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos y el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida, a partir del dia 05 de octubre de 2012, la encargatura de funciones en la Autoridad Administrativa del Agua Canete - Fortaleza, conferida al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante la Resolucion Jefatural Nº 132-2012-ANA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Segundo.- Encargar, a partir del dia 05 de octubre de 2012, las funciones de la Autoridad Administrativa del Agua Canete - Fortaleza, al Ing. MORDAZA MORDAZA Musayon MORDAZA, en adicion a sus funciones en la Administracion Local de Agua Mala - Omas - Canete. Articulo Tercero.- Precisase, que al termino de la encargatura de funciones a que se refiere el articulo precedente el Ing. MORDAZA MORDAZA Musayon MORDAZA, continuara ejerciendo las funciones en la Administracion Local de Agua Mala - Omas - Canete. Articulo Cuarto.- Dar por concluida, a partir del dia 05 de octubre de 2012, la encargatura de funciones en la Administracion Local de Agua Bagua - MORDAZA, conferida al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante la Resolucion Jefatural Nº 358-2012-ANA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Quinto.- Encargar, a partir del dia 05 de octubre de 2012, las funciones de la Administracion Local de Agua Bagua - MORDAZA al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aliaga. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua

AMBIENTE
Disponen la publicacion del Proyecto de Reglamento del Regimen Comun de Fiscalizacion y Control Ambiental en el MORDAZA web institucional del OEFA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 266-2012-MINAM
MORDAZA, 28 de setiembre de 2012 Vistos, el Oficio N° 1050-2012-OEFA/PCD del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA de 12 de setiembre de 2012, y demas antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 3º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, el Estado, a traves de sus entidades y organos correspondientes, disena y aplica las politicas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que MORDAZA necesarios para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades en materia ambiental; Que, el numeral 1 de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, dispone la creacion del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, como organismo publico tecnico especializado, encargado de la fiscalizacion, supervision, control y sancion en materia ambiental; Que, mediante la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental, se creo el Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ SINEFA, el cual esta a cargo del OEFA como ente rector; Que, de conformidad con la Septima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29325, corresponde al OEFA, en su calidad de ente rector del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental, aprobar el Reglamento del Regimen Comun de Fiscalizacion y Control Ambiental, previa opinion favorable del MINAM, el mismo que sera de cumplimiento obligatorio para todas las entidades con competencia en fiscalizacion ambiental; Que, el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA, ha elaborado el proyecto de Reglamento del Regimen Comun de Fiscalizacion y Control Ambiental, propuesta que, previa a su aprobacion, requiere ser sometida a consulta publica con la finalidad de conocer las sugerencias y comentarios de los interesados, en el MORDAZA de lo establecido por el articulo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009MINAM; Con el visado de la Secretaria General y de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013; la Septima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29325; y, el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la publicacion del Proyecto de Reglamento del Regimen Comun de Fiscalizacion y Control Ambiental, que como anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Dicha publicacion se realizara en el MORDAZA Web Institucional del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA (http://www.oefa.gob.pe), a fin de conocer las sugerencias y comentarios de los interesados, por el plazo de diez (10) dias habiles, contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- Las sugerencias y comentarios sobre el proyecto normativo senalado en el articulo 1° de la presente resolucion, deberan ser remitidas, por escrito, a la sede institucional del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA, ubicada en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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