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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (11/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de abril de 2013 492549 SALUD Disponen la prepublicación del Proyecto de Modificatoria del Reglamento de la Ley Nº 15251, Ley que crea el Colegio Odontológico del Perú, modificada por la Ley Nº 29016 y Ley Nº 29931, en el Portal Institucional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 176-2013/MINSA Lima, 9 de abril del 2013 Visto el Expediente Nº 13-007922-002, que contiene el Informe Nº 007-2013-DGSP-ESNSB/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señala que la protección de la salud es de interés público y por tanto es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el artículo 2º de la Ley Nº 29931, Ley que modifi ca el literal b) del artículo 5º de la Ley Nº 15251, Ley que crea el Colegio Odontológico del Perú y su modifi catoria, establece que el Poder Ejecutivo en coordinación con el Colegio Odontológico del Perú, reglamentará dicha Ley; Que, el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 953- 2012/MINSA, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, el 30 de Noviembre de 2012, crea la Comisión Sectorial de naturaleza temporal, encargada de formular el proyecto de Reglamento de la Ley Nº 29931; Que, el literal i) del artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, establece como función general de la Dirección General de Salud de las Personas, la de participar en el proceso de descentralización sectorial en el campo de su competencia; Que, el artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001- 2009-JUS, que establece las disposiciones de la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, señala que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas legales de carácter general que sean de su competencia en el Diario Ofi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales; Que, mediante el documento de visto, la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud, remite la propuesta de Reglamento de la Ley Nº 29931, elaborada por la referida Comisión Sectorial, a efecto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo previsto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones efectúe la pre publicación del Proyecto de Modifi catoria del Reglamento de la Ley Nº 15251, Ley que crea el Colegio Odontológico del Perú, modifi cada por la Ley Nº 29016 y Ley Nº 29931, en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica de normas legales http://www.minsa.gob.pe/transparencia/ dge_normas.asp y en el enlace de documentos en consulta http://www.minsa.gob.pe/portada/docconsulta.asp, a efecto de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas, y de la ciudadanía en general, durante el plazo de treinta (30) días, a través del correo webmaster@ minsa.gob.pe. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Salud de las Personas la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten, a fin de elaborar el proyecto correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 923164-1 Disponen la prepublicación del Proyecto de Reglamento de la Ley Nº 29889, Ley que modifica el artículo 11º de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, y garantiza los derechos de las personas con problemas de salud mental, en el Portal Institucional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 177-2013/MINSA Lima, 9 de abril del 2013 Visto el Expediente Nº 13-006636-001 y 13-006636- 002, que contiene la Nota Informativa Nº 040-2013-DGSP/ MINSA y el Memorándum Nº 879-2013-DGSP/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 680-2012/MINSA, se conformó la Comisión Sectorial encargada de elaborar el Reglamento de la Ley Nº 29889, Ley que modifi ca el artículo 11º de la Ley Nº 26842, y garantiza los derechos de las personas con problemas de salud mental; Que, mediante los documentos del visto, la Dirección General de Salud de las Personas remite la propuesta del Proyecto de Reglamento de la Ley Nº 29889, para su prepublicación a fin de recibir las respectivas sugerencias y aportes de las instituciones públicas y privadas así como de la ciudadanía en general; en el marco de lo dispuesto en el artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones efectúe la pre-publicación del Proyecto de Reglamento de la Ley Nº 29889, Ley que modifi ca el artículo 11º de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, y garantiza los derechos de las personas con problemas de salud mental, en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica de normas legales http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge normas.asp y en el enlace de documentos en consulta http://www.minsa. gob.pe/portada/docconsulta.asp, a efecto de recibir las sugerencias y aportes de las entidades públicas o privadas, y de la ciudadanía en general, durante el plazo de treinta (30) días, a través del correo webmaster@minsa.gob.pe. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Salud de las Personas la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten, a fin de elaborar el proyecto correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 923164-2