Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2013 (20/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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Rehabilitacion ­ SINPAD, ha originado danos de magnitud de afectacion a la salud de la poblacion, viviendas, vias de comunicacion, servicios basicos e infraestructura diversa en el distrito de Barranca, de la provincia de Barranca; el distrito de Manas, de la provincia de Cajatambo; el distrito de San MORDAZA, de la provincia de Huarochiri; los distritos de Huaura y MORDAZA MORDAZA, de la provincia de Huaura; el distrito de Pachangara, de la provincia de Oyon; y los distritos de Lincha y Huampara, de la provincia de Yauyos, en el departamento de MORDAZA, siendo necesario tomar las medidas inmediatas de respuesta y rehabilitacion, por lo que emite opinion favorable para que se recomiende aprobar la declaratoria de Estado de Emergencia en las mencionadas zonas afectadas; Que, la magnitud de la situacion descrita demanda la adopcion de medidas urgentes que permitan al Gobierno Regional de MORDAZA, y los Gobiernos Locales involucrados, segun corresponda, con la intervencion del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y demas instituciones y organismos del Estado involucrados; ejecutar acciones inmediatas de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas; Que, el numeral 68.1 del articulo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, senala que la solicitud de declaratoria del Estado de Emergencia, es presentada por el respectivo Gobierno Regional al INDECI con la debida sustentacion; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, asi como con el articulo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 0482011-PCM, que regula el procedimiento de la declaratoria de Estado de Emergencia; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Declaratoria del Estado de Emergencia Declarese el Estado de Emergencia en el distrito de Barranca, de la provincia de Barranca; el distrito de Manas, de la provincia de Cajatambo; el distrito de San MORDAZA, de la provincia de Huarochiri; los distritos de Huaura y MORDAZA MORDAZA, de la provincia de Huaura; el distrito de Pachangara, de la provincia de Oyon; y los distritos de Lincha y Huampara, de la provincia de Yauyos, en el departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de medidas de excepcion inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas. Articulo 2º.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de MORDAZA, y los Gobiernos Locales involucrados, segun corresponda, con la intervencion del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y demas instituciones y organismos del Estado involucrados, dentro de sus competencias, ejecutaran las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Agricultura y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece.

El Peruano Sabado 20 de MORDAZA de 2013

OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 927702-1

Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Chuquibamba, Chichas, Iray, MORDAZA, Yanaquihua y Rio Grande de la provincia de Condesuyos; los distritos de Cahuacho y Yauca de la provincia de Caraveli; los distritos de Machaguay, Chachas, MORDAZA, Corire, Unon, Chilcaymarca y Orcopampa de la provincia de Castilla; los distritos de MORDAZA MORDAZA Valcarcel, MORDAZA MORDAZA Quimper, Mariscal MORDAZA, Ocona y MORDAZA de la provincia de Camana y los distritos de Lluta, MORDAZA, Coparaque, Tapay, Sibayo, Madrigal, Maca e Ichupampa de la provincia de Caylloma, en el departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 045-2013-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la intensidad y persistencia de las precipitaciones pluviales en varios departamentos del MORDAZA, destacando el departamento de MORDAZA, con el consiguiente incremento del caudal de los MORDAZA y afluentes, asi como la incidencia de deslizamientos y desbordes de manera frecuente y de gran volumen, continuan ocasionando danos de magnitud que afectan la MORDAZA y salud de los pobladores, viviendas e infraestructura diversa, como vias de comunicacion, red de riego, defensas riberenas, infraestructura de salud, entre otros, siendo necesario la ejecucion de acciones inmediatas de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA mediante Oficio Nº174-2013-GRA/PR de fecha 6 de MORDAZA de 2013, sustentado en el Informe Nº 631-2013-GRA/ORDNDC, ha solicitado la Declaratoria de Estado de Emergencia en treinta y ocho distritos de las provincias de Condesuyos, Caraveli, MORDAZA, Camana y Caylloma del departamento de MORDAZA, en razon al impacto de las lluvias torrenciales, cuyo comportamiento ha incrementado la magnitud de los danos del registro historico sobre las personas, viviendas, vias de comunicacion, red de riego, defensas riberenas, cultivos, infraestructura educativa y otros; Que, mediante Informe Tecnico Nº 0015-2013INDECI/11.0 de fecha 15 de MORDAZA de 2013, la Direccion Nacional de Operaciones del INDECI, considerando el pedido efectuado por el Gobierno Regional de MORDAZA, asi como el Informe de Emergencia Nº 226-11/04/2013/ COEN-INDECI/17:30 HORAS, emitido por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional del INDECI, que consolida la informacion proporcionada por dicho Gobierno Regional en el Sistema de Informacion Nacional para la Respuesta y Rehabilitacion - SINPAD, y los Boletines INDECI Nº 007, 009, 011 y 012 de Alerta Meteorologica

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