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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 16 de octubre de 2012 476452 MCPa = Capacidad máxima en función al número de alumnos propuesto por el Proponente para el Centro Educativo Privado. Para el cálculo del PC4, el postor debe establecer el número de becas completas máximo para el Centro Educativo Privado propuesto. El cálculo del PC4, se hará de la siguiente manera: 100 * 1 4 ¸ ¹ · © ª ¨ µµ ¶ ´ ¦¦ § ¥ a i a i MBP MBP MBP PC Donde: PC4i = Puntaje por el número de becas propuesto por el postor (i) para el Centro Educativo Privado5. MBPi = Número de becas propuesto por el Postor (i) para el Centro Educativo Privado. MBPa = Número de becas propuesto por el Proponente para el Centro Educativo Privado. Los precios deben incluir hasta 2 decimales. El puntaje total, se calculará de la siguiente manera: i i i i i PC PC PC PC PC 4 % 15 3 % 25 2 % 30 1 % 30 Los componentes establecidos en los acápites (i) y (iv) del literal f) del Numeral I de la presente Declaración de Interés, comprenderán parte inherente y accesoria de la retribución a favor del Gobierno Regional de Moquegua. El Proponente podrá igualar todas aquellas ofertas presentadas por los Postores en concordancia con lo establecido en el cuarto párrafo del literal a) del artículo 16º del Decreto Legislativo Nº 1012, para lo cual se tendrá en cuenta la reglamentación establecida en el numeral 18.5 del artículo 18 del Decreto Supremo Nº 146-2008-EF. VI. Carta de Expresión de Interés La carta a través de la cual los terceros expresen su interés para la ejecución del proyecto contenido en la Iniciativa Privada, deberá ser presentada de acuerdo al formato establecido en el Anexo Nº 01 de la presente Declaración de Interés. VII. Carta Fianza La carta fi anza que constituirá la garantía de seriedad de expresión de interés para la ejecución del proyecto contenido en la Iniciativa Privada, deberá ser presentada de acuerdo al modelo establecido en el Anexo Nº 02 de la presente Declaración de Interés. VIII. Otros requisitos adicionales a. Reembolso de los gastos efectivamente realizados por el proponente en la elaboración de la Iniciativa Privada Acorde con el artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 1012 concordado con el artículo 20º del Decreto Supremo Nº 146-2008-EF, se reconoce al titular de la iniciativa privada, el monto de S/.97,800.00 (Noventa y Siete Mil Ochocientos Nuevos Soles), incluido IGV, por concepto de reembolso de gastos incurridos en la elaboración de la Iniciativa Privada. b. Entidades bancarias y Bancos de primera categoría El Gobierno Regional de Moquegua aceptará cartas fi anza de bancos locales o Instituciones Financieras, que ostenten la califi cación mínima de CP-1 para las obligaciones de corto plazo; A, Fortaleza Financiera global; y AA, Obligaciones de largo plazo, cuyos depósitos a plazo menores a un (01) año estén clasifi cados en las categorías CP-1 por la Resolución SBS Nº 724-2001 y la Circular AFP Nº 044-2004 emitida por la SBS. Los Bancos Locales que poseen la califi cación mínima señalada en el párrafo precedente, se encuentran conformados por: a. Banco de Crédito del Perú. b. BBVA Banco Continental. c. Scotiabank S.A. d. Banco Interamericano de Finanzas e. Citibank del Perú S.A. f. Banco Internacional del Perú S.A.A. – Interbank g. Banco Santander del Perú S.A. h. Deutsche bank (Peril) S.A. Se tomarán en cuenta los bancos extranjeros de primera categoría, incluidos en la relación aprobada por el Banco Central de Reserva del Perú mediante Circular Nº 047-2008-BCRP. IX. Carta de presentación de Proyecto Alternativo. La carta a través de la cual los terceros expresen su interés para la ejecución de un proyecto alternativo al contenido en la Iniciativa Privada, deberá ser presentada de acuerdo al formato establecido en el Anexo Nº 03 de la presente Declaración de Interés. X. Requisitos para la presentación de proyectos de inversión (Normas Vigentes en materia de promoción de la Inversión Privada) Todo aquel proyecto que pretenda ser propuesto como alternativo al proyecto contenido en la Iniciativa Privada declarada de interés, deberá tener en cuenta lo establecido de manera específica en el numeral 18.4 del artículo 18º del Decreto Supremo Nº 146- 2008-EF, sin perjuicio de que el proyecto presentado cumpla con todos los requisitos y condiciones establecidos en el Decreto Legislativo Nº 1012, y las demás normas reglamentarias, reguladoras, y modificatorias vigentes en materia de promoción de la inversión privada. XI. Carta Fianza de Presentación de Proyecto Alternativo. La carta fi anza que constituirá la garantía de seriedad de expresión de interés para la ejecución de un proyecto alternativo al proyecto contenido en la Iniciativa Privada, deberá ser presentada de acuerdo al modelo establecido en el Anexo Nº 04 de la presente Declaración de Interés. XII. Dependencia ante la cual se podrán presentar las solicitudes de expresión de interés. Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Moquegua. Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada Dirección: Av. Binacional s/n Carretera Moquegua – Toquepala Km. 03 Teléfono: 053-462501 Horario: de 8.00 a 12.00 horas y de 14.00 a 16.00 horas Para tener acceso a cualquier información relacionada a la Iniciativa Privada, será requisito indispensable suscribir un Acuerdo de Confi dencialidad. 5 Para el cálculo del p.untaje total, este valor será multiplicado por su peso correspondiente 15%.