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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de octubre de 2012 476158 Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio Nº 2409-2012-VPD/B del 12 de octubre de 2012, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República de Chile; Que, el personal militar antes señalado ingresará a territorio de la República, del 14 al 20 de octubre de 2012, a fi n de realizar una pasantía en el Hospital Militar Central; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Dirección General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al Teniente Coronel Helmuth SCHWEIZER Hernández de la República de Chile, del 14 al 20 de octubre de 2012, a fi n que realice una pasantía en el Hospital Militar Central. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 853240-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1168-2012-DE/SG Lima, 12 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 803 del 9 de octubre de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio Nº 1213 JCCFFAA/DAAII/Dpto.AAII del 12 de octubre de 2012, el Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, por encargo del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emitió opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el personal militar antes señalado ingresará a territorio de la República, del 14 al 28 de octubre de 2012, a fi n de realizar una visita a la Escuela de Operaciones Psicológicas, Ofi cina de Operaciones de Información del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, Marina de Guerra, Fuerza Aérea y Ejército del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al Mayor Xavier COLON de los Estados Unidos de América, del 14 al 28 de octubre de 2012, a fi n que realice una visita a la Escuela de Operaciones Psicológicas, Ofi cina de Operaciones de Información del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, Marina de Guerra, Fuerza Aérea y Ejército del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 853240-3 Designan responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA COMISIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO AEROESPACIAL RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 098-2012-JEINS-CONIDA Lima, 24 de julio de 2012 El Jefe Institucional de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial-CONIDA; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 5º del Texto Único Ordenado de la referida Ley Nº 27806, corresponde a cada entidad pública, la difusión de información institucional referida a sus funciones, organización, personal, procedimientos a su cargo, presupuesto adquisiciones de bienes y servicios, entre otros aspectos de interés público;