Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2012 (05/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

475775

MORDAZA N° 247, Distrito de San MORDAZA - MORDAZA, y/o a la direccion electronica: regimencomun@oefa.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente

849349-1

Prorrogan Declaratoria de Emergencia Ambiental de diversas localidades ubicadas en el departamento de Pasco e incluyen nuevas localidades
RESOLUCION MINISTERIAL N° 267-2012-MINAM
MORDAZA, 28 de setiembre de 2012 Vistos, el Informe N° 385-2012-MINAM-VMGADGCA de la Direccion General de Calidad Ambiental del Viceministerio de Gestion Ambiental de 20 de septiembre de 2012, que contiene el Informe Tecnico N° 572-2012MINAM-VMGA/DGCA de 14 de septiembre de 2012 y demas antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 117-2012MINAM, publicada el 11 de MORDAZA de 2012, se declaro en Emergencia Ambiental las localidades de Champamarca, Quiulacocha, Paragsha y Asentamiento Humano MORDAZA MORDAZA Mariategui, situadas en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Pasco, por el plazo de noventa (90) dias; asimismo, se dispuso las acciones de evaluacion ambiental que permitan determinar los posibles riesgos en la salud en las localidades de Sacra Familia y Yurajhuanca del citado distrito; Que, el articulo 8º de la Ley Nº 28804, Ley que regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental, modificado por Ley

Nº 29243, senala que el Consejo Nacional del Ambiente ­ CONAM, de oficio o a pedido del gobierno regional y con opinion de los organismos que participaron en la decision de la declaratoria de emergencia ambiental, puede determinar la prorroga o el levantamiento de la referida emergencia; Que, la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, dispone que toda referencia hecha al CONAM o a las competencias, funciones y atribuciones que este venia ejerciendo, una vez culminado el MORDAZA de fusion, se entendera como efectuada al Ministerio del Ambiente; Que, con el Informe Tecnico N° 572-2012-MINAMVMGA/DGCA de 14 de septiembre de 2012, la Direccion General de Calidad Ambiental del Viceministerio de Gestion Ambiental concluye que el Plan de Accion Inmediato y de Corto Plazo para la atencion de la Emergencia Ambiental de las localidades MORDAZA senaladas, ha registrado un avance estimado de 70%, por lo que, recomienda prorrogar el plazo de la declaratoria de emergencia ambiental, debiendose incluir a las localidades de Yurajhuanca y Sacrafamilia en atencion al acuerdo arribado en la reunion plenaria del 10 de septiembre del ano en curso, por parte de los actores involucrados del Gobierno Central, Gobierno Regional, Gobierno Local, empresas mineras y los representantes de las localidades afectadas, asi como a la evaluacion de la situacion epidemiologica efectuada por el Centro Nacional de Salud Ocupacional y Proteccion del Ambiente para la Salud del Instituto Nacional de Salud; Que, estando a lo senalado, resulta necesario prorrogar, por el plazo de noventa (90) dias, con eficacia al 21 de septiembre de 2012, la Declaratoria de Emergencia Ambiental de las localidades de Champamarca, Quiulacocha, Paragsha y Asentamiento Humano MORDAZA MORDAZA Mariategui, incluyendose a las localidades de Sacra Familia y Yurajhuanca, situadas en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Pasco; Con el visado del Viceministerio de Gestion Ambiental, la Secretaria General, la Direccion General de Calidad Ambiental y la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28804, Ley que regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental,

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