NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (23/09/2012)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 23 de setiembre de 2012 475009 de armas de fuego y sus municiones, es conveniente para los intereses nacionales e institucionales autorizar el viaje al exterior del representante del Ministerio del Interior ante la II Reunión Plenaria de la Comisión Binacional Fronteriza Perú – Ecuador (COMBIFRON), resultando viable emitir el acto administrativo de autorización de viaje respectivo; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos, incluyendo la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto, y viáticos, serán asumidos por la Unidad Ejecutora 001 del Pliego 007 Ministerio del Interior, y; De conformidad con la Ley Nº 27619 – Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; la Ley N° 29812 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 29334 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2012-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al extranjero en comisión del servicio del Coronel EP (r) Luis Miguel GUTIERREZ GAMBETTA, Director de Control de Armas, Municiones y Artículos Conexos de la DICSCAMEC, para participar en la II Reunión Plenaria de la Comisión Binacional Fronteriza Perú – Ecuador (COMBIFRON), del 24 al 28 de setiembre de 2012, en la ciudad de Quito - Ecuador. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente, se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 001 - Dirección General de Gestión en Administración, del Pliego 007, Ministerio del Interior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario del término del citado evento, de acuerdo al siguiente detalle: • Viáticos (Art. 5º D.S. 047-2002-PCM) 5 x S/. 540.00 S/. 2,700.00 • Pasajes S/. 2,457.22 ---------------- TOTAL S/. 5,157.22 Artículo 3º.- Dentro de los siete (07) días calendario de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 845080-9 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 157-2012-IN Lima, 22 de setiembre de 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 385/CCFFAA/2ª DIEMCFFAA/FE/ COMBIFRON del 18 de julio de 2012, mediante el cual el Almirante de la Armada Peruana José CUETO ASERVI, Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, solicita al señor Ministro del Interior, un representante del sector, para que participe en la II Reunión Plenaria de la Comisión Binacional Fronteriza-COMBIFRON Perú- Ecuador, a realizarse del 24 al 28 de setiembre de 2012 en la ciudad de Quito - República de Ecuador; CONSIDERANDO: Que, mediante la Hoja de Recomendación N° 013- 2012-DIGIMIN/OFCOIP del 2 de agosto de 2012, se solicita autorizar el viaje al Comandante de la Policía Nacional del Perú, Mauricio Gustavo QUIROGA CAMACHO, para que participe como representante de la Dirección General de Inteligencia del Ministerio del Interior, en la II Reunión Plenaria de la Comisión Binacional Fronteriza- COMBIFRON Perú-Ecuador, del 24 al 28 de setiembre de 2012 en la ciudad de Quito - República de Ecuador; Que, durante la Tercera Reunión del Mecanismo de Coordinación y Consulta Política (2+2), realizada el 3 de marzo de 2011 en ciudad de Quito - República de Ecuador, se acordó la creación de la Comisión Binacional Fronteriza-COMBIFRON Perú-Ecuador, cuyo objetivo es el intercambio de información entre ambos países y suscripción de entendimientos para operativizar la lucha contra los delitos transnacionales; Que, en el acuerdo Nº 06 del Acta de la I Reunión Plenaria de la Comisión Binacional Fronteriza-COMBIFRON Perú- Ecuador, que se llevó a cabo del 29 al 31 de mayo de 2012 en la ciudad Lima - República de Perú, se programó realizar la II Reunión Plenaria de la Comisión Binacional Fronteriza- COMBIFRON Perú-Ecuador, del 24 al 28 de setiembre de 2012 en la ciudad de Quito - República de Ecuador; Que, la ejecución de la II Reunión Plenaria de la Comisión Binacional Fronteriza-COMBIFRON Perú-Ecuador, dinamizará los acuerdos suscritos, fortaleciendo el trabajo de integración, cooperación, coordinación y comunicación entre ambos países, así como permitiendo adquirir los conocimientos y experiencias que redundarán en benefi cio de la institución y por ende del sector Interior, en mérito a lo establecido en la Ley Nº 28664 - Ley del Sistema de Inteligencia Nacional-SINA y de la Dirección Nacional de Inteligencia-DINI; Que, los gastos por concepto de pasajes de transporte aéreo incluyendo la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto y viáticos correspondientes, serán asumidos por la Unidad Ejecutora 001: Dirección General de Gestión en Administración del Ministerio del Interior; Que, el artículo 2° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especifi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, referido a las medidas en materia de bienes y servicios, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los titulares de los organismos constitucionalmente autónomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley Nº 28212, Ley que Regula los Ingresos de los Altos Funcionarios del Estado y Dicta Otras Medidas, modifi cado por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006; siendo que todos los viajes se realizan en categoría económica, salvo las excepciones autorizadas mediante resolución suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; en ese sentido resulta viable autorizar el viaje propuesto mediante el documento del visto; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; Ley Nº 29334, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2012-IN, y la Ley Nº 28664 - Ley del Sistema de Inteligencia Nacional-SINA y de la Dirección Nacional de Inteligencia-DINI; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicios a partir del 24 al 28 de setiembre de 2012, al