Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2012 (05/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
Obligaciones de No Hacer:

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de octubre de 2012

cambio climatico y contribuyen significativamente a reducir sus impactos; la biodiversidad que estas conservan constituyen un componente necesario para una estrategia de adaptacion al cambio climatico y sirven como amortiguadores naturales contra los efectos del clima y otros desastres, estabilizando el suelo frente a deslizamientos de tierra; servicios como regulacion del clima y absorcion de los gases de efecto invernadero, entre otros; y mantienen los recursos naturales sanos y productivos para que puedan resistir los impactos del cambio climatico y seguir proporcionando servicios ambientales a las comunidades que dependen de ellos para su supervivencia; por tanto, resulta procedente emitir la presente resolucion sobre reconocimiento de Area de Conservacion Privada; De acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 038-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reconocer el Area de Conservacion Privada Gotas de Agua I, por el periodo de diez (10) anos, sobre la totalidad del predio inscrito en la Partida Registral Nº 02099927 de la Oficina Registral de MORDAZA de la MORDAZA Registral Nº II ­ Sede Chiclayo, equivalente a una superficie de 3.0 hectareas; ubicada en el sector El Pongo, distrito de MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, de propiedad de los senores MORDAZA Troyes MORDAZA y Marleni MORDAZA MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la presente resolucion. Articulo 2º.- Establecer como objetivo general del Area de Conservacion Privada Gotas de Agua I, la conservacion y proteccion de los Bosques Tropicales estacionalmente secos del Maranon-Chinchipe. Articulo 3º.- En aplicacion del MORDAZA parrafo del articulo 3º del Decreto Supremo Nº 008-2009-MINAM, que contiene las disposiciones para la elaboracion de los Planes Maestros de las Areas Naturales Protegidas, el expediente de reconocimiento del Area de Conservacion Privada Gotas de Agua I, se constituye en su Plan Maestro, en razon a que este contiene el listado de obligaciones y restricciones, asi como la propuesta de zonificacion del Area de Conservacion Privada. Articulo 4º.- En aplicacion del articulo 11º de la Resolucion Presidencial Nº 144-2010-SERNANP, que aprueba las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Areas de Conservacion Privada, las obligaciones que se derivan del reconocimiento del Area de Conservacion Privada, son inherentes a la superficie reconocida como tal y el reconocimiento del area determina la aceptacion por parte de la propietaria, de condiciones especiales de uso que constituyen cargas vinculantes para todas aquellas personas que durante el plazo de vigencia del reconocimiento del Area de Conservacion Privada, MORDAZA titulares o les sea otorgado algun derecho real sobre el mismo. Articulo 5º.- En aplicacion del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, y de los numerales 1 y 5 del articulo 2019º del Codigo Civil, asi como del articulo 12º de la Resolucion Presidencial Nº 144-2010-SERNANP, que aprueba las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Areas de Conservacion Privada, el SERNANP procedera a inscribir en la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP, las cargas de condiciones especiales de uso del Area de Conservacion Privada Gotas de Agua I, por el periodo de diez (10) anos, segun detalle: Obligaciones de Hacer: 1. Usar el area del Area de Conservacion Privada para el fin que ha sido reconocido. 2. Desarrollar practicas ambientales sostenibles en el aprovechamiento de los recursos naturales. 3. Preservar servicios ambientales en el Area de Conservacion Privada. 4. Dar cumplimiento a la normatividad de Areas Naturales Protegidas, directivas, disposiciones, y recomendaciones emitidas por el SERNANP, asi como las normas conexas aplicables a la conservacion del Area de Conservacion Privada. 5. Brindar al representante del SERNANP, o a quien este designe, las facilidades que esten a su alcance para la supervision del area. 6. Presentar un informe anual de avance respecto al cumplimiento de lo establecido en el Plan Maestro.

1. No efectuar cambios de usos, distintos a los permitidos en los documentos de planificacion. 2. No realizar cambio de uso del suelo en la zonificacion de uso limitado del Area de Conservacion Privada. 3. No realizar actividades que pongan en riesgo los objetivos del area. 4. No desarrollar proyectos de infraestructura que deteriore la calidad del paisaje. Articulo 6º.- Lo dispuesto en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial no implica la convalidacion de derecho real alguno sobre el area reconocida, asi como tampoco constituye medio de prueba para el tramite que pretenda la formalizacion de la propiedad ante la autoridad estatal competente. Articulo 7º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente

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Designan representante alterno del Ministerio ante la Comision Multisectorial de naturaleza temporal constituida mediante R.S. Nº 306-2012-PCM
RESOLUCION MINISTERIAL N° 270-2012-MINAM MORDAZA, 28 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 306-2012PCM, publicada el 25 de septiembre de 2012, se constituye la Comision Multisectorial de naturaleza temporal encargada de proponer la estrategia de difusion de la "Dieta Andina", elaborada prioritariamente con productos originarios del Peru; la misma que esta integrada, entre otros, por el Viceministro de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente; Que, el articulo 3º de la Resolucion Suprema senalada precedentemente, dispone que mediante resolucion del Titular de la entidad, se debera designar a un (1) representante alterno, en el termino de siete (7) dias habiles contados a partir del dia siguiente de publicada la citada resolucion; por lo que, corresponde designar al representante alterno del Ministerio del Ambiente ante la mencionada Comision Multisectorial; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales, la Secretaria General y la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo Nº 007-2008MINAM que aprueba su Reglamento de Organizacion y Funciones; y, la Resolucion Suprema Nº 306-2012-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de la Direccion General de Diversidad Biologica del Viceministerio de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales, como representante alterno del Ministerio del Ambiente ante la Comision Multisectorial de naturaleza temporal constituida por Resolucion Suprema Nº 306-2012-PCM. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 849350-1

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