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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (13/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de octubre de 2012 476166 Concepto Importe Pasajes Aéreos Lima-Quito-Lima y TUUA US$ 860.00 Viáticos (US$ 200.00 x 5 días) US$ 1 000.00 Total US$ 1 860.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje el citado funcionario deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 853238-10 Aprueban Especificaciones Técnicas de Soportes Normalizados de retenidas contenidos en las láminas “074-A Retenida Inclinada Aislada tipo RI-A” y “075-A Retenida vertical Aislada Tipo RV-A” para electrificación rural RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 198-2012-EM/DGE Lima, 27 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, el artículo 11º de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrifi cación Rural, publicada el 1º de junio de 2006, establece que los Sistemas Eléctricos Rurales deberán contar con normas específi cas de diseño y construcción, para lo cual la Dirección General de Electricidad (DGE) del Ministerio de Energía y Minas emitirá las correspondientes normas de diseño y construcción a propuesta de la Dirección General de Electrifi cación Rural (DGER), las mismas que deberán ser actualizadas permanentemente; Que, mediante Resolución Directoral N° 024-2003 EM/DGE, publicada el 12 de febrero de 2004, se aprobó la Norma DGE “Especifi caciones Técnicas de Soportes Normalizados para Líneas y Redes Primarias para Electrifi cación Rural”, en conformidad con las disposiciones del Código Nacional de Electricidad –Suministro aprobado mediante Resolución Ministerial N° 366-2001-EM/VME; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 214-2011- MEM/DM, publicada el 5 de mayo de 2011, se aprobó el Código Nacional de Electricidad (Suministro 2011), en cual se establecen nuevas disposiciones para las retenidas; Que, es necesario actualizar las confi guraciones de retenidas incluidas en la Norma DGE “Especifi caciones Técnicas de Soportes Normalizados para Líneas y Redes Primarias para Electrifi cación Rural” conforme a lo establecido en el Código Nacional de Electricidad (Suministro 2011); De conformidad con lo establecido en el inciso u) del artículo 64º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar las Especifi caciones Técnicas de Soportes Normalizados de retenidas contenidos en las láminas: “074-A Retenida Inclinada Aislada tipo RI-A” y “075-A Retenida vertical Aislada Tipo RV-A”, las mismas que como anexo forman parte de la presente Resolución, son de cumplimiento obligatorio y serán incluidos en la Norma DGE “Especifi caciones Técnicas de Soportes Normalizados para Líneas y Redes Primarias para Electrifi cación Rural”. Artículo 2°.- Reemplazar las Especifi caciones Técnicas de Soportes Normalizados de retenidas de las láminas “074 Retenida Inclinada Aislada/Sin Aislar Tipo RI-A/RI y “075 Retenida Vertical Aislada/Sin Aislar Tipo RV-A/RV” de la Norma DGE “Especifi caciones Técnicas de Soportes Normalizados para Líneas y Redes Primarias para Electrifi cación Rural”, por las siguientes “074 Retenida Inclinada Sin Aislar Tipo RI” y “075 Retenida Vertical Sin Aislar Tipo RV” respectivamente, las mismas que como anexo forman parte de la presente Resolución y son de cumplimiento obligatorio. Artículo 3°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 1 de noviembre de 2012. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral y su Anexo, en la página web del Ministerio de Energía y Minas (http://www.minem.gob.pe), de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO TAMAYO PEREYRA Director General Dirección General de Electricidad 852583-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitudes de extradición activa de ciudadanos peruanos y colombiano y disponen su presentación por vía diplomática a España, Colombia y Chile RESOLUCIÓN SUPREMA N° 145-2012-JUS Lima, 12 de octubre de 2012 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 072-2012/ COE-TC, del 14 de setiembre de 2012, sobre la solicitud de extradición activa al Reino de España del ciudadano peruano PEDRO MACHUCA TERRONES, formulada por la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Junín; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 25 de junio de 2012, declaró procedente la solicitud