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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 16 de octubre de 2012 476451 i. Uno o más integrantes del Postor en caso de Consorcio, o mediante una carta compromiso de un operador que cumpla con la experiencia mínima, o; ii. Por una empresa perteneciente al mismo grupo económico. d. Acreditar experiencia en desarrollo de proyectos inmobiliarios en contratos suscritos con el Estado Peruano en cualquiera de sus tres niveles de Gobierno. La experiencia podrá ser acreditada directamente por el Postor, o por: i. Uno o más integrantes del Postor en caso de Consorcio, o; ii. Por una empresa perteneciente al mismo grupo económico. e. Haber suscrito por lo menos un convenio con algún Gobierno Local y/o Regional del Estado Peruano, para el desarrollo de proyectos bajo el mecanismo de la “Ley de Obras por Impuestos”, por un valor que no podrá ser inferior a S/. 23’308,823.00, monto que constituye la inversión referencial para la Nueva Sede del Gobierno Regional de Moquegua. La experiencia podrá ser acreditada directamente por el Postor, o por: i. Uno o más integrantes del Postor en caso de Consorcio, o; ii. Por una empresa perteneciente al mismo grupo económico. Los documentos a ser presentados para acreditar la experiencia de los requisitos de precalifi cación señalados en los literales a), b), c), d) y e) anteriormente desarrollados, en el caso de estar redactados en idioma distinto al español, deberán ser acompañados a través de la correspondiente traducción al español. Asimismo se deberá acompañar la declaración jurada de haberse efectuado la citada traducción en base al estricto contenido de los documentos traducidos, sin perjuicio que a la fecha de suscripción de la versión defi nitiva del contrato, se requiera la traducción ofi cial realizada por un traductor público juramentado nombrado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, como condición para la fi rma del citado contrato. V. Factor de Competencia El Factor de Competencia en caso de convocar a un proceso de selección para adjudicar el Proyecto, se determinará en función a las siguientes variables: (i) El mayor pago anual en dinero en función al valor del metro cuadrado del área comprometida, para desarrollar el Proyecto (Centro Comercial y Colegio Particular) objeto del correspondiente Derecho de Superfi cie, conforme a las condiciones señaladas en el acápite (i) del literal f) del Numeral I de la presente Declaración de Interés. De modo tal que las ofertas deberán realizarse por encima de los montos propuestos en la Iniciativa Privada. (ii) El mayor compromiso del número de metros cuadrados que el Postor estime, se encontrarán construidos en todos sus niveles, luego de doce (12) meses de haber obtenido la Licencia y/o Autorización del Centro Comercial, teniendo como base mínima 10,000.00 m2. (iii) La capacidad máxima alcanzable (en número de alumnos) del centro educativo propuesto luego de que este se encuentre en completo funcionamiento. De modo tal que las ofertas deberán realizarse por encima del máximo número (788) de alumnos propuestos en la Iniciativa Privada. (iv) El mayor número de Becas Educativas por año escolar conforme a lo establecido en el acápite (ii) del literal f) del Numeral I de la presente Declaración de Interés1. Las ofertas deberán realizarse por encima del número de becas propuesto en la Iniciativa Privada. Cada una de estas variables aportará un peso distinto al Puntaje: PC1 = Retribución máxima propuesta (30%) PC2 = Metros construidos propuestos por el Postor para el Centro Comercial (30%) PC3 = Capacidad máxima (en número de alumnos) del CE propuesto (25%) PC4 = Número de becas educativas (15%) Para el cálculo del PC1, el postor debe establecer la retribución máxima que entregará al Gobierno Regional en función a la Retribución por el Derecho de Superficie en el Centro Comercial y Centro Educativo. El cálculo del PC1, se hará de la siguiente manera: 100 * 1 1 ¸ ¹ · © ª ¨ µµ ¶ ´ ¦¦ § ¥ a i a i MOP MRP MRP PC Donde: PC1i = Puntaje por la retribución máxima propuesta por el postor (i) para el Centro Comercial y Centro Educativo Privado2. MRPi = Retribución máxima propuesta por el Postor (i) para el Centro Comercial y el Centro Educativo Privado. MRPa = Mayor retribución máxima propuesta por el Proponente para el Centro Comercial y el Centro Educativo Privado. Para el cálculo del PC2, el postor debe establecer los metros cuadrados que estime que se encuentren construidos luego de 12 meses de haber obtenido la Licencia y/o Autorización de Construcción, en el Centro Comercial. El cálculo del PC2, se hará de la siguiente manera: 100 * 1 2 ¸ ¹ · © ª ¨ µµ ¶ ´ ¦¦ § ¥ a i a i MCCP MCCP MCCP PC Donde: PC2i = Puntaje por los Metros construidos propuestos por el Postor (i) para el Centro Comercial3. MCCPi = Número de metros cuadrados que el Postor (i) espera que se encuentren construidos a los 12 meses de la obtención de la Licencia y/o Autorización de Construcción. MCCPa = Mayor número de metros cuadrados que el Proponente espera se encuentren construidos a los 12 meses de la obtención de la Licencia de Construcción. Para el cálculo del PC3, el postor debe establecer la capacidad máxima del Centro Educativo propuesto en función al número de alumnos. El cálculo del PC3, se hará de la siguiente manera: 100 * 1 3 ¸ ¹ · © ª ¨ µµ ¶ ´ ¦¦ § ¥ a i a i MCP MCP MCP PC Donde: PC3i = Puntaje por la capacidad máxima/ número de alumnos propuesto por el postor (i) para el Centro Educativo Privado4. MCPi = Capacidad máxima en función al número de alumnos propuesto por el Postor (i) para el Centro Educativo Privado. 1 El número de becas educativas propuesto por el postor (i) no podrá ser inferior a 10. 2 Para el cálculo del puntaje total, este valor será multiplicado por su peso correspondiente 30%. 3 Para el cálculo del puntaje total, este valor será multiplicado por su peso correspondiente: 30%. 4 Para el cálculo del puntaje total, este valor será multiplicado por su peso correspondiente 25%.