Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2012 (13/10/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

476169

Violacion Sexual de menor, en agravio de una menor de edad y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica de MORDAZA, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 853238-5

Que, resulta necesario facilitar la rehabilitacion social de las personas condenadas mediante la adopcion de metodos adecuados, siendo uno de estos, el traslado a su MORDAZA de origen, para que cumplan su condena cerca de su entorno social y familiar; Que, entre la Republica del Peru y la Republica de Colombia, no existe tratado bilateral de traslado de personas condenadas; Que, el numeral 1 del articulo 508º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, establece que las relaciones de las autoridades peruanas con las extranjeras y con la Corte Penal Internacional en materia de cooperacion judicial internacional se rigen por los Tratados Internacionales celebrados por el Peru y, en su defecto, por el MORDAZA de reciprocidad en un MORDAZA de respeto de los derechos humanos; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad colombiana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Ancon I, para que cumpla el resto de la condena impuesta por nuestras autoridades judiciales en un Establecimiento Penitenciario de la Republica de Colombia, solicitud que fuera declarada procedente por la Primera Sala Penal de Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 853238-6 RESOLUCION SUPREMA N° 150-2012-JUS MORDAZA, 12 de octubre de 2012 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 070-2012/ COE-TC, del 07 de setiembre de 2012, sobre la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad espanola MORDAZA MORDAZA GARCIA; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del articulo 543º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el Juzgado Penal Colegiado del lugar donde se encuentra cumpliendo pena el condenado extranjero, decide sobre la solicitud de traslado pasivo; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Primera Sala Penal para Procesos con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, mediante Resolucion de fecha 10 de MORDAZA de 2012, declaro procedente la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad espanola MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Ancon II, por la comision del Delito contra la Salud Publica Trafico Ilicito de Drogas, en agravio del Estado Peruano (Expediente Nº 10-2012);

Acceden a solicitudes de traslado pasivo de condenados para cumplir el resto de su condena en establecimientos penitenciarios de Colombia, Espana y Canada
RESOLUCION SUPREMA N° 149-2012-JUS MORDAZA, 12 de octubre de 2012 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 078-2012/ COE/TC, del 14 de setiembre de 2012, sobre la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad colombiana MORDAZA MORDAZA MONCADA; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del articulo 543º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el Juzgado Penal Colegiado del lugar donde se encuentra cumpliendo pena el condenado extranjero, decide sobre la solicitud de traslado pasivo; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Primera Sala Penal de Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, mediante Resolucion Consultiva de fecha 10 de MORDAZA de 2012, declaro procedente la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad colombiana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Ancon I, por la comision del delito contra la Salud Publica Trafico Ilicito de Drogas agravado, en perjuicio del Estado peruano (Expediente Nº 13-2012); Que, el literal "d" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobada por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de traslado pasivo de condenado, remitido por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 078-2012/COE-TC, del 14 de setiembre de 2012, en el sentido de acceder a la solicitud de traslado; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 2 del articulo 540º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la solicitud de traslado de condenados pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.