Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2013 (11/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de MORDAZA de 2013

de sus competencias, continuaran con la ejecucion de las acciones inmediatas y necesarias destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Agricultura, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la Ministra de Salud y el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento y Encargado del Despacho del Ministerio de Transportes y Comunicaciones MORDAZA TRIVELLI MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social Encargada del Despacho del Ministerio de Agricultura MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

de Alto Amazonas la mas afectada con severas inundaciones, que ha generado danos de magnitud en numero de personas damnificadas y afectadas, en el impacto a las viviendas, vias de comunicacion, servicios basicos e infraestructura diversa, areas de cultivo, instituciones educativas, centros de salud, entre otros; teniendo que considerar ademas la existencia de poblacion en alto riesgo, siendo necesario tomar las medidas inmediatas de respuesta y rehabilitacion, emitiendo opinion favorable para que se recomiende aprobar la Declaratoria de Estado de Emergencia en la provincia de Alto Amazonas en el departamento de Loreto; Que, la magnitud de la situacion descrita demanda la adopcion de medidas urgentes que permitan, al Gobierno Regional de MORDAZA, con los Gobiernos Locales involucrados, con la intervencion del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Educacion y demas instituciones y organismos del Estado involucrados, ejecutar acciones inmediatas de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas; Que, el numeral 68.1 del articulo 68º del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, senala que la solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia es presentada por el respectivo Gobierno Regional al Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI con la debida sustentacion; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru; con la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, asi como con el articulo 68º del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, aprobado por Decreto Supremo Nº048-2011-PCM, que regula el procedimiento de la Declaratoria de Estado de Emergencia; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Declaratoria del Estado de Emergencia Declarese el Estado de Emergencia en la provincia de Alto Amazonas, en el departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de medidas de excepcion inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas. Articulo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de MORDAZA, los Gobiernos Locales involucrados, con la intervencion del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Educacion, y demas instituciones y organismos del Estado involucrados, dentro de sus competencias, ejecutaran las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Agricultura, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y la Ministra de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA TRIVELLI MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social Encargada del Despacho del Ministerio de Agricultura MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud Encargada del Despacho del Ministerio de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento y Encargado del Despacho del Ministerio de Transportes y Comunicaciones

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Declaran el Estado de Emergencia en la provincia de Alto Amazonas, en el departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO N° 041-2013-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Regional de MORDAZA mediante Oficio Nº 272-2013-GRL-P del 05 de MORDAZA de 2013, sustentado en el Informe Tecnico Consolidado Nº 001-2013-GRL-ORDN, asi como en el Informe Tecnico sobre situacion actual del rio Huallaga-provincia de Alto Amazonas, elaborado por la Direccion Regional SENAMHI-Loreto; el Informe Tecnico Nº 002-2013 de Intervencion por inundacion en distritos afectados de la provincia de Alto Amazonas, elaborado por su Direccion Regional de Salud, el Informe Nº 02-2013-GRL/32DRTC elaborado por su Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones; el Informe de Impacto de las inundaciones de los MORDAZA amazonicos en la Agricultura de la Region MORDAZA 2013, elaborado por su Direccion Regional Agraria; y el Informe de Emergencia por inundaciones en Instituciones Educativas en la provincia de Alto Amazonas, elaborado por su Direccion Regional de Educacion; solicita la Declaratoria de Estado de Emergencia en la provincia de Alto Amazonas en el departamento de MORDAZA, debido a los danos que viene ocasionando el desborde del rio Huallaga y sus afluentes, que han inundado comunidades riberenas y asentamientos humanos adyacentes a dichos MORDAZA, senalando asimismo, que dada la magnitud con que viene presentandose dichos desbordes tienen un caracter extraordinario, lo cual a su vez determinan una circunstancia de gravedad, siendo de necesidad imperiosa la adopcion de medida inmediatas; Que, la Direccion Nacional de Operaciones del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, mediante Informe Tecnico Nº 0013-2013-INDECI/11.0 de fecha 08 de MORDAZA de 2013, considerando la informacion y sustento tecnico presentado por el Gobierno Regional de MORDAZA, informa sobre la ocurrencia de intensas precipitaciones pluviales que han afectado varios sectores del departamento de MORDAZA, ocasionando el aumento del caudal del rio Huallaga y sus afluentes, siendo la provincia

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