Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2012 (05/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad, debiendo ser designado mediante resolucion del titular de la entidad publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, a traves de la Resolucion de Presidencia del Consejo Directivo Nº 039-2012-OEFA/PCD de fecha 16 de MORDAZA de 2012, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Catter como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de esta Entidad al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion de Empleo; Que, habiendo concluido el vinculo laboral del mencionado funcionario con esta Institucion, resulta necesario dejar sin efecto el resolutivo senalado en el considerando anterior, y proceder con emitir el respectivo acto de administracion; Con el visado de la Secretaria General y de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27736 - Ley para la Transmision Radial y Televisiva de Ofertas Laborales y su Reglamento, aprobado a traves del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR; y, en uso de las atribuciones previstas en el Literal t) del Articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion ­ OEFA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CATTER, como funcionario responsable de remitir al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion de Empleo, las ofertas de empleo correspondientes al Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA, efectuada mediante la Resolucion de Presidencia del Consejo Directivo Nº 039-2012-OEFA/PCD de fecha 16 de MORDAZA de 2012. Articulo 2º.- Designar a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretaria General, como funcionaria responsable de remitir al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion de Empleo, las ofertas de empleo correspondientes al Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Web Institucional (www.oefa.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA APAC Presidente del Consejo Directivo

Primero. Que se atribuye al servidor judicial MORDAZA MORDAZA MORDAZA lo siguiente: a) No dar cuenta oportuna a su superior jerarquico de los depositos efectuados por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA hasta por el monto de novecientos nuevos soles, en el MORDAZA de alimentos que le siguio MORDAZA MORDAZA Ccosio, Expediente numero sesenta y siete guion dos mil nueve; y disponer de la mencionada suma de dinero, causando grave perjuicio a sus beneficiarios. b) De igual manera, no dio cuenta del deposito realizado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la cantidad de cincuenta nuevos soles, en el MORDAZA seguido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por faltas contra el patrimonio, Expediente numero setenta y cuatro guion dos mil nueve. Asi, dio al depositante un recibo en el cual no obra su firma ni sello, el mismo que tampoco agrego a los autos. Segundo. Que pese a estar debidamente notificado, conforme consta de las cedulas de notificacion de fojas once, dieciseis, veintinueve y cuarenta, el investigado no emitio su descargo, por lo que fue declarado rebelde mediante resolucion numero cinco, del dieciseis de junio de dos mil diez, de fojas cuarenta y seis. Tercero. Que el primer cargo se encuentre acreditado con las siguientes pruebas: El informe de fojas cinco ­del veintiseis de marzo de dos mil diez-, mediante el cual la jueza del Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA ­ Caballococha, MORDAZA Katiushka MORDAZA MORDAZA hace de conocimiento del Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA que el servidor judicial MORDAZA MORDAZA, en la fecha, se apersono a su despacho para informarle que habia dispuesto de la suma de novecientos nuevos soles provenientes de dos depositos judiciales efectuados por el senor MORDAZA MORDAZA, el primero por quinientos nuevos soles, y el MORDAZA por la suma de cuatrocientos nuevos soles, del dieciocho de enero de dos mil diez, y uno de marzo del mismo ano, respectivamente. El secretario judicial le indico ­ademasque por tales depositos judiciales entrego al demandado dos recibos sin firma, los cuales tampoco adjunto al Expediente numero sesenta y siete guion dos mil nueve. Estos hechos motivaron que la aludida jueza pusiera a disposicion de la Presidencia de la Corte Superior al servidor judicial investigado. c) Los recibos de fojas una y dos, del dieciocho de enero de dos mil diez, y uno de marzo del mismo ano, que acreditan los depositos efectuados por el senor MORDAZA MORDAZA, y en los cuales no se advierte la firma y sello del secretario judicial MORDAZA Linares. d) El deposito judicial por la suma de novecientos nuevos soles, de fojas tres, del veintiseis de marzo de dos mil diez, con el cual se constata que en la misma fecha en que MORDAZA MORDAZA confeso los hechos a la jueza MORDAZA MORDAZA, le devolvio a esta el dinero sustraido. Horas mas tarde MORDAZA deposito dicha suma en el Banco de la Nacion a nombre del senor MORDAZA Pio. Cuarto. Que respecto al MORDAZA cargo, se tiene que en el Expediente numero setenta y cuatro guion dos mil nueve, seguido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por faltas contra el patrimonio, las partes conciliaron ­el demandado se comprometio a devolver al demandante la suma de trescientos nuevos soles, en seis cuotas de cincuenta soles cada una-, asi consta en el escrito de fojas doscientos doce e informe de fojas doscientos veinticuatro. Asimismo, mediante escrito de fecha veintitres de MORDAZA de dos mil diez -fojas doscientos doce-, el demandante MORDAZA Siencas informo a la jueza del Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA ­ Caballococha, que pese a que el demando MORDAZA MORDAZA habia efectuado cinco depositos, cada uno por la suma de cincuenta nuevos soles, en las fechas dieciocho de marzo, dieciocho de enero, treinta y veinte de noviembre, asi como veinticuatro de febrero, todos del ano dos mil diez, el secretario judicial investigado unicamente le habia entregado doscientos nuevos soles. MORDAZA Siencas adujo que el monto concerniente a la MORDAZA cuota -del veinticuatro de febrero de dos mil dieznunca le fue entregado, por el contrario, el servidor MORDAZA MORDAZA se habia apoderado del dinero, toda vez que se nego haberlo recibido, pese a existir un documento que lo demuestra -ver recibo de fojas doscientos diecisiete, razon

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PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Sancionan con destitucion a Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA - Caballococha, Corte Superior de Justicia de MORDAZA
INVESTIGACION ODECMA N° 255-2010-LORETO
MORDAZA, veintitres de MORDAZA de dos mil doce.VISTA: La Investigacion ODECMA numero doscientos cincuenta y cinco guion dos mil diez guion MORDAZA seguida contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su actuacion como Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA - Caballococha, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a merito de la propuesta de destitucion formulada por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolucion numero veintinueve expedida con fecha dos de agosto de dos mil once, de fojas doscientos ochenta y nueve.

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